Este miércoles, el senador del movimiento Dignidad, Jorge Robledo, radicó una acción de tutela contra el ministro de Salud, Fernando Ruiz, argumentando que no ha recibido respuesta oportuna a un derecho de petición presentado el 28 de diciembre de 2020, con el que pretendía tener información con relación a las negociaciones de las vacunas contra el COVID-19.
Texto de la TUTELA que interpuse hoy contra el ministro de Salud, Fernando Ruiz, por NO haberme respondido el derecho de petición que le hice el pasado 28 de diciembre, sobre las vacunas contra el Covid-19:https://t.co/J0bVFbIDj7
— Jorge Enrique Robledo (@JERobledo) January 12, 2021
De acuerdo con Robledo, se le han vulnerado sus derechos a la respuesta a solicitudes realizadas a la autoridad (artículo 23), a la participación política (artículo 40), a la oposición (artículo 112) y al Estatuto de la Oposición y Ley Quinta de 1992 (reglamento del Congreso), concerniente al límite del tiempo de espera de las solicitudes hechas por senadores y opositores del Gobierno, que para estos casos es de cinco días hábiles.
Esgrimiendo esto, Robledo trajo a colación la sentencia T-377 de 2000 que aclaró el contenido sobre los derechos de petición hechos por los congresistas, los cuales deben ser respondidos pronta y oportunamente, con el contenido completo solicitado. Así mismo, recordó que, pese al decreto legislativo 491 de 2020, con el que se amplió los términos de respuestas, hay una salvedad para las normas especiales, como es el caso del Estatuto de la Oposición y la Ley Quinta de 1992.
“El derecho de petición es fundamental y determinante para la efectividad de los mecanismos de la democracia participativa”, se lee en la sentencia. “En el caso concreto, la respuesta al derecho de petición solicitado es condición necesaria para que yo pueda tener iniciativa dentro del Senado, así como para ejercer el derecho fundamental a la oposición desde mi curul y en representación de nuestros electores”, manifiesta el senado en la tutela.
En ese sentido, explica que la información pedida la requiere para hacer control político frente al plan de vacunación y, si es el caso, emprender “acciones legislativas para garantizar el acceso a la ciudadanía a la vacuna y, por ende, al derecho fundamental a la salud”.
Con la tutela, el senador pide entonces tutelar su derecho al acceso a la información, participación política y ejercicio como miembro de la oposición, a la vez de obtener una respuesta, una vez fallado este recurso, en un tiempo de 48 horas. A la fecha, han pasado 10 días hábiles desde que se radicó el derecho de petición.
El derecho de petición enviado por Robledo, solicitaba conocer los contratos firmados para la adquisición de las vacunas, especialmente los acuerdos con AstraZéneca, Pfizer y el mecanismo COVAX. También pidió ser informado del valor de los recursos a invertir en las dosis de inmunización, con la discriminación en costos de transporte, almacenamiento y los pagos directos.