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La sentencia de la Corte Constitucional que conocimos esta semana y que despenaliza el aborto hasta la semana 24 de gestación es un hito en la consecución de los derechos de las mujeres, pues, aunque hombres y mujeres han escrito la historia del país, las condiciones y los obstáculos que cada uno ha enfrentado han sido desiguales y se han visto marcadas por inequidades de género.
En esa historia, los grupos de mujeres, las feministas y sus movimientos han cumplido un rol indispensable para lograr avances contra las injusticias de género. A la demanda que impuso el movimiento feminista Causa Justa hace dos años para despenalizar el aborto y que tuvo un fallo favorable, la preceden victorias históricas que nos han encaminado hasta un presente con mayores garantías, libertades y el ejercicio de los derechos de las mujeres y niñas en comparación con el siglo pasado. Esto, sin desconocer que todavía hay un largo camino por recorrer para alcanzar una sociedad justa y equitativa para las mujeres en temas como el acceso a la educación, la equidad en la remuneración salarial y la paridad en la participación política.
La brecha laboral se mantiene en la actualidad, pero las mujeres han buscado erradicarla en el país desde 1920, cuando en Medellín la hilandera Betsabé Espinel, que trabajaba para la empresa Fabricato, lideró la primera huelga sindical de obreras en contra de la desigualdad salarial que vivían. Las protestas en la empresa, que duraron cerca de un mes, dieron como resultado el aumento en un 40 % del salario de las trabajadoras, una jornada laboral de 9 horas y 50 minutos, y la dotación para los trabajadores con ropa de trabajo.
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Además de la lucha por garantizar la equidad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, Beatriz Quintero, directora de la Red Nacional de Mujeres y miembro del movimiento Causa Justa, explica que, para avanzar en temas de igualdad, los derechos de las mujeres han visto avances significativos en tres aspectos, la participación política, la diferenciación en la violencia basada en género y los derechos sexuales y reproductivos.
Aunque para Quintero el hecho más relevante en cuanto a participación política fue el derecho al voto en 1954, no podemos olvidar el trabajo de la paisa María Cano, que se convirtió en la primera mujer en ser parte activa de la vida política del país. Durante 1926, Cano fue parte de la organización del III Congreso Nacional Obrero que se llevó a cabo entre el 21 de noviembre y el 4 de diciembre de ese año en Bogotá. Su participación se destacó por su defensa por los derechos civiles y labores de la población y porque en ese mismo congreso se fundó el Partido Socialista Revolucionario.
Por otro lado, otra de las victorias femeninas durante el siglo XX fue el Manifiesto por los Derechos de la Mujer Indígena, firmado en 1927 por 14.000 mujeres indígenas del país, principalmente de los departamentos de Tolima, Huila y Cauca, que rezaba: “Hoy tenemos el coraje, nosotras, las indias colombianas, que firmamos este documento, y unidas como una bandada de águilas furiosas, lucharemos nosotras mismas por la recuperación de nuestros derechos”.
Cinco años más tarde, 1932 representaría un año de logros y avances para las colombianas. Durante la presidencia de Enrique Olaya Herrera se estableció la Ley 28 de 1932, que no solo les dio la autonomía a las mujeres para representarse a sí mismas, sino que reformó las capitulaciones matrimoniales para que de ahora en adelante las esposas pudieran administrar sus propios bienes. Este hecho no se debió a la voluntad política del momento, sino al trabajo que desde dos años antes venían realizando mujeres del Valle en cabeza de la periodista, profesora, y más adelante sufragista, Ofelia Uribe de Acosta. Ese mismo año, el Decreto 1874 de 1932 autorizó a los colegios femeninos del país para emitir el diploma de bachiller a sus estudiantes.
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Un año más tarde, el Decreto 1972 de 1933 garantizó el acceso de las mujeres a las universidades y más adelante con la reforma constitucional de 1936 se estableció la ciudadanía (restringida) de las mujeres, el acceso a cargos de administración pública y garantías laborales.
Ahora sí, con la ciudadanía de las mujeres ya reconocida, en la Asamblea Nacional Constituyente de 1954 se les otorgó el derecho al voto. Esmeralda Arboleda de Uribe, del Partido Liberal y Josefina Valencia de Hubach, del Partido Conservador, fueron las encargadas de presentar el proyecto de Acto Legislativo sobre la Ciudadanía de las Mujeres, que fue aprobado el 25 de agosto de ese año.
Sin embargo, solo fue hasta 1957 que las mujeres pudieron ejercer por primera vez su derecho al voto y además a ser elegidas en cargos de elección popular. Durante la instauración del Frente Nacional, Arboleda fue una de las lideresas en la convocatoria para que las mujeres pudieran votar dicho plebiscito. En esa ocasión, el voto femenino representó el 42 % del total de los votos.
“Ese fue un hito que abrió muchas puertas porque no solo trajo el voto, sino que se abrieron las puertas un poco más para las mujeres en las universidades, en la calle, mujeres con propiedad, con individualidad”, afirma Quintero.
