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En respuesta a los casos de inseguridad ciudadana y también a varias de las situaciones que dejó el paro nacional de mediados de 2021, el gobierno del presidente Iván Duque radicó este miércoles en el Congreso, con mensaje de urgencia, un extenso proyecto “de seguridad ciudadana”. “La instrucción fue trabajar en un proyecto que pudiese afrontar las situaciones de seguridad ciudadana que enfrentan los colombianos”, expresó el ministro Daniel Palacios, quien lidera la propuesta, cuyo texto cuenta con más de 50 artículos y 41 páginas.
Según el funcionario, la iniciativa recoge un trabajo conjunto realizado entre varias entidades -Policía, Fiscalía, Procuraduría, entre otras- para “traer soluciones a todo el territorio nacional”. Palacios también hizo énfasis en que es un texto que “permitirá fortalecer las acciones en materia penal en lesiones personales, hurto, daño en bien ajeno y homicidio, así como formalizar medidas de aseguramiento, Código de Policía, restricción de armas traumáticas, entre otras medidas”.
Una de las primeras modificaciones que trae el texto es una adición a la concepción de la legitima defensa y la proporcionalidad. El proyecto contempla que el tema de lo proporcional, se “exceptúe” cuando se presuma que haya legítima defensa para “el extraño que indebidamente intente penetrar o haya penetrado a su habitación o dependencias inmediatas, propiedad comercial cerrada al público o vehículo ocupado”.
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En esta misma línea, el proyecto propone que también se incluyan en la excepción cuando se use la legitima defensa, “incluso utilizando fuerza letal”, cuando un extraño de forma indebida y violenta intente entrar o entre “a su habitación o dependencia inmediatas, propiedad comercial cerrada al público o vehículo ocupado”.
Por otro lado, el texto del Gobierno propone añadir un artículo al tema de la inimputabilidad. En este punto, ante los casos inimputabilidad por diversidad sociocultural o de inculpabilidad por error de prohibición culturalmente condicionado, se ordenará implementación de medidas pedagógicas y diálogo con el posible infractor. De esta manera, de volver a cometer la acción “no se entenderán amparadas conforme con las causales de ausencia de responsabilidad o de imputabilidad”.
Frente al aumento de pena, se incrementa el tiempo máximo de prisión a 60 años sin tener en cuenta la comisión de otros delitos, cuando actualmente está en 50 años. Además, la propuesta considera como agravante que el procesado haya sido condenado en los cinco años anteriores de la conducta castigada y que haya usado un arma blanca para cometer dicho delito.
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Como ya había dejado entrever el Gobierno en varias declaraciones, se incluyeron mayores penas a varios delitos cuando estos sean cometidos en contra de miembros de la Fuerza Pública. Sobre el homicidio, se consideró como agravante que sea cometido en contra de un uniformado, por lo que se castigaría con penas entre los 41 y 60 años de prisión. También será un agravante ocasionar lesiones personales a un miembro de la Fuerza Pública. En este caso, se impedirá que la acción sea excarcelable y se ordenará un aumento de la pena en las dos terceras partes del monto original fijado por la ley.
En este mismo camino de aumentar las penas en contra de agresores de la Policía y las Fuerzas Militares, se establece que se considerará agravante del delito de violencia contra servidor público cuando esta se cometa contra un miembro de la Fuerza Pública y/o sea cometida por un servidor público, y se utilicen armas. En este caso se aumentará la pena entre la mitad y las dos terceras partes.
Seguridad ciudadana
Frente a otros temas de seguridad ciudadana, se propone crear un nuevo tipo penal que establece que la intimidación y la amenaza con arma de fuego, traumática, menos letal o blanca deberán ser castigados con penas entre los cuatro y seis años de cárcel.
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Igualmente se elevan las penas en contra del hurto. En este caso se baja la cuantía para que este delito sea castigado con penas en prisión. Mientras que actualmente se castiga con un año o dos en la cárcel, considerado excarcelable en la mayoría de los casos, cuando el objeto robado no supere los 10 salarios mínimos legales, la iniciativa del gobierno Duque busca que ese monto sea tan solo como máximo cuatro salarios mínimos y aún así aumenta la pena a tres o cuatro años de prisión, lo que la fija al límite del delito excarcelable. Además, si el monto robado supera los cuatro salarios mínimos, la condena pasaría a ser de cuatro a nueve años de prisión.
