Las implicaciones de la Ley de Garantías que comienza hoy
Este 29 de junio comienza la cuenta regresiva de la contienda electoral para los comicios de octubre. Durante estos cuatro meses, las autoridades locales no podrán celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos ni modificar la nómina.
Exactamente en cuatro meses tendrán lugar las elecciones regionales, el 29 de octubre de 2023. Así, este 29 de junio comienza la inscripción de candidatos y listas de candidatos a ediles, diputados, alcaldes, concejales y gobernadores para el periodo 2024-2027, que estará abierta un mes, y el 29 de julio podrán iniciar oficialmente.
Hoy también empieza la Ley de Garantías Electorales, que, con el fin de desarrollar una contienda electoral transparente, le prohíbe a las autoridades locales celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos durante los cuatro meses anteriores a la elección.
El propósito es “afianzar la neutralidad de los servidores públicos... que tanto los candidatos como los electores, aprovechen en igualdad de condiciones los recursos ofrecidos por el Estado, de manera que la voluntad popular se exprese sin obstrucciones de ningún tipo y la decisión del pueblo se vea reflejada en la persona elegida para ocupar el cargo de autoridad que se disputa”, se lee en el texto consagrado en la Ley 996 del 2005.
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La ley también les prohíbe a las autoridades territoriales cualquier acción de carácter proselitista. Por ejemplo: utilizar bienes muebles o inmuebles de carácter público para actividades proselitistas, destinar recursos públicos de las entidades a su cargo para reuniones de carácter proselitista. También impide que los candidatos o sus voceros participen en actividades como inaugurar obras públicas o poner en marcha a programas sociales en los que estos participen.
Tampoco es posible modificar la nómina con la excepción de los casos de faltas definitivas como muerte o renuncia irrevocable; o la aplicación de normas de carrera administrativa.
Igualmente, hay algunas restricciones para las entidades públicas y los funcionarios públicos, por ejemplo, les impide difundir o publicar propaganda electoral en ningún medio: televisión, radio, imprenta pública.
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Exactamente en cuatro meses tendrán lugar las elecciones regionales, el 29 de octubre de 2023. Así, este 29 de junio comienza la inscripción de candidatos y listas de candidatos a ediles, diputados, alcaldes, concejales y gobernadores para el periodo 2024-2027, que estará abierta un mes, y el 29 de julio podrán iniciar oficialmente.
Hoy también empieza la Ley de Garantías Electorales, que, con el fin de desarrollar una contienda electoral transparente, le prohíbe a las autoridades locales celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos públicos durante los cuatro meses anteriores a la elección.
El propósito es “afianzar la neutralidad de los servidores públicos... que tanto los candidatos como los electores, aprovechen en igualdad de condiciones los recursos ofrecidos por el Estado, de manera que la voluntad popular se exprese sin obstrucciones de ningún tipo y la decisión del pueblo se vea reflejada en la persona elegida para ocupar el cargo de autoridad que se disputa”, se lee en el texto consagrado en la Ley 996 del 2005.
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La ley también les prohíbe a las autoridades territoriales cualquier acción de carácter proselitista. Por ejemplo: utilizar bienes muebles o inmuebles de carácter público para actividades proselitistas, destinar recursos públicos de las entidades a su cargo para reuniones de carácter proselitista. También impide que los candidatos o sus voceros participen en actividades como inaugurar obras públicas o poner en marcha a programas sociales en los que estos participen.
Tampoco es posible modificar la nómina con la excepción de los casos de faltas definitivas como muerte o renuncia irrevocable; o la aplicación de normas de carrera administrativa.
Igualmente, hay algunas restricciones para las entidades públicas y los funcionarios públicos, por ejemplo, les impide difundir o publicar propaganda electoral en ningún medio: televisión, radio, imprenta pública.
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