“No sufrir acoso y violencia en el trabajo es un derecho”: entrevista con la OIT

Se acaba de radicar en el Congreso un proyecto de ley con el que Colombia quiere ratificar el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la primera norma internacional que reconoce que todas las personas tenemos derecho a no ser violentadas o acosadas en el trabajo. Para entender las implicaciones, conversamos con Ana Virginia Moreira Gomes, directora regional de la OIT para América Latina y el Caribe.

Pilar Cuartas Rodríguez
17 de febrero de 2024 - 01:02 p. m.
Ana Virginia Moreira Gomes, directora regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para América Latina y el Caribe.
Ana Virginia Moreira Gomes, directora regional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para América Latina y el Caribe.
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El Gobierno de Colombia radicó ayer en el Congreso un proyecto de ley que varios sectores del mundo laboral estaban esperando. La iniciativa busca ratificar la primera norma internacional que reconoce el derecho de todas las personas a un mundo laboral sin violencia ni acoso: el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Este hecho supone que el país va a comprometerse de forma más seria a combatir este problema, lo que implicaría a futuro varias transformaciones en las normas actuales, que algunas voces consideran insuficientes.

El Ministerio del Trabajo, las centrales sindicales y la Asociación Nacional de Industriales (Andi) están unidas para apoyar esa ratificación, con la que Colombia se suma a otros 36 Estados en el mundo y a ocho en América Latina. La norma define la violencia y el acoso como “un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.

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Algunas de las novedades del convenio son que reconoce que existen las violencias basadas en el género en el trabajo, que hay grupos mayormente afectados como las mujeres y que la violencia doméstica puede afectarlas a ellas en su actividad laboral, por lo que hay que apoyarlas. Además, cobija a todas las personas trabajadoras sin importar si tienen o no un contrato laboral, incluyendo a quienes, por ejemplo, son acosadas en una entrevista para aspirar a un empleo.

Uno de los sectores más optimistas con esta noticia es el de las trabajadoras domésticas. Claribed Palacios, presidenta de la Unión Afrocolombiana de Trabajadoras del Servicio Doméstico (Utrasd) y de la Intersindical de Trabajo Doméstico, explicó a este diario que este tratado internacional se convertirá en un gran paraguas que protegerá a más personas en Colombia, en especial a las trabajadoras domésticas que sufren violencia y acoso en el trabajo, pero que tienen dificultades para reclamar porque, por ejemplo, muchas veces no tienen contrato laboral o sufren las agresiones en un espacio cerrado, como una casa.

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“La Ley 1010, con la que Colombia reguló hace casi 20 años el acoso laboral, es insuficiente para nosotras. No nos contempla a las trabajadoras domésticas ni tiene enfoque de género. Así que la ratificación de este convenio nos da esperanza, porque va más allá de los escenarios que tradicionalmente se consideran lugares de trabajo”, aseguró Claribed Palacios a este diario.

Para conocer más sobre los alcances y la trascendencia del Convenio 190, El Espectador conversó con Ana Virginia Moreira Gomes, directora regional de la Organización Internacional del Trabajo para América Latina y el Caribe.

En términos prácticos, ¿para qué les servirá a las trabajadoras y los trabajadores que el Congreso ratifique el Convenio 190?

Una de las funciones del convenio es darles nombre a ciertas conductas que no son aceptables y que causan daños y maleficios a las personas trabajadoras. Por mucho tiempo las personas convivían en el mundo del trabajo con lo que les hacía mal, pero no conseguían nombrarlo. Podría ser que en su oficina no les dirigieran la palabra, usaran un nombre irónico para digerirse a ellas o cosas más agresivas, pero a la vez subliminales. Una de las funciones del convenio es darle nombre a eso, que es acoso. El derecho está reconociendo que la violencia también ocurre en el mundo del trabajo. Entonces, el efecto práctico es el reconocimiento del derecho de no sufrir acoso y violencia en el trabajo, y eso es muy importante, porque este tipo de conductas son muy comunes en casi todos los países.

El convenio simboliza un compromiso de los Estados miembros de la OIT, que viene amparado por el tripartismo. Fue aprobado por la Conferencia Internacional del Trabajo, en 2019, que es un espacio tripartito, de los trabajadores, empleadores y gobiernos. Tiene una legitimidad muy grande de ser un compromiso de todos los que forman parte del mundo del trabajo de eliminar el acoso y la violencia. En Colombia, más especialmente, el proceso interno de decisión de la ratificación pasó por el diálogo social, esto es aún más especial y dota a este proceso de más legitimidad.

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Colombia ya tiene regulado el acoso laboral. ¿Qué se podría cambiar o mejorar en nuestