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Reforma judicial: quitan beneficios a violadores de niños y ajustan negociación penal

Los autores del proyecto y los senadores de la Comisión Primera se reunieron para acordar modificaciones al articulado y poder avanzar con la discusión de la iniciativa.

05 de noviembre de 2024 - 02:39 p. m.
La plenaria del Senado.
La plenaria del Senado.
Foto: Mauricio Alvarado
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Una sesión de concertación entre los autores del proyecto de la reforma a la justicia y los senadores de la Comisión Primera destrabó la discusión del articulado. La iniciativa ya había generado polémica por artículos como la rebaja de penas a personas que cometieran delitos graves contra menores de edad.

La mesa de trabajo, dirigida por el presidente de la Comisión, el senador Ariel Ávila (Alianza Verde), dejó algunos cambios clave en el proyecto. Entre ellos, la eliminación del artículo 7, que daba beneficios y mecanismos sustitutos a las personas que cometieran crímenes contra niños, niñas y adolescentes.

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Además, el artículo 3 también tuvo una modificación, con lo que se mantiene la indemnización integral—que significa que una de las formas en las que la acción penal se extingue es cuando se indemniza integralmente a la víctima, como también fue acordado este martes— y se establece cómo se tasará el monto con el cual la víctima se sentirá reparada por medio de común acuerdo o de un dictamen de perito. De todas formas, esto no podrá aplicarse en caso de que haya sido reincidente durante los cinco años anteriores.

La parte de principios de oportunidad quedará como está actualmente, pero se introducirá que en delitos con pena privativa de la libertad superior a seis años, la aplicación de este no será “de competencia exclusiva del Fiscal General de la Nación o de quien delegue de manera especial para este efecto”. Sumado a eso, cuando el procesado se comprometa a servir como testigo contra los demás procesados, “ese compromiso quedará surtido bajo la práctica de la prueba anticipada”, como se propuso en el artículo 4 de la reforma.

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Justamente, ese artículo también se refiere a que la prueba anticipada se aplicará cuando se aporte “información para desarticulación de bandas o delincuencia organizada hasta antes de iniciar la audiencia de juzgamiento”.

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Julio(69508)05 de noviembre de 2024 - 03:58 p. m.
La centralidad de la reforma judicial debe ser la vigencia plena de la carrera judicial. La lista de legibles debe tener vigencia hasta tanto salga la otra lista de elegibles, para evitar el perverso ejercicio de la facultad discrecional de los nominadores con los prolongados e intemporales " provisionales" en la administraciòn de justica, que constituyen un burla a la carrera.
unciudadanomás(10102)05 de noviembre de 2024 - 03:52 p. m.
Titular Reforma Judicial o a la Justicia, cuando es una Reforma al Código Penal, hace que la gente mencione temas ajenos, como la elección de magistrados. De todos modos sería un desacierto que los jueces sean elegidos por voto popular porque eso implica que hagan campaña política y lleguen comprometidos con quienes los financiaron. ¿Se imaginan los cárteles, paramilitares, terroristas, incluso empresas legales, financiando campañas de jueces o magistrados? Esto es Cundinamarca no Dinamarca.
unciudadanomás(10102)05 de noviembre de 2024 - 03:44 p. m.
El titular está mal. Eso no es una Reforma Judicial ni Reforma a la Justicia, es una Reforma al Código Penal.
Usuario(82157)05 de noviembre de 2024 - 03:33 p. m.
La amistad de rosca grande no es mérito para llegar a magistrado. Examen de Méritos.
Usuario(82157)05 de noviembre de 2024 - 03:31 p. m.
EXAMEN PUBLICO ABIERTO DE MÉRITOS PARA LOS MAGISTRADOS DE LAS ALTAS CORTES , llegarán los más sabios no los más amigos y ZAPATEIRITOS de los magistrados .
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