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Registraduría reportó caída de más del 40 % en nacimientos de los últimos 10 años

De acuerdo con las estadísticas de la entidad, mientras en 2014 se registraron 742.610 nacimientos en todo país, en el transcurso de este año la cifra bajó a 419.002.

30 de diciembre de 2024 - 04:50 p. m.
El registrador nacional, Hernán Penagos, en un trámite de registro civil
El registrador nacional, Hernán Penagos, en un trámite de registro civil
Foto: Registraduría
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La Registraduría Nacional informó este lunes 30 de diciembre que sigue bajando el número de nacimientos en Colombia, pues así se evidenció tras hacer un balance de los registros civiles tramitados durante este 2024. Al comparar las cifras actuales con las de hace un año, se refleja un descenso del 43,6 % en el trámite del documento. Así las cosas, en 2014 se registraron 742.610 y en 2024 apenas 419.002.

La entidad también entregó los datos por departamentos, en los que resultaron con más nacimientos en 2014 Antioquia (78.186), Valle del Cauca (56.219), Atlántico (42.795) y Bolívar (37.023). Los mismos registraron una caída fuerte este año: Antioquia (49.018), Valle (32.207), Atlántico (25.371) y Bolívar (20.708).

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En este punto, la Registraduría les recordó a los ciudadanos que el registro civil de nacimiento es un documento valioso que, además de reconocer la existencia jurídica de las personas, ayuda para que las mismas puedan acceder a sus derechos, así como a los bienes y servicios del Estado.

“Si requiere tramitar este documento, recuerde que la inscripción del nacimiento deberá hacerse dentro del mes siguiente a la ocurrencia del hecho, vencido este plazo se entenderá que la inscripción es extemporánea. Igualmente, tenga en cuenta que los requisitos para su expedición son: presentar examen del grupo sanguíneo, presentar a la persona que se pretenda inscribir y que el declarante esté debidamente identificado y cumpla los requisitos del vínculo con la persona a inscribir.

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Al respecto, la entidad precisó que esto son los documentos antecedente necesarios para la inscripción: certificado de nacido vivo, documentos auténticos, como cédula de ciudadanía, sentencias; autorización indígena (solo para los miembros de dichas comunidades); partida eclesiástica y/o partida de bautismo, con certificado de competencia del ministro que celebró el acto; resolución ICBF (en caso de menores en proceso administrativo de restablecimiento de derechos); resolución por parte de la Dirección Nacional de Registro Civil (en caso de expósitos o hijos de padres desconocidos; acta o Registro Civil Extranjero debidamente apostillado; formatos expedidos por parteras y parteros autorizados.

“En ausencia de los anteriores, podrá realizarse la inscripción con la declaración juramentada de dos testigos del hecho de nacimiento (deben ser personas que hayan presenciado el hecho o tengan noticia directa y fidedigna de él), los padres no pueden ser testigos”, aclaró la Registraduría en su comunicado.

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Sara(d89ha)30 de diciembre de 2024 - 06:23 p. m.
De qué se quejan??? cuatro mil son los dueños del capital del país, a los niños los violan y matan todos los días, los reclutan forzadamente para grupos al margen de la ley, las iglesias se rompen las vestiduras, los pastores cantan, los sacerdores predican, pero nada hacen por niños, niñas y adolescentes, los políticos tradicionales niegan a pie juntillas el derecho al estudio de los jóvenes. En este contexto subyacente, qué futuro se avizora para los niños??? para qué quieren más niños?????
Ricardo(24746)30 de diciembre de 2024 - 06:22 p. m.
Culpa de Petro, ¿su triundo paralizó la erección de la oposición?
Diego(63255)30 de diciembre de 2024 - 05:18 p. m.
Fantástico, hay mucha gente y los políticos se roban la plata. Entonces no hay como sostener a tanta gente. En 50 años solo habremos viejitos pero de bordón. Mejor, los viejos no matan gente
Manuel(8t5ff)30 de diciembre de 2024 - 05:17 p. m.
No entiendo esto: " partida eclesiástica y/o partida de bautismo, con certificado de competencia del ministro que celebró el acto;" es necesario tener bautizo? no puede ser obligatorio. Editor por favor corrija error.
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