Solicitan medidas cautelares ante la CIDH por curul de Angela María Robledo
De acuerdo con la CCJ, la curul que obtuvo la excandidata a la Vicepresidencia fue mediante el Estatuto de Oposición, y no porque fuera candidata al Congreso.
La historia de la curul de Ángela María Robledo tiene un nuevo episodio. La Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) presentó este martes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una solicitud de medidas cautelares a favor de la congresista, con la que se busca que no pierda su curul. Vale recordar que en julio fue revocada una tutela que había ordenado devolverle a Robledo su asiento en el Congreso, que obtuvo vía Estatuto de la Oposición.
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La historia de la curul de Robledo se remonta a las elecciones presidenciales de 2018. Al haber sido la fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro, que obtuvo el segundo lugar en las elecciones de 2018, debía recibir un puesto en la Cámara de Representantes de acuerdo con lo que dicta el estatuto de oposición. El meollo del asunto fue una demanda por supuesta doble militancia, pues los demandantes argumentaron que la excandidata estuvo en la coalición “Petro presidente”, sin haber renunciado a Alianza Verde en el tiempo estipulado.
Pero para la CCJ la decisión no tuvo en cuenta que Colombia Humana no tenía personería jurídica y que la doble militancia solo se aplica a partidos que la tengan. También argumentan que Robledo llegó a la Cámara de Representantes por haber obtenido la segunda mayor votación a la Vicepresidencia, y no porque hubiera participado como candidata en las elecciones legislativas.
Incluso la CCJ pondrá como ejemplo el caso de la vicepresidenta y canciller Martha Lucía Ramírez. Contra ella se presentó una demanda similar, pues pertenecía al Partido Conservador antes de que aceptara ser la fórmula vicepresidencial que terminó ganando las elecciones junto al presidente Iván Duque, que iba por el Centro Democrático. Esa demanda fue fallada a su favor y ahí el Consejo de Estado no consideró que hubo doble militancia.
Otro de los argumentos de los solicitantes es que la salida del Congreso de Ángela María Robledo es una decisión que aún no ha sido adoptada por un juez penal por lo que, dicen, viola la Convención Americana. En este punto se acogen a la jurisprudencia que expidió la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Gustavo Petro, por el caso de su destitución en 2014 por la crisis de las basuras en Bogotá. Según los juristas, en el caso de Robledo se está obviando lo ordenado por dicha jurisprudencia respecto a la restricción de derechos políticos.
Y es que además del tema de la curul, también solicitaron a la CIDH proteger los derechos políticos y el debido proceso de Ángela María Robledo, debido a que la Procuraduría abrió una investigación disciplinaria en su contra, por el apoyo de la excandidata vicepresidencial a las protestas en el marco del paro nacional.
“Esta solicitud de medidas cautelares la realiza la CCJ en concordancia con el artículo 25 del reglamento de la CIDH, que dice que se deben presentar en situaciones de gravedad y urgencia, que representan un riesgo de daño irreparable, en este caso para la congresista Robledo”, indicó la comisión de juristas.
La historia de la curul de Ángela María Robledo tiene un nuevo episodio. La Comisión Colombiana de Juristas (CCJ) presentó este martes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una solicitud de medidas cautelares a favor de la congresista, con la que se busca que no pierda su curul. Vale recordar que en julio fue revocada una tutela que había ordenado devolverle a Robledo su asiento en el Congreso, que obtuvo vía Estatuto de la Oposición.
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La historia de la curul de Robledo se remonta a las elecciones presidenciales de 2018. Al haber sido la fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro, que obtuvo el segundo lugar en las elecciones de 2018, debía recibir un puesto en la Cámara de Representantes de acuerdo con lo que dicta el estatuto de oposición. El meollo del asunto fue una demanda por supuesta doble militancia, pues los demandantes argumentaron que la excandidata estuvo en la coalición “Petro presidente”, sin haber renunciado a Alianza Verde en el tiempo estipulado.
Pero para la CCJ la decisión no tuvo en cuenta que Colombia Humana no tenía personería jurídica y que la doble militancia solo se aplica a partidos que la tengan. También argumentan que Robledo llegó a la Cámara de Representantes por haber obtenido la segunda mayor votación a la Vicepresidencia, y no porque hubiera participado como candidata en las elecciones legislativas.
Incluso la CCJ pondrá como ejemplo el caso de la vicepresidenta y canciller Martha Lucía Ramírez. Contra ella se presentó una demanda similar, pues pertenecía al Partido Conservador antes de que aceptara ser la fórmula vicepresidencial que terminó ganando las elecciones junto al presidente Iván Duque, que iba por el Centro Democrático. Esa demanda fue fallada a su favor y ahí el Consejo de Estado no consideró que hubo doble militancia.
Otro de los argumentos de los solicitantes es que la salida del Congreso de Ángela María Robledo es una decisión que aún no ha sido adoptada por un juez penal por lo que, dicen, viola la Convención Americana. En este punto se acogen a la jurisprudencia que expidió la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Gustavo Petro, por el caso de su destitución en 2014 por la crisis de las basuras en Bogotá. Según los juristas, en el caso de Robledo se está obviando lo ordenado por dicha jurisprudencia respecto a la restricción de derechos políticos.
Y es que además del tema de la curul, también solicitaron a la CIDH proteger los derechos políticos y el debido proceso de Ángela María Robledo, debido a que la Procuraduría abrió una investigación disciplinaria en su contra, por el apoyo de la excandidata vicepresidencial a las protestas en el marco del paro nacional.
“Esta solicitud de medidas cautelares la realiza la CCJ en concordancia con el artículo 25 del reglamento de la CIDH, que dice que se deben presentar en situaciones de gravedad y urgencia, que representan un riesgo de daño irreparable, en este caso para la congresista Robledo”, indicó la comisión de juristas.