Senado y Cámara dijeron sí y le dieron su bendición a reforma a la Procuraduría
La iniciativa, promovida por la propia procuradora Margarita Cabello, gozó de las mayorías aplanadoras del Gobierno en ambas cámaras. Ahora pasará a conciliación antes de ser sancionada por el presidente Duque.
En un mismo día, las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes aprobaron en últimos debates el proyecto de ley que reforma la Procuraduría. La iniciativa, de autoría de la propia procuradora Margarita Cabello y que tenía mensaje de urgencia por parte del Gobierno Nacional, busca reformar el Código General Disciplinario, que es el cuerpo normativo que sienta las bases para comenzar los procesos contra servidores públicos.
En contexto: El espinoso debate de la reforma a la Procuraduría
Inicialmente, con una votación de 53 votos a favor y nueve en contra, la plenaria del Senado respaldó la iniciativa, que ha sido criticada por organismos como la Misión de Observación Electoral (MOE), que ha advertido que le da facultades propias de los jueces al Ministerio Público, así como facultades de policía judicial: “poder para autorizar allanamientos e intervenir las comunicaciones, entre otras”. Incluso, la MOE había llamado la atención frente a la posibilidad que da el proyecto de aumentar la burocracia al crear una serie de cargos.
Tras la votación de Senado, la Cámara de Representantes hizo lo propio. Con 102 votos a favor y 28 en contra, los representantes le dieron la bendición al proyecto, que ahora pasa a conciliación entre ambos textos, para luego ser sancionado por el presidente Iván Duque. La iniciativa fue radicada por Cabello buscando ajustar la legislación al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso del exalcalde Gustavo Petro.
Lea también: MOE pidió que se hunda el proyecto de reforma a la Procuraduría
En su determinación, la Corte advirtió el año pasado que la Procuraduría General, como órgano administrativo que es, no puede restringir los derechos políticos de los servidores públicos elegidos por voto popular y reiteró que a la luz de la Convención Americana de Derechos Humanos no es posible destituir e inhabilitar a estos funcionarios a menos que se trate de una consecuencia de un proceso penal. La decisión se tomó al estudiar el caso de la destitución del exalcalde de Bogotá.
Según argumentó la Procuraduría, la reforma al Código General Disciplinario busca atender tres frentes. Con el primero se busca ampliar las facultades jurisdiccionales en cuanto a la tarea disciplinaria del Ministerio Público, “lo que permitirá actuar como juez en los casos que impliquen sanciones como destitución o inhabilidad”, explica la entidad. En segundo lugar, que en las dos fases de investigación de un caso, las pesquisas y juzgamientos, intervengan funcionarios diferentes, para que no sean las mismas personas que hagan esas dos funciones.
Por último, la iniciativa pretende que se crea una sala especial de juzgamiento para situaciones que se eleven a la doble instancia. Este tema responde a uno de los propósitos del proyecto, el de la impugnación, que estaba preparando Fernando Carrillo antes de dejar el Ministerio Público para cumplir con el fallo en contra del Estado dado por la Corte en el marco del caso de la destitución de Petro.
Tras su aprobación, Cabello agradeció a los congresistas y en Cámara de Representantes manifestó que sus votos no solo “dejan viva” la institucionalidad de la Procuraduría, sino que “es un apoyo al país y al respeto por lo que son las instituciones básicas de un Estado social y democrático de derecho”.
“Este proyecto de ley hace que la Procuraduría cumpla con la función ordenada por el constituyente primario. Cuando uno habla de estructura institucional, habla de la esencia de un Estado de derecho (…) Querer reformar, eliminar o quitarle funciones a la Procuraduría es querer romper la institucionalidad de un país democrático como el nuestro (...) No es posible en Colombia aplicar literalmente la orden (de la Corte IDH) de que los funcionarios elegidos popularmente solo pueden ser sancionados por un proceso penal. No lo es porque la estructura constitucional de nuestro país, para dar mayor garantía, hizo que fuera de manera distinta”, explicó.
Ante su eventual aprobación, este miércoles se conoció una carta de varios senadores alternativos, que expusieron sus argumentos sobre por qué la iniciativa va en contravía de las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “La Procuraduría aprovechando el mandato de la Corte IDH presentó un proyecto de ley que burla la sentencia de la Corte, en la medida en que lo que hace no es garantizar que un juez imparcial tome las decisiones, sino que decidió convertir a sus propios procuradores en jueces súper poderosos, que además serían los únicos jueces de Colombia que no tienen control alguno, porque ni siquiera podrían ser disciplinados por la Comisión de Disciplina Judicial, que fue recién creada”, exponen como su primer argumento en contra.
Lea también: La Procuraduría presentó un proyecto que burla la sentencia de la Corte IDH: alternativos
Los senadores recuerdan que el fallo de la Corte determina que “un órgano como la Procuraduría o un funcionario no elegido (popularmente) no tiene autoridad para sancionar y destituir a un servidor público de origen popular”. Es decir, el tribunal interamericano señaló que Ordóñez no tenía competencias para destituir a Petro en 2013 y que, si la Constitución y la ley colombiana lo permitía, el Estado debía corregir esos vacíos. Por ese llamado, la Procuraduría radicó el proyecto que, a juicio de los firmantes de la carta, está distorsionado.
Agregan los alternativos: “como si fuera poco, la Procuraduría especifica una serie de poderes jurisdiccionales que pueden ser ejercicios sin previa orden de un juez, tales como allanamientos, seguimientos de personas, interceptación de comunicaciones electrónicas y físicas, que, como se ha visto, se convertirían en un poderoso instrumentos de persecución política, que ya ha ejercido sin pudor este órgano de control, al abrir investigaciones formales a varios congresistas solo 12 horas antes de que iniciara este debate (en comisiones primeras) con el claro propósito de inhabilitarlos e impedir que se opusieran a este leviatán”.
A su turno, la MOE criticó que no se cumpla con el objetivo del proyecto, que es armonizar el ordenamiento colombiano con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Petro, “en el que señaló que, de acuerdo al artículo 23 de Convención Americana, solo con condena, por juez competente, en proceso penal, se pueden imponer sanciones de inhabilitación o destitución a funcionarios electos popularmente”.
Según la MOE, desde el mismo artículo primero se va en contravía del propósito original. Esto debido a que en dicho apartado se plantea que la Procuraduría concentrará “facultades de investigación y sanción de destitución, suspensión e inhabilidad contra todos los funcionarios públicos, sean estos elegidos o no popularmente”.
A consideración de la veeduría, el proyecto convertiría a los procuradores en jueces y no responde con las exigencias del fallo de la corte supranacional. “Pese a que el proyecto otorga facultades jurisdiccionales, estas se mantienen en una institución de carácter administrativo, y no son trasladadas a un juez penal”, expuso la directora de la MOE, Alejandra Barrio, como uno de los motivos para pedir el archivo de la iniciativa.
En un mismo día, las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes aprobaron en últimos debates el proyecto de ley que reforma la Procuraduría. La iniciativa, de autoría de la propia procuradora Margarita Cabello y que tenía mensaje de urgencia por parte del Gobierno Nacional, busca reformar el Código General Disciplinario, que es el cuerpo normativo que sienta las bases para comenzar los procesos contra servidores públicos.
En contexto: El espinoso debate de la reforma a la Procuraduría
Inicialmente, con una votación de 53 votos a favor y nueve en contra, la plenaria del Senado respaldó la iniciativa, que ha sido criticada por organismos como la Misión de Observación Electoral (MOE), que ha advertido que le da facultades propias de los jueces al Ministerio Público, así como facultades de policía judicial: “poder para autorizar allanamientos e intervenir las comunicaciones, entre otras”. Incluso, la MOE había llamado la atención frente a la posibilidad que da el proyecto de aumentar la burocracia al crear una serie de cargos.
Tras la votación de Senado, la Cámara de Representantes hizo lo propio. Con 102 votos a favor y 28 en contra, los representantes le dieron la bendición al proyecto, que ahora pasa a conciliación entre ambos textos, para luego ser sancionado por el presidente Iván Duque. La iniciativa fue radicada por Cabello buscando ajustar la legislación al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso del exalcalde Gustavo Petro.
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En su determinación, la Corte advirtió el año pasado que la Procuraduría General, como órgano administrativo que es, no puede restringir los derechos políticos de los servidores públicos elegidos por voto popular y reiteró que a la luz de la Convención Americana de Derechos Humanos no es posible destituir e inhabilitar a estos funcionarios a menos que se trate de una consecuencia de un proceso penal. La decisión se tomó al estudiar el caso de la destitución del exalcalde de Bogotá.
Según argumentó la Procuraduría, la reforma al Código General Disciplinario busca atender tres frentes. Con el primero se busca ampliar las facultades jurisdiccionales en cuanto a la tarea disciplinaria del Ministerio Público, “lo que permitirá actuar como juez en los casos que impliquen sanciones como destitución o inhabilidad”, explica la entidad. En segundo lugar, que en las dos fases de investigación de un caso, las pesquisas y juzgamientos, intervengan funcionarios diferentes, para que no sean las mismas personas que hagan esas dos funciones.
Por último, la iniciativa pretende que se crea una sala especial de juzgamiento para situaciones que se eleven a la doble instancia. Este tema responde a uno de los propósitos del proyecto, el de la impugnación, que estaba preparando Fernando Carrillo antes de dejar el Ministerio Público para cumplir con el fallo en contra del Estado dado por la Corte en el marco del caso de la destitución de Petro.
Tras su aprobación, Cabello agradeció a los congresistas y en Cámara de Representantes manifestó que sus votos no solo “dejan viva” la institucionalidad de la Procuraduría, sino que “es un apoyo al país y al respeto por lo que son las instituciones básicas de un Estado social y democrático de derecho”.
“Este proyecto de ley hace que la Procuraduría cumpla con la función ordenada por el constituyente primario. Cuando uno habla de estructura institucional, habla de la esencia de un Estado de derecho (…) Querer reformar, eliminar o quitarle funciones a la Procuraduría es querer romper la institucionalidad de un país democrático como el nuestro (...) No es posible en Colombia aplicar literalmente la orden (de la Corte IDH) de que los funcionarios elegidos popularmente solo pueden ser sancionados por un proceso penal. No lo es porque la estructura constitucional de nuestro país, para dar mayor garantía, hizo que fuera de manera distinta”, explicó.
Ante su eventual aprobación, este miércoles se conoció una carta de varios senadores alternativos, que expusieron sus argumentos sobre por qué la iniciativa va en contravía de las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “La Procuraduría aprovechando el mandato de la Corte IDH presentó un proyecto de ley que burla la sentencia de la Corte, en la medida en que lo que hace no es garantizar que un juez imparcial tome las decisiones, sino que decidió convertir a sus propios procuradores en jueces súper poderosos, que además serían los únicos jueces de Colombia que no tienen control alguno, porque ni siquiera podrían ser disciplinados por la Comisión de Disciplina Judicial, que fue recién creada”, exponen como su primer argumento en contra.
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Los senadores recuerdan que el fallo de la Corte determina que “un órgano como la Procuraduría o un funcionario no elegido (popularmente) no tiene autoridad para sancionar y destituir a un servidor público de origen popular”. Es decir, el tribunal interamericano señaló que Ordóñez no tenía competencias para destituir a Petro en 2013 y que, si la Constitución y la ley colombiana lo permitía, el Estado debía corregir esos vacíos. Por ese llamado, la Procuraduría radicó el proyecto que, a juicio de los firmantes de la carta, está distorsionado.
Agregan los alternativos: “como si fuera poco, la Procuraduría especifica una serie de poderes jurisdiccionales que pueden ser ejercicios sin previa orden de un juez, tales como allanamientos, seguimientos de personas, interceptación de comunicaciones electrónicas y físicas, que, como se ha visto, se convertirían en un poderoso instrumentos de persecución política, que ya ha ejercido sin pudor este órgano de control, al abrir investigaciones formales a varios congresistas solo 12 horas antes de que iniciara este debate (en comisiones primeras) con el claro propósito de inhabilitarlos e impedir que se opusieran a este leviatán”.
A su turno, la MOE criticó que no se cumpla con el objetivo del proyecto, que es armonizar el ordenamiento colombiano con el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Petro, “en el que señaló que, de acuerdo al artículo 23 de Convención Americana, solo con condena, por juez competente, en proceso penal, se pueden imponer sanciones de inhabilitación o destitución a funcionarios electos popularmente”.
Según la MOE, desde el mismo artículo primero se va en contravía del propósito original. Esto debido a que en dicho apartado se plantea que la Procuraduría concentrará “facultades de investigación y sanción de destitución, suspensión e inhabilidad contra todos los funcionarios públicos, sean estos elegidos o no popularmente”.
A consideración de la veeduría, el proyecto convertiría a los procuradores en jueces y no responde con las exigencias del fallo de la corte supranacional. “Pese a que el proyecto otorga facultades jurisdiccionales, estas se mantienen en una institución de carácter administrativo, y no son trasladadas a un juez penal”, expuso la directora de la MOE, Alejandra Barrio, como uno de los motivos para pedir el archivo de la iniciativa.