Frente a este tema también se establece que el porte de arma blanca, que no sea para un fin lícito, deberá ser castigado con penas entre los dos y tres años de prisión. Además, se incluye un agravante en la fabricación, tráfico o porte de armas cuando esta es menos letal pero se modifiquen sus características para “que aumente su letalidad”.
El proyecto también incluye un aumento de penas al daño al bien ajeno público, lo que se considera como una respuesta a lo ocurrido durante el paro. En este caso se incluye en los agravantes que se afecte “infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, al sistema de transporte público masivo, instalaciones militares o de policía”. Para estos casos no solo se considera agravante, sino que entra a fijar una pena que va entre los 4 y 12 años de prisión.
Como otra respuesta al paro se puede interpretar el artículo que establece agravantes a la perturbación del transporte colectivo. Allí se lee que habrá una mayor pena si se “emplean mascaras o elementos similares que sirvan para ocultar la identidad o la dificulten”, si se vale del cargo de servidor público para cometer el delito, se usan armas convencionales o si se usan “niños, niñas o adolescentes”.
En el artículo de la instigación a delinquir también se entra a hacer varias modificaciones. Por ejemplo, si se anima a cometer hurtos calificados, daño en bien ajeno y otras conductas se establece una pena entre los cuatro y seis años de cárcel. Esta pena aumenta entre los 10 y 20 años de prisión si se anima a cometer homicidio agravado, secuestro, desplazamiento forzado y violencia contra servidor público.
Además, se entra a modificar el código de procedimiento penal para que un juez considere entre las variables para dejar en libertad a un imputado si este usó armas en el delito por el que se le señala o si registra capturas en los tres años anteriores al hecho por el que es procesado. En este mismo punto se establece que se debe tener en cuenta como riesgo de no comparecencia si hay resistencia al procedimiento de captura.
Regular las armas traumáticas y otras modificaciones
El proyecto también entra a regular las armas menos letales. Entre las medidas está crear el registro nacional de armas menos letales. También se establece un permiso para su porte y se otorgan facultades a las autoridades para su incautación y decomiso. Además, se reglamenta y clasifica entre armas de energía cinética, neumáticas de aire comprimido y Fogueo.
El proyecto también busca reducir hasta en un 50% el monto actual de las multas, pero fija un aumento de hasta el 75% cuando haya reiteración o reincidencia. Asimismo, se fija un sistema nacional de recaudo y un sistema nacional para el cobro de multas. Por otro lado, se incluyen nuevas consecuencias si no se pagan las multas: entre estas están no poder solicitar o renovar el pasaporte; prohibición de ingreso al país durante un tiempo que fije Migración Colombia, prohibición para la inscripción a concursos del gobierno, entre otros puntos.
La iniciativa también busca establecer específicamente las circunstancias para que se puedan dar un traslado por protección. Entre estos están cuando una persona esté en una riña; deambulando en estado de indefensión, alteración del estado de conciencia por condiciones mentales; efectos de sustancia alcohólica o sustancias psicoactivas; comportamientos agresivos; se realicen actividades peligrosas; o se encuentre en peligro de ser agredido.
El proyecto busca que esos traslados por protección no se hagan a una institución policial, sino que se realicen a centros de traslados por protección, que serán responsabilidad de los gobiernos municipales. Para la construcción de estos se da un plazo máximo de tres años. En este mismo apartado se ordena la creación de un sistema de información en el que quede registro de las personas que son trasladadas por protección, las razones de la acción y el lugar donde fue dejado. Esto incluye la recolección de material fotográfico y fílmico del procedimiento.
Por otro lado, el texto radicado este miércoles entra a modificar unos puntos de la extinción de dominio y ordena unos beneficios para la Fuerza Pública. Estos últimos incluyen la gratuidad en el servicio público de transporte, la prelación en la atención de trámite y un descuento del 15% en tiquetes terrestres y aéreos y en los hoteles.