MOE pide destruir material electoral que vulnera datos de votantes en la consulta
El organismo veedor de las elecciones dijo que, de no hacerlo, se pondrá en riesgo la información de quienes acudieron a las urnas el pasado 11 de marzo a participar de una de las dos consultas interpartidistas, vulnerando el derecho al voto secreto.
-Redacción Política
La Misión de Observación Electoral (MOE), solicitó este jueves a la Registraduría Nacional eliminar el material en donde se recogió la información de los votantes que acudieron a las urnas el pasado domingo, 11 de marzo, y que participaron en una de las dos consultas interpartidistas que se llevaron a cabo ese día. De esta manera, se sumó al llamado de la Procuraduría General que advirtió al máximo organismo electoral sobre el riesgo en el que habrían quedado los electores luego de que en uno de los Formularios de Registro de Votantes quedara consignada la preferencia ideológica de cada ciudadano que ejerció su derecho al voto.
Alejandra Barrios, directora de la MOE, dijo que “debe haber claridad en el tratamiento que se dio a estos formularios en donde se certifique, adicionalmente, que no existen copias físicas, ni digitales y que no se han entregado copias parciales o totales a ningún tercero. Lo anterior para garantizar el secreto al voto, que es condición fundamental de un proceso democrático.” Y es que, aparentemente, dicho material iba a ser enviado a los diferentes partidos políticos quienes, eventualmente, podrían verificar con exactitud, es decir, nombre completo y cédula, qué ciudadano votó y en cuál consulta: si en la de la derecha, en la que participaron Iván Duque, Marta Lucía Ramírez y Alejandro Ordóñez; o en la de la izquierda, en donde se midieron Gustavo Petro y Carlos Caicedo.
De hecho, en una carta fechada del 14 de marzo, la MOE había encendido las alertas ante el Ministerio Público sobre esta situación, al punto de haberle pedido restringir la distribución y uso de los formularios en donde estaba la información de los votantes, argumentando que se estaba violando el secreto del voto. “La información correspondiente a la orientación política de una persona es un dato sensible, lo que conlleva a la necesidad de que en el momento en que se quiera usar esta información, debe mediar una autorización del titular de los derechos. Requisito que para este caso no se cumple”, indicaba esa misiva.
Bajo ese panorama, la MOE sugirió un procedimiento de tres pasos para la destrucción del material electoral:
1. Hacer un inventario del número de formularios de registro de votantes, denominados técnicamente como E-11, de las consultas populares interpartidistas que deben ser destruidos, determinando la correspondencia por departamento, municipio, puesto y mesa.
2. Verificar la existencia y correspondencia de los formularios E-11 que deben encontrarse en las distintas arcas triclaves en las comisiones escrutadoras, asegurándose la recolección de todo el material que debe ser destruido.
3. Asegurar la destrucción de todo el material, sin abrir la posibilidad de que surjan copias de los formularios previo a la destrucción, garantizando el acompañamiento de, al menos, la Procuraduría General de la Nación y la Misión de Observación Electoral”.
“La MOE considera que no se debió disponer de dos formularios E-11 para el registro de los votantes de las consultas interpartidistas, llamando la atención sobre el manejo que se pueda dar a esta información poniendo en riesgo el derecho de Habeas Data de los ciudadanos y la confidencialidad de las preferencias electorales de los votantes”, apuntó Barrios.
La Misión de Observación Electoral (MOE), solicitó este jueves a la Registraduría Nacional eliminar el material en donde se recogió la información de los votantes que acudieron a las urnas el pasado domingo, 11 de marzo, y que participaron en una de las dos consultas interpartidistas que se llevaron a cabo ese día. De esta manera, se sumó al llamado de la Procuraduría General que advirtió al máximo organismo electoral sobre el riesgo en el que habrían quedado los electores luego de que en uno de los Formularios de Registro de Votantes quedara consignada la preferencia ideológica de cada ciudadano que ejerció su derecho al voto.
Alejandra Barrios, directora de la MOE, dijo que “debe haber claridad en el tratamiento que se dio a estos formularios en donde se certifique, adicionalmente, que no existen copias físicas, ni digitales y que no se han entregado copias parciales o totales a ningún tercero. Lo anterior para garantizar el secreto al voto, que es condición fundamental de un proceso democrático.” Y es que, aparentemente, dicho material iba a ser enviado a los diferentes partidos políticos quienes, eventualmente, podrían verificar con exactitud, es decir, nombre completo y cédula, qué ciudadano votó y en cuál consulta: si en la de la derecha, en la que participaron Iván Duque, Marta Lucía Ramírez y Alejandro Ordóñez; o en la de la izquierda, en donde se midieron Gustavo Petro y Carlos Caicedo.
De hecho, en una carta fechada del 14 de marzo, la MOE había encendido las alertas ante el Ministerio Público sobre esta situación, al punto de haberle pedido restringir la distribución y uso de los formularios en donde estaba la información de los votantes, argumentando que se estaba violando el secreto del voto. “La información correspondiente a la orientación política de una persona es un dato sensible, lo que conlleva a la necesidad de que en el momento en que se quiera usar esta información, debe mediar una autorización del titular de los derechos. Requisito que para este caso no se cumple”, indicaba esa misiva.
Bajo ese panorama, la MOE sugirió un procedimiento de tres pasos para la destrucción del material electoral:
1. Hacer un inventario del número de formularios de registro de votantes, denominados técnicamente como E-11, de las consultas populares interpartidistas que deben ser destruidos, determinando la correspondencia por departamento, municipio, puesto y mesa.
2. Verificar la existencia y correspondencia de los formularios E-11 que deben encontrarse en las distintas arcas triclaves en las comisiones escrutadoras, asegurándose la recolección de todo el material que debe ser destruido.
3. Asegurar la destrucción de todo el material, sin abrir la posibilidad de que surjan copias de los formularios previo a la destrucción, garantizando el acompañamiento de, al menos, la Procuraduría General de la Nación y la Misión de Observación Electoral”.
“La MOE considera que no se debió disponer de dos formularios E-11 para el registro de los votantes de las consultas interpartidistas, llamando la atención sobre el manejo que se pueda dar a esta información poniendo en riesgo el derecho de Habeas Data de los ciudadanos y la confidencialidad de las preferencias electorales de los votantes”, apuntó Barrios.