Así se agita el debate del intento 19 por regular la muerte digna en Colombia
Un proyecto de ley estatutaria hace trámite en la Comisión Primera del Senado y, pese a que en el fondo tiene un respaldo generalizado, hay aspectos que desatan una dura polémica como el acceso a menores de 6 años y la “neutralidad” de los médicos.
En los últimos 26 años se han hecho 18 intentos por regular el derecho fundamental a la muerte médicamente asistida, una estadística que no es menor si se tiene en cuenta que el proyecto número 19 por dar este paso en Colombia acaba de comenzar su trámite formal en el Congreso y, según las primeras intervenciones, mantiene un ambiente difícil para que se le pueda dar un trámite positivo.
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En los últimos 26 años se han hecho 18 intentos por regular el derecho fundamental a la muerte médicamente asistida, una estadística que no es menor si se tiene en cuenta que el proyecto número 19 por dar este paso en Colombia acaba de comenzar su trámite formal en el Congreso y, según las primeras intervenciones, mantiene un ambiente difícil para que se le pueda dar un trámite positivo.
La Comisión Primera de Senado comenzó este 11 de septiembre el análisis de una ponencia positiva para el proyecto de ley estatutaria que radicó el senador Humberto de la Calle, pero la falta de quórum terminó frenando el proceso.
Además, en medio de la discusión en torno a la regulación de un procedimiento que –entre 2015 y 2022– se han aplicado 420 personas (eutanasia), salieron a flote varios “peros” a una iniciativa que –de fondo– tiene apoyo, pero que en la forma aún le escasea el respaldo.
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De acuerdo con De la Calle, en el país ya hay al menos 13 sentencias de la Corte Constitucional que reconocen el acceso a la muerte digna como un derecho fundamental y 4 resoluciones del Ministerio de Salud que intentan dar claridades sobre cómo acceder a él. Pero el paso definitivo, que consiste en establecer un procedimiento legal para que no se gesten incumplimientos a este tipo de procedimientos médicos, sigue en veremos.
“La omisión en reglamentar estas circunstancias que la Corte proclama constituye una forma de trato crueles, inhumanos o degradantes”, dijo De la Calle con base, según él, en los exhortos del máximo tribunal constitucional sobre la necesidad de que el Congreso reglamente este derecho.
Precisamente, eso es lo que busca esta iniciativa de ley estatutaria, que implica un estudio previo de la Corte Constitucional –si culmina su paso por el Capitolio– antes de entrar en vigor en el estamento legal colombiano. El texto, apoyado por la firma de 29 senadores y representantes, advierte que no deben darse impedimentos morales, religiosos o éticos si hay consentimiento de un ser humano para acceder a la muerte digna. Y, de paso, establece que los trabajadores de los servicios de salud deben declararse “neutrales” para evitar que una postura personal interponga en el acceso a este derecho fundamental.
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También, en resumidas cuentas, establece que un menor a partir de los 6 años podría hacer uso de este tipo de procedimientos y se le da vida jurídica al “consentimiento sustituto” si una persona no pudo dejar por escrito su decisión de ser objeto de la muerte digna o si su estado de salud no le permite pronunciarse al respecto. Eso sí, De la Calle dejó claro que “el proyecto no pretende someter a las personas a este procedimiento”, haciendo referencia a que es un tema de libre decisión.
Pero ahí es en donde entran las posturas que, pese a que de fondo sí se apoya el objeto de la iniciativa, ponen en riesgo el apoyo definitivo. Por ejemplo, el hecho de declarar a un médico como “neutral” para que practique estos procedimientos levantó resistencia en el Congreso, porque –según se argumentó– eso es un golpe directo a otro derecho fundamental: “la objeción de conciencia”.
Y la alerta llegó, precisamente, desde el Partido Liberal. En efecto, el senador Alejandro Carlos Chacón advirtió que –si no se corrige ese apartado de la iniciativa– “se acaba de un solo tajo con un principio que la Corte Constitucional ha defendido”.
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También planteó que es contradictorio que un menor de 14 años no sea considerado jurídicamente capaz de decidir libremente si tiene o no relaciones sexuales, pues está tipificado el delito de acceso carnal violento o abusivo con el agravante de que si la víctima tiene esa edad o menos, pero sí se hable en el articulado de permitir que haya acceso al derecho a morir dignamente desde los 6 años.
“No tengo inconveniente con que ciertas personas puedan acceder a morir dignamente, pero eso no quiere decir que no tenga reparos”, agregó Chacón, quien también advirtió que “equiparar el dolor con la indignidad no es afortunado en este proyecto, porque usted puede sentir dolor y no necesariamente pensar que, por eso, se es indigno; eso es faltarle al respeto a las personas”.
Este tipo de argumentación jurídica entre dos sectores que políticos que en varias oportunidades han coincidido en propósitos comunes demuestran que el intento número 19 por regular este derecho fundamental no es fácil de materializar, pese a que otros actores sí quieren dar su voto positivo a la iniciativa liderada por De la Calle.
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Uno de ellos es el Partido de La U. El senador Alfredo Deluque, militante de esta colectividad, recordó que la misma Constitución de 1991 estableció que Colombia es un Estado de índole laica y que, por lo mismo, las creencias religiosas o morales no deben estar por encima del acceso a los derechos fundamentales.
“No somos un Estado confesional, lo que implica que los derechos y las garantías individuales, así nosotros no estemos de acuerdo, la regulemos para que sean ejercidas en debida forma, y no solamente las que no gustan o con las que estamos de acuerdo, sino también aquellas con las que no comulgamos”, precisó el legislador de La U.
En todo caso, este es un tema que no se agota en la discusión política y jurídica, pues toca asuntos personales que necesariamente pasan por la regulación de procedimientos médicos que no son ajenos al país, pues, como se dijo, las cifras oficiales (Ministerio de Salud) evidencian que en 7 años se han practicado 420 procedimientos de acceso a la muerte digna.
“Que no se nos olvide que la conversación se encuentra en este nivel porque durante décadas más de una decena de personas y sus familias –atravesando enfermedades, injusticias y todo tipo de angustias– pusieron sus cuerpos e historias en manos del sistema judicial y de los medios de comunicación para que en este país pudiéramos pensarnos como una sociedad en donde es posible determinar en qué condiciones morir. Ya es hora de que los congresistas estén a la altura de esas historias y cumplan con su deber constitucional”, aseguró Camila Jaramillo Salazar, abogada e investigadora de asociada de DescLAB, en una columna publicada recientemente en El Espectador.
Por ahora, no es claro si la iniciativa podrá salir o no airosa de su primera puja en la Comisión Primera del Senado, pues este martes 12 de septiembre se volvió a aplazar el debate hasta la próxima semana. Pero, así avance hacia la plenaria de esa corporación, aún hay puntos por acordar si se quiere buscar un consenso generalizado para darle vida legal.
Consulte aquí el intento número 19 por regular el derecho al acceso a una muerte digna:
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