Se abrió fuerte debate por intento frustrado del Congreso para regular el acoso digital
Un proyecto de ley que llegó hasta instancias finales en el Senado estuvo a poco de facilitar la revictimización de personas violentadas en redes sociales y obstaculizar las denuncias de la prensa sobre funcionarios inmersos en hechos de corrupción. Así fue como el concepto de “intimidad” se convirtió en la nuez del asunto.
Gustavo Montes Arias
“La publicación de contenido íntimo es un tema demasiado pequeño para la justicia en Colombia”, dijo María*, una joven de 23 años que en 2022 fue víctima de burlas y agresiones en el entorno digital, por parte de personas cercanas y también de desconocidos entre quienes se difundió una serie de videos en los que se exponía a la universitaria semidesnuda y bajo los efectos del licor.
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“La publicación de contenido íntimo es un tema demasiado pequeño para la justicia en Colombia”, dijo María*, una joven de 23 años que en 2022 fue víctima de burlas y agresiones en el entorno digital, por parte de personas cercanas y también de desconocidos entre quienes se difundió una serie de videos en los que se exponía a la universitaria semidesnuda y bajo los efectos del licor.
Luego de salir de clases en su universidad, decidió ingresar a un establecimiento público para departir con algunas personas: “Yo ya estaba un poco pasada de tragos, me levanté la camisa y todo el mundo empezó a grabar, tomando los mejores planos”.
De inmediato, los videos circularon en redes sociales y grupos de WhatsApp; incluso, el dueño del establecimiento le envío una de las grabaciones a través de su chat personal. “Lloré toda una semana, no podía ni salir de mi casa. Todas las personas tenían y rotaban ese video. Traté de eliminar o bloquear a la gente, porque también en parte fue mi culpa, nadie me dijo que podía denunciar”, narró la joven.
Su caso está inscrito dentro del duro debate que durante los últimos meses se ha desarrollado en el país, a propósito de la regulación de la difusión de contenido íntimo en ecosistemas digitales, a través del proyecto de ley 366 de 2024, que se varó en el anterior período legislativo. La iniciativa llegó hasta su penúltimo debate, pero se hundió por falta de tiempo para la corrección de sus errores estructurales y el desarrollo de la discusión.
Y es que no solo las mujeres se verían afectadas por los alcances de la ley con la que se buscaba crear un nuevo delito; incluso la prensa podría ver torpedeada su labor de denuncia pública de actos de corrupción y actuaciones indebidas de funcionarios públicos, dada la forma en la que estaba redactada la iniciativa. Por esa razón, 19 organizaciones de la sociedad civil levantaron la voz ante el Congreso para evitar su aprobación y proteger a las víctimas de la violencia digital de género.
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Según cifras recopiladas para el Ranking PAR 2023, en ese año el 60% de las mujeres de entre 18 y 40 años en el país fueron acosadas a través de redes sociales, principalmente por Facebook y X. Ese mismo año, el Centro Cibernético de la Policía recibió 2.035 denuncias por delitos de este tipo. Las amenazas (972 casos), injuria o calumnia (676) y el ciberacoso (325), fueron las situaciones de mayor incidencia. A estos se suman casos como el envío de contenido sexual no consentido, como le sucedió a María, luego de la difusión de sus videos.
La iniciativa que puso el asunto en el ojo de las ONG llegó en 2022 al Senado de la República como proyecto de ley 241. La coordinación de su ponencia estuvo a cargo del senador David Luna, quien integra el partido Cambio Radical, igual que la senadora Ana María Castaño, autora del proyecto y esposa de Mario Fernández Alcocer, primo de la primera dama, Verónica Alcocer. En febrero de 2024 pasó a la Cámara de Representantes como proyecto de ley 366 y allí se hundió la posibilidad de crear el delito de “distribución de material íntimo y/o sexual sin consentimiento”.
La razón: entidades como el Consejo Superior de Política Criminal dieron concepto desfavorable a la iniciativa y organizaciones de la sociedad civil solicitaron al Congreso que se archivara por haberse construido sin la participación de la ciudadanía y amenazar con convertirse en un arma de doble filo que beneficiara a funcionarios públicos involucrados en hechos de corrupción y revictimizar especialmente a las mujeres, en lugar de protegerlas.
