“Procuradora infringió Convención Americana”: Petro tras sanción a Quintero
Tanto el presidente como el exalcalde de Medellín aseguraron que el Ministerio Público no puede sancionar e inhabilitar a funcionarios de elección popular.
El presidente Gustavo Petro aseguró que la procuradora Margarita Cabello infringió la Convención Americana de Derechos Humanos al inhabilitar al exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle por participar en política en 2022.
“Ningún funcionario administrativo le puede quitar los derechos políticos a ningún ciudadano o ciudadana de Colombia”, dijo Petro en X (antes Twitter).
Fue similar al pronunciamiento hecho por Quintero cuando se conoció en primera instancia la decisión de la Procuraduría de sancionarlo e inhabilitarlo por seis meses.
“Es un fallo que viola la convención americana, la ley y la Constitución, que es lo mismo que le hicieron a Petro hace unos años cuando trataron de evitar que pudiera participar en las elecciones y que obligó a la CIDH le recordara a Colombia que la Procuraduría no puede sacar del camino a un rival político. No puede sacar del camino a un rival político”, afirmó Quintero en un video publicado en sus redes sociales.
Se trata de una pelea de vieja data. Cuando Petro fue destituido de la Alcaldía de Bogotá e inhabilitado por 15 años por el exprocurador Alejandro Ordóñez por el escándalo de la recolección de basuras en la capital. Ante esto, la CIDH le otorgó medidas cautelares a Petro en 2014 y, tres años después, le dio la razón al asegurar que la Procuraduría no puede sacar del puesto a funcionarios elegidos por voto popular.
Precisamente, y con ese antecedente, la defensa de Quintero insistió en que no podía ser sancionado por la Procuraduría, al no tratarse de un juez. Pero el Ministerio Público no compró esos argumentos e inhabilitó a Quintero por seis meses y lo sancionó con una multa por $104 millones.
Los argumentos de la Procuraduría para inhabilitar a Quintero
La Procuraduría demostró la intervención de Quintero en la elección presidencial de 2022, a favor del Pacto Histórico, y aseguró que “su legitimidad para hacer uso de sus derechos políticos estaba restringida por ejercer un cargo público. Esto no le permitía participar en actividades de partidos y movimientos políticos, en aras de preservar el orden institucional, la democracia, el equilibrio de las autoridades y el no inclinar la fuerza estatal hacia ninguno de los involucrados en la contienda”.
Para probar dicha participación, el Ministerio Público presentó tres pruebas. La primera, una fotografía del 13 de marzo de 2022, día de las consultas interpartidistas, que Quintero compartió en redes sociales y en la que se veía su cara en el tarjetón por el partido Colombia Humana. La segunda, varias publicaciones en redes sociales en las que Quintero habría mostrado su afinidad a esa coalición.
Y, por último, otro video del 9 de mayo de 2022, cuando, desde un carro, el exalcalde dijo: “El cambio, en primera”, haciendo alusión a la campaña presidencial de Gustavo Petro que tuvo como frase clave el “gobierno del cambio”. La Procuraduría sostuvo que las acciones del exalcalde son consideradas un ejercicio abusivo de su cargo, pues usó elementos de su despacho para hacer proselitismo.
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El presidente Gustavo Petro aseguró que la procuradora Margarita Cabello infringió la Convención Americana de Derechos Humanos al inhabilitar al exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle por participar en política en 2022.
“Ningún funcionario administrativo le puede quitar los derechos políticos a ningún ciudadano o ciudadana de Colombia”, dijo Petro en X (antes Twitter).
Fue similar al pronunciamiento hecho por Quintero cuando se conoció en primera instancia la decisión de la Procuraduría de sancionarlo e inhabilitarlo por seis meses.
“Es un fallo que viola la convención americana, la ley y la Constitución, que es lo mismo que le hicieron a Petro hace unos años cuando trataron de evitar que pudiera participar en las elecciones y que obligó a la CIDH le recordara a Colombia que la Procuraduría no puede sacar del camino a un rival político. No puede sacar del camino a un rival político”, afirmó Quintero en un video publicado en sus redes sociales.
Se trata de una pelea de vieja data. Cuando Petro fue destituido de la Alcaldía de Bogotá e inhabilitado por 15 años por el exprocurador Alejandro Ordóñez por el escándalo de la recolección de basuras en la capital. Ante esto, la CIDH le otorgó medidas cautelares a Petro en 2014 y, tres años después, le dio la razón al asegurar que la Procuraduría no puede sacar del puesto a funcionarios elegidos por voto popular.
Precisamente, y con ese antecedente, la defensa de Quintero insistió en que no podía ser sancionado por la Procuraduría, al no tratarse de un juez. Pero el Ministerio Público no compró esos argumentos e inhabilitó a Quintero por seis meses y lo sancionó con una multa por $104 millones.
Los argumentos de la Procuraduría para inhabilitar a Quintero
La Procuraduría demostró la intervención de Quintero en la elección presidencial de 2022, a favor del Pacto Histórico, y aseguró que “su legitimidad para hacer uso de sus derechos políticos estaba restringida por ejercer un cargo público. Esto no le permitía participar en actividades de partidos y movimientos políticos, en aras de preservar el orden institucional, la democracia, el equilibrio de las autoridades y el no inclinar la fuerza estatal hacia ninguno de los involucrados en la contienda”.
Para probar dicha participación, el Ministerio Público presentó tres pruebas. La primera, una fotografía del 13 de marzo de 2022, día de las consultas interpartidistas, que Quintero compartió en redes sociales y en la que se veía su cara en el tarjetón por el partido Colombia Humana. La segunda, varias publicaciones en redes sociales en las que Quintero habría mostrado su afinidad a esa coalición.
Y, por último, otro video del 9 de mayo de 2022, cuando, desde un carro, el exalcalde dijo: “El cambio, en primera”, haciendo alusión a la campaña presidencial de Gustavo Petro que tuvo como frase clave el “gobierno del cambio”. La Procuraduría sostuvo que las acciones del exalcalde son consideradas un ejercicio abusivo de su cargo, pues usó elementos de su despacho para hacer proselitismo.
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