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El Ministerio del Interior tuvo este martes un revés en la puja con la exdirectora de Asuntos Religiosos de la cartera, Amelia Rocío Cotes Cortés, quien había sido declarada insubsistente en agosto, pero ahora logró que el Tribunal Superior de Bogotá ordenara su reintegro asegurando que le fueron vulnerados sus derechos a la estabilidad laboral y al mínimo vital.
Según Cotes, fue sacada del cargo tras ser víctima de acoso laboral, luego de haber tenido problemas con sus pagos y a pesar de ser madre lactante y cabeza de familia. Ante la justicia, la exfuncionaria apeló la decisión de la cartera y aseguró que con ésta no solo se veía afectada ella, sino también sus hijos, al ser ella madre cabeza de familia. El Tribunal le dio la razón y le ordenó al Ministerio del Interior reintegrarla a la entidad en las próximas 48 horas.
Es incoherente que el mismo Ministro que despide de su empleo a mujeres lactantes, cabeza de familia y enfermas, sea el que quiera ahora sacar pecho por la aprobación de la #ReformaLaboralVa del Gobierno de @petrogustavo
— Amelia Cotes (@AmeliaCotes) October 17, 2024
Espero que el enfoque de género pase del dicho al hecho. https://t.co/mimitbPra0
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Sin embargo, este diario conoció que desde la cartera preparan una respuesta jurídica, pues se apelará la decisión con base en varios argumentos. En primer lugar, la entidad asegura que Amelia Cotes no fue declarada insubsistente por su condición de madre lactante, sino por la discrecionalidad del Gobierno para nombrar a sus funcionarios de confianza en los cargos de libre nombramiento y remoción.
Por otra parte, esperan demostrar que, de acuerdo con la sentencia T-186 de 2023, que establece la prohibición de despedir a la madres dentro de las primeras 18 semanas del periodo de lactancia y hasta el sexto mes, en la decisión no se violó tal jurisprudencia, pues de acuerdo con la cartera, la señora Cotes tuvo a su hija en febrero, por lo cual ya habría pasado el periodo relacionado.
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Así mismo, también se intentará desvirtuar que la exfuncionaria era madre cabeza de familia, pues aseguran que registró legalmente tener un cónyuge o compañero permanente. Por ahora, lo claro es que, para el Tribunal Superior de Bogotá, a Cotes Cortés se le vulneraron los derechos al debido proceso, mínimo vital, acceso a la administración de justicia, trabajo y a la estabilidad laboral reforzada, y los derechos fundamentales a la vida digna y mínimo vital de sus hijos.
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