“Toda persona tiene derecho a su individualidad y, por consiguiente, al nombre que por ley le corresponde. El nombre comprende, el nombre, los apellidos, y en su caso, el seudónimo. No se admitirán cambios, agregaciones o rectificaciones del nombre, sino en las circunstancias y con las formalidades señaladas en la ley”, así en 1970, el Decreto 1260 del 27 de julio de 1970 seguía avanzando en procurar la autonomía de las mujeres. ¿Por qué? Porque dicho decreto hacía referencia a la partícula “De”, que las mujeres debían por obligación añadir a su nombre junto con el apellido de su pareja después de casarse, este cambio logró que ya no fuera obligatorio.
En esa década el mundo también empezaba a crear normas y acuerdos que velaran por los derechos de las mujeres y por la igualdad. En 1979 se creó la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por su sigla en inglés), que fue adoptada por Colombia en 1981.
Aunque el país ya tuviera decretos y cambios que incluían a la mujer como sujeto de derecho, la Constitución todavía no lo hacía, y fue entonces cuando para la Asamblea Nacional Constituyente del 91 se creó el grupo Red Mujer Constituyente, integrado por mujeres feministas que, inspiradas por las sufragistas del 54, buscaban que los derechos de las mujeres fueran parte de la nueva Constitución.
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Como constituyentes participaron cuatro mujeres: María Teresa Garcés, Aída Avella, María Mercedes Carranza y María Helena Herrán. De la Constitución de 1991, los hitos principales fueron los artículos 13, “todas las personas nacen iguales y libres ante la ley”, que, aunque no mencionara directamente a las mujeres, las incluye, y el artículo 43, que dice “la mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades”.
Si bien fueron los artículos principales, el 93, por ejemplo, donde se reconocen los tratados y normas firmadas por el país, obliga el cumplimiento constitucional de la CEDAW y otros, como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belém do Pará) y la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer y la Plataforma de Acción de Beijing.
A esta lista de avances y reconocimientos, impulsados por los activismos y movimientos feministas, se suma la Sentencia C-355 de 2006, de la que tanto se ha hablado por estos días y que reconoció parcialmente el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) para las mujeres bajo las tres causales conocidas: por malformación del feto, por abuso sexual o cuando la vida de la madre esté en riesgo.
En 2008 se instituyó la Ley 1257, a través de la que dictaron normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres. Ese mismo año, la Sentencia C-804 de 2008 estableció la protección de los derechos fundamentales de las mujeres víctimas del desplazamiento forzado, a causa del conflicto armado. Esta normatividad profundizó en la violencia diferencial de género que sufren las mujeres durante el conflicto armado y aunque en 2014 una nueva ley (1719) pedía adoptar medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la violencia sexual en el marco del conflicto armado, en la práctica no había un sistema de reparación eficiente.
Sin embargo, en 2014, cuando en junio de ese año la mesa de negociación entre el Gobierno y la antigua guerrilla de las Farc decidió crear la Subcomisión de Género, para trabajar las propuestas presentadas por el movimiento de mujeres sobre transversalidad de género y derechos de las mujeres en los Acuerdos, también se dio paso a que con la creación de la JEP se estableciera la Comisión de Género, encargada de revisar los casos de violencia de género en el marco del conflicto.
Aunque en materia de normatividad se han creado garantías para las mujeres, Quintero considera que “falta un compromiso real de las instituciones, también nos faltan unas campañas de transformación cultural porque no creo que la solución sea meter a los hombres a la cárcel, sino que necesitamos transformaciones culturales y no solo en los adultos, sino en los niños y las niñas, tenemos que trabajar mucho en la educación, en la parte comunicativa”.
El camino que han transitado las mujeres desde los feminismos y desde las juntanzas para lograr que nuestros derechos sean reconocidos y garantizados han estado enmarcados por la invisibilización durante siglo XX, y que de a pocos se ha ido reconociendo en los últimos años, pero también se han vinculado las expresiones artísticas como muestra de resistencia y lucha por los derechos, así lo explica María Ximena Dávila, quien hizo parte del equipo de investigación de género en Dejusticia y estudia la movilización feminista en América Latina.
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Dávila explica que la movilización de las mujeres en entornos rurales y en contextos de violencia también ha sido relevante para ver cómo las personas han logrado resistir y vivir en estos espacios. Las mujeres son parte de esa resistencia, “los grupos de mujeres campesinas, afros e indígenas juntándose tienen una cara muy distinta a la que vemos en entornos más urbanos o visibles. También hay mujeres creando movimientos de base, movilizándose en espacios más discretos por sus contextos de guerra”.
Un ejemplo de esas formas de activismo por los derechos, que no necesariamente se destaca por las grandes movilizaciones son las tejedoras de Mapuján que reivindican los derechos y la historia de las víctimas del conflicto armado en los Montes de María desde el arte. Otro ejemplo es el trabajo de la lideresa Mayerlis Angarita, que dirige la Red de Mujeres Narrar para Vivir. El trabajo de Angarita es otra forma de activismo por los derechos de las mujeres que no está centralizado y que abre la puerta a otras formas de resistencia y lucha por los derechos de las mujeres.
Quintero, desde Causa Justa, explica que parte del proceso del movimiento fue pasar de 20 mujeres hace dos años a integrar a su activismo el trabajo en los territorios y tener una acción descentralizada para poder comprender todas las particularidades que tiene la penalización del aborto en distintos contextos. “Hemos ido corriendo la barrera de la conversación hacia la construcción de argumentos, la inclusión de todas las mujeres que apoyan el movimiento para que los derechos sean garantizados a plenitud.