Y no es para menos su preocupación, pues cifras del Instituto Nacional de Salud indican que en lo corrido de 2024 se han presentado 66.621 casos de violencia de género, de los cuales el 75.6% (50.374) fueron en contra de mujeres.
Las contradicciones de la ley
Por medio de una carta dirigida el Congreso, las ONG expusieron una lista de puntos sobre temas cuestionables. Si bien la iniciativa respondía al llamado que hizo en 2022 la Corte Constitucional, a través de su Sentencia T-280-22 para que se legislara en favor de “la prevención, protección, reparación, prohibición y penalización de la violencia de género digital”, parecía no ir en esa línea.
En primer lugar, porque la ruta penal no sería la indicada para atender la violencia digital de género, dada la sobrecarga de trabajo y la baja efectividad del aparato judicial colombiano. Según el Consejo Superior de la Judicatura, en 2022 el sistema judicial cerró con un 52.8% de congestión de procesos.
Así lo explicó Catalina Moreno, codirectora de la Fundación Karisma, una de las organizaciones firmantes de la solicitud: “proponíamos es que la ruta penal no podía ser la que abordara este tipo de violencias, por varias razones; una de ellas es que la justicia penal revictimiza una y otra vez cuando hablamos de violencia de género. Por otro lado, estos delitos son de bajo interés para la Fiscalía y el delito que se inventaba estaba atado a la intimidad personal, por lo que no supone tanta atención del Estado y usted como víctima se convierte en su propia Fiscalía, le toca recoger las evidencias y proponerlas”.
El sistema penal colombiano castiga estas actuaciones con el delito de injuria por vía de hecho, contemplado en el artículo 226 del Código Penal; pero la gestión de los casos en los que está en juego la intimidad y la honra de la persona, como expresó Moreno, depende de una voluntad política más sólida de las entidades competentes. En ese sentido, la alternativa sería optar por la justicia restaurativa y no la creación de un nuevo tipo penal que agilice el colapso del sistema judicial al tratar de resolver estas situaciones.
En esa línea el abogado penalista Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, explicó que crear un nuevo delito que responda a la gestión penal no es la alternativa más adecuada: “en principio no es deseable que todo el tiempo se estén creando nuevas tipologías frente a un sistema que ya está colapsado”.
Sin embargo, expresó que “la legislación se tiene que adaptar a los cambios de los tiempos”, pues el Código Penal, expedido a través de la Ley 599 de 2000, surgió en un contexto en el que no existía aún la idea de violencia digital de género, por lo cual sí es importante fortalecer la legislación al respecto, no solo en la violencia enfocada hacia las mujeres, sino a todos los actos que pasen por encima de los derechos contemplados por la Constitución, en los ecosistemas digitales.
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El segundo aspecto que preocupaba a las organizaciones acerca de este proyecto era la redacción que podría hacer de la ley un arma de doble filo. En el primer documento radicado ante el Senado se leía en uno de sus artículos que las penas por el delito de violencia digital de género aplicaban también para quien “a través de plataformas de internet, redes sociales o correo electrónico, o cualquier otro espacio digitalizado publique, divulgue, difunda, comparta o distribuya textos, fotografías, videos u otras impresiones gráficas o sonoras de contenido sexual sin consentimiento de la víctima”.
En ese sentido, la difusión de situaciones de acoso por parte de una víctima en espacios como las redes sociales, acto que está regulado y protegido como sanción social por parte de la Corte Constitucional, podría convertirse en una violación de la intimidad del acosador inicial, que llevaría a cualquier persona a enfrentarse a un proceso judicial por violación de la intimidad.
Al respecto, la codirectora de la Fundación Karisma expresó que “el problema es cuando creamos delitos y no nos ponemos a pensar cuáles situaciones estamos englobando en las descripciones de los tipos penales”. En un contexto en el que la mayoría de las comunicaciones se desarrollan por canales digitales, la difusión de información sería un “delito en doble vía”, que incluso afectaría a otros sectores como la prensa. No en vano la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) se sumó a la lista de firmantes de la misiva que llevó a que se hundiera el proyecto.
De la misma forma en la que una persona que recurre a la sanción social para denunciar una violencia de género digital podría ser citada por la Fiscalía, un periodista que publique videos en los que se vean situaciones como sobornos o entrega de dineros ilegales, grabados en espacios privados, chats personales o filtraciones de correos electrónicos que evidencien casos de corrupción e involucren a funcionarios públicos, podría ser juzgado bajo este delito, pasando por encima del ejercicio de la libertad de prensa y de la labor de denuncia de periodistas y medios de comunicación.
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Por su parte, el abogado Bernate puntualizó que “hay aspectos que pueden ser privados, pero tienen un interés público, como la violencia contra mujeres, niños y adolescentes o los actos de corrupción son eventos en los que ya se ha dicho que no hay intimidad; si bien forman parte de la vida privada de las personas, son de interés público y no hay problema en que se revelen. Sí sería bueno que se precise, pero es un aspecto que ya está superado”.
Explicó que, en el caso del envío de contenido sexual no solicitado, las personas podrían seguir acudiendo a la sanción social, pues con el envío del contenido no consentido a una víctima, el agresor renuncia a su intimidad y perdería la posibilidad de ser protegido por la ley. “No habría ningún problema en esa situación, pero sería mejor que quedara [en la redacción del proyecto] completamente claro”, precisó el jurista.
A estos aspectos relacionados con la forma del proyecto y la definición de la intimidad, se sumaba la constitución de un “Comité rector de la política pública de prevención, protección y reparación de la violencia digital de género”, cuyas funciones no eran del todo claras en la iniciativa ni garantizaban la atención ágil a los casos. Por esas razones estructurales, el proyecto entró a hacer parte de la lista de 331 iniciativas archivadas en una legislatura en la que se presentaron en total 675 proyectos.
Las oportunidades para el proyecto
Cuando María vio su intimidad expuesta en redes sociales no recibió apoyo por parte de las personas cercanas, quienes se dedicaron a revictimizarla con sus mensajes y comentarios. Tampoco tuvo conciencia de los baches que existen para tratar este tipo de situaciones: “hay un vacío en cuanto a la preocupación por los jóvenes y este tipo de situaciones, no hay una preocupación real por la exposición de la intimidad en las redes. Me parece mejor el acompañamiento, porque uno como persona queda muy dañado luego de todo lo que vive”.
Justo a ese aspecto relacionado con la justicia restaurativa están dirigidas las demandas de las organizaciones civiles. Aunque se logró frenar la aprobación del proyecto, que tuvo menor visibilidad en medio de las discusiones del Congreso, los debates de control político, mociones de censura y hechos de corrupción del último semestre, ahora deben trabajar en una nueva propuesta con la participación de las ONG.
Desde la Fundación Karisma resaltaron la apertura del equipo de la senadora Castaño para dialogar sobre sus inconformidades y las razones para evitar su aprobación. Aunque El Espectador intentó conversar ella, no se recibió respuesta directa. Desde su unidad de trabajo le informaron a este diario que recibieron con sorpresa la carta de las organizaciones de la sociedad civil y accedieron a dialogar, a pesar de no estar de acuerdo con algunas de sus demandas.
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Ahora lo que se plantea es el desarrollo de un trabajo conjunto entre el Legislativo y las ONG para redactar una mejor propuesta. Uno de los puntos clave, como lo señaló la directora Moreno, será lograr que el delito castigue la difusión de contenido sexual, no de contenido íntimo, pues esta especificidad evitaría que se convierta en una ley que afecte el ejercicio de otros gremios como el de la prensa o que sirva como herramienta para encubrir delitos cometidos por funcionarios públicos y revelados a través de información de carácter privado.
“Tenemos mucha ilusión de que comiencen las mesas técnicas y que podamos radicar un proyecto de ley que haya sido consultado con muchas personas que hemos trabajado desde distintos ángulos el problema”, expresó.
Por su parte, el abogado Bernate destacó que, si bien Colombia no es un país rezagado en esta materia, “hay que actualizar la legislación frente a estas nuevas situaciones”, un asunto que demandará la consolidación de una conversación conjunta que permita que el nuevo proyecto se sume a los 319 más que quedaron pendientes de debates y seguirán su curso durante el tercer año del Congreso.
*La identidad real de la fuente fue protegida por motivos de confidencialidad.
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