Otro gobierno confundido: reformas en la educación superior (análisis)
Confundir la universidad con la educación superior ha sido el gran error de Colombia y es el error que repiten la Ley Estatutaria y los proyectos del gobierno Petro. En qué consiste el error y cuáles son sus consecuencias.
Razón Pública
Víctor Manuel Gómez Campo*
Un enfoque parcial del problema
Muy pocas personas conocen la estructura y la composición del sistema de la educación superior en Colombia.
Comienzo por esta observación para advertir que el borrador de la propuesta de Ley Estatutaria se refiere apenas a algunos de los problemas de las respectivas instituciones, olvidando que el sistema está formado por entidades muy diferentes entre sí.
En la mayoría de los casos ha predominado esta visión parcializada o particularista. Aunque los temas de gratuidad y financiación son fundamentales, el sistema de educación superior no se reduce a las universidades e instituciones técnicas y tecnológicas.
Es más: después de treinta años de vigencia de la Ley 30 de Educación Superior, el Estado ha sido incapaz de reconocer y conceptualizar las diferencias cualitativas entre las universidades y las instituciones técnicas y tecnológicas.
El manejo acertado de la diversidad exigiría múltiples marcos conceptuales y normativos para tratar entidades con distintos objetivos, misiones, calidades, duración de los programas, cuerpo estudiantil, docentes, requerimientos económicos y de infraestructura.
Por este motivo, la ‘diversificación’ es un punto central en el análisis de las políticas educativas de fomento, financiación, equidad, calidad y el desarrollo social y económico de la nación.
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Referirse a la educación superior sin la diferenciación entre las ramas que conforman el sistema es un error conceptual de grandes consecuencias. Es un error que infortunadamente se repite en la nueva propuesta del gobierno.
Universidades e institutos tecnológicos
En muchos países es clara la distinción entre la universidad y los institutos tecnológicos y técnicos.
Esto ha permitido que las universidades tecnológicas se sitúen en los niveles más altos de los rankings internacionales. Este ha sido el caso, por ejemplo, de MIT (Massachusetts Institute of Tehcnology), Caltech (California Technological Instiute), University of Science and Technology (China), Delft University of Technology (Holanda), Tokyo Institute of Technology, Instituto Federal Suizo de Tecnología, Universidad Tecnológica de Múnich, Royal Institute of Technology (Suecia) o el Instituto Tecnológico de Singapur.
La alta valoración —y las grandes inversiones— en la educación tecnológica se deben y se justifican en virtud de la investigación y experimentación de nuevas herramientas con propósitos analíticos e innovativos.
Por el contrario, en Colombia, la Ley 30 y la nueva propuesta de la Ley Estatutaria no formularon explícitamente las diferencias entre las universidades, las instituciones universitarias y los centros tecnológicos.
Las instituciones educativas
En este punto es clave preguntarse ¿qué son las instituciones universitarias? No son universidades, pero ofrecen muchos de los programas académicos de estas últimas. En pocas palabras, se trata de un híbrido institucional. Muchas de estas organizaciones han intentado conseguir el estatus de la universidad. En otros países, su equivalente más próximo son los Institutos Superiores de Formación Profesional.
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Como dije más arriba, la Ley 30 no ofreció una diferenciación sustantiva entre las otras organizaciones que componen el sistema educativo. De aquí ha resultado una enorme confusión en los programas ofrecidos y los títulos de sus egresados.
La falta de precisión conceptual produjo incógnitas como las siguientes: ¿qué es un técnico laboral?; ¿qué es un técnico profesional?; ¿un tecnólogo?; ¿un técnico superior?; ¿con 1 o 2 semestres más de estudio es posible convertirse en tecnólogo?; ¿es el tecnólogo menos que el ingeniero?; ¿con 1 o 2 años más es plausible transformarse en ingeniero? o ¿cuáles son las diferencias laborales, ocupacionales y curriculares? También, si el tecnólogo se define teniendo en cuenta el nivel ocupacional, ¿es menos que un ingeniero, pero más que un técnico?
Esta confusión, heredada de la Ley 30, ha dado pie a cinco tipos de formación tecnológica:
- El primer ciclo de formación técnica, que conduce al segundo ciclo de formación tecnológica. Esto plantea serios interrogantes curriculares sobre la formación básica del tecnólogo.
- La formación propedéutica por ciclos, es decir, el paso de tecnólogo a profesional. Sin embargo, es válido preguntarse ¿cuál es la identidad ocupacional del tecnólogo? y ¿es necesario un ciclo para ser profesional?
- El surgimiento de programas tecnológicos sin formación técnica previa: ¿cuál es su papel ocupacional?; ¿cuál es su formación básica? y ¿cuál es su particularidad identitaria?
- Algunos programas tecnológicos como primer ciclo de ingenierías: ¿cuál es su calidad?; ¿cuál es su pertinencia? y ¿cuáles son sus rasgos distintivos?
- Múltiples programas tecnológicos con formación básica en un área de las ciencias y con una salida ocupacional de tres años: ¿cuál es su valor ocupacional? y ¿cuál es su pertinencia en el contexto colombiano?
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Consecuencias
Desde la vigencia de la Ley 30 el sistema normativo dio prioridad al desarrollo de la universidad tradicional, pero las otras instituciones no han tenido el apoyo del Estado. Por eso poco a poco fuimos desarrollando un sistema piramidal con las universidades en la cúspide.
Esta desigualdad, acompañada por la concentración de la financiación estatal en unas pocas universidades, y sumada al prestigio de algunas instituciones privadas de élite, propició la transformación de numerosos establecimientos educativos con la finalidad de convertirse en una universidad.
Igualmente, algunos establecimientos tecnológicos como el ITM de Medellín se han convertido en instituciones universitarias como paso intermedio para, poco a poco, consolidar la ansiada transición a la universidad.
No haber desarrollado la educación tecnológica como un cuerpo de saberes basado en la investigación, la experimentación, la innovación y la competitividad, ha tenido un efecto económico negativo. Otras sociedades las han fomentado, precisamente, mediante instituciones tecnológicas especializadas y universidades tecnológicas.
Por el contrario, Colombia optó por un concepto reducido y de índole ocupacional en lo referente a la educación tecnológica. En consecuencia, paulatinamente, se convirtió en un nivel intermedio entre el ingeniero y el obrero calificado. Así, se limitó el desarrollo de competencias ocupacionales al separarla, institucional y curricularmente, de la matriz intelectual de las universidades.
Por ello, los obstáculos a la educación tecnológica privaron al país de instituciones especializadas en áreas modernas con recursos humanos altamente calificados en investigación y experimentación claves para el sector productivo.
Por otro lado, las instituciones técnicas han disminuido de manera drástica. Además de luchar contra la escasez de aspirantes, deben enfrentar su inminente desaparición.
El sistema piramidal, con varios beneficios para la universidad tradicional, resultó en la alta concentración de abogados, administradores, contadores y psicólogos. Igualmente, propició un número muy reducido de matrículas en ciencias naturales, agropecuarias y matemáticas.
El anterior análisis de las carencias conceptuales de la Ley 30, y sus efectos negativos en el desarrollo de la educación superior, demuestra que estos problemas están presentes en el articulado de la Ley Estatutaria de Educación y otros proyectos de reforma del actual gobierno.
¿Qué sigue ahora, más de lo mismo? Necesitamos que los diversos actores (asociaciones, gremios, rectores y estudiantes) superen la visión particularista de sus respectivas instituciones para impulsar un sistema altamente diversificado, moderno y de alta calidad.
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* Ph. D. en Educación de la Universidad de Massachusetts, profesor del Departamento de Sociología de la Universidad Nacional, consultor de organismos internacionales.
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Un enfoque parcial del problema
Muy pocas personas conocen la estructura y la composición del sistema de la educación superior en Colombia.
Comienzo por esta observación para advertir que el borrador de la propuesta de Ley Estatutaria se refiere apenas a algunos de los problemas de las respectivas instituciones, olvidando que el sistema está formado por entidades muy diferentes entre sí.
En la mayoría de los casos ha predominado esta visión parcializada o particularista. Aunque los temas de gratuidad y financiación son fundamentales, el sistema de educación superior no se reduce a las universidades e instituciones técnicas y tecnológicas.
Es más: después de treinta años de vigencia de la Ley 30 de Educación Superior, el Estado ha sido incapaz de reconocer y conceptualizar las diferencias cualitativas entre las universidades y las instituciones técnicas y tecnológicas.
El manejo acertado de la diversidad exigiría múltiples marcos conceptuales y normativos para tratar entidades con distintos objetivos, misiones, calidades, duración de los programas, cuerpo estudiantil, docentes, requerimientos económicos y de infraestructura.
Por este motivo, la ‘diversificación’ es un punto central en el análisis de las políticas educativas de fomento, financiación, equidad, calidad y el desarrollo social y económico de la nación.
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Referirse a la educación superior sin la diferenciación entre las ramas que conforman el sistema es un error conceptual de grandes consecuencias. Es un error que infortunadamente se repite en la nueva propuesta del gobierno.
Universidades e institutos tecnológicos
En muchos países es clara la distinción entre la universidad y los institutos tecnológicos y técnicos.
Esto ha permitido que las universidades tecnológicas se sitúen en los niveles más altos de los rankings internacionales. Este ha sido el caso, por ejemplo, de MIT (Massachusetts Institute of Tehcnology), Caltech (California Technological Instiute), University of Science and Technology (China), Delft University of Technology (Holanda), Tokyo Institute of Technology, Instituto Federal Suizo de Tecnología, Universidad Tecnológica de Múnich, Royal Institute of Technology (Suecia) o el Instituto Tecnológico de Singapur.
La alta valoración —y las grandes inversiones— en la educación tecnológica se deben y se justifican en virtud de la investigación y experimentación de nuevas herramientas con propósitos analíticos e innovativos.
Por el contrario, en Colombia, la Ley 30 y la nueva propuesta de la Ley Estatutaria no formularon explícitamente las diferencias entre las universidades, las instituciones universitarias y los centros tecnológicos.
Las instituciones educativas
En este punto es clave preguntarse ¿qué son las instituciones universitarias? No son universidades, pero ofrecen muchos de los programas académicos de estas últimas. En pocas palabras, se trata de un híbrido institucional. Muchas de estas organizaciones han intentado conseguir el estatus de la universidad. En otros países, su equivalente más próximo son los Institutos Superiores de Formación Profesional.
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Como dije más arriba, la Ley 30 no ofreció una diferenciación sustantiva entre las otras organizaciones que componen el sistema educativo. De aquí ha resultado una enorme confusión en los programas ofrecidos y los títulos de sus egresados.
La falta de precisión conceptual produjo incógnitas como las siguientes: ¿qué es un técnico laboral?; ¿qué es un técnico profesional?; ¿un tecnólogo?; ¿un técnico superior?; ¿con 1 o 2 semestres más de estudio es posible convertirse en tecnólogo?; ¿es el tecnólogo menos que el ingeniero?; ¿con 1 o 2 años más es plausible transformarse en ingeniero? o ¿cuáles son las diferencias laborales, ocupacionales y curriculares? También, si el tecnólogo se define teniendo en cuenta el nivel ocupacional, ¿es menos que un ingeniero, pero más que un técnico?
Esta confusión, heredada de la Ley 30, ha dado pie a cinco tipos de formación tecnológica:
- El primer ciclo de formación técnica, que conduce al segundo ciclo de formación tecnológica. Esto plantea serios interrogantes curriculares sobre la formación básica del tecnólogo.
- La formación propedéutica por ciclos, es decir, el paso de tecnólogo a profesional. Sin embargo, es válido preguntarse ¿cuál es la identidad ocupacional del tecnólogo? y ¿es necesario un ciclo para ser profesional?
- El surgimiento de programas tecnológicos sin formación técnica previa: ¿cuál es su papel ocupacional?; ¿cuál es su formación básica? y ¿cuál es su particularidad identitaria?
- Algunos programas tecnológicos como primer ciclo de ingenierías: ¿cuál es su calidad?; ¿cuál es su pertinencia? y ¿cuáles son sus rasgos distintivos?
- Múltiples programas tecnológicos con formación básica en un área de las ciencias y con una salida ocupacional de tres años: ¿cuál es su valor ocupacional? y ¿cuál es su pertinencia en el contexto colombiano?
Le sugerimos: Francia Márquez pide que se investigue si ataques en el Cauca son un “saboteo a la paz”
Consecuencias
Desde la vigencia de la Ley 30 el sistema normativo dio prioridad al desarrollo de la universidad tradicional, pero las otras instituciones no han tenido el apoyo del Estado. Por eso poco a poco fuimos desarrollando un sistema piramidal con las universidades en la cúspide.
Esta desigualdad, acompañada por la concentración de la financiación estatal en unas pocas universidades, y sumada al prestigio de algunas instituciones privadas de élite, propició la transformación de numerosos establecimientos educativos con la finalidad de convertirse en una universidad.
Igualmente, algunos establecimientos tecnológicos como el ITM de Medellín se han convertido en instituciones universitarias como paso intermedio para, poco a poco, consolidar la ansiada transición a la universidad.
No haber desarrollado la educación tecnológica como un cuerpo de saberes basado en la investigación, la experimentación, la innovación y la competitividad, ha tenido un efecto económico negativo. Otras sociedades las han fomentado, precisamente, mediante instituciones tecnológicas especializadas y universidades tecnológicas.
Por el contrario, Colombia optó por un concepto reducido y de índole ocupacional en lo referente a la educación tecnológica. En consecuencia, paulatinamente, se convirtió en un nivel intermedio entre el ingeniero y el obrero calificado. Así, se limitó el desarrollo de competencias ocupacionales al separarla, institucional y curricularmente, de la matriz intelectual de las universidades.
Por ello, los obstáculos a la educación tecnológica privaron al país de instituciones especializadas en áreas modernas con recursos humanos altamente calificados en investigación y experimentación claves para el sector productivo.
Por otro lado, las instituciones técnicas han disminuido de manera drástica. Además de luchar contra la escasez de aspirantes, deben enfrentar su inminente desaparición.
El sistema piramidal, con varios beneficios para la universidad tradicional, resultó en la alta concentración de abogados, administradores, contadores y psicólogos. Igualmente, propició un número muy reducido de matrículas en ciencias naturales, agropecuarias y matemáticas.
El anterior análisis de las carencias conceptuales de la Ley 30, y sus efectos negativos en el desarrollo de la educación superior, demuestra que estos problemas están presentes en el articulado de la Ley Estatutaria de Educación y otros proyectos de reforma del actual gobierno.
¿Qué sigue ahora, más de lo mismo? Necesitamos que los diversos actores (asociaciones, gremios, rectores y estudiantes) superen la visión particularista de sus respectivas instituciones para impulsar un sistema altamente diversificado, moderno y de alta calidad.
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* Ph. D. en Educación de la Universidad de Massachusetts, profesor del Departamento de Sociología de la Universidad Nacional, consultor de organismos internacionales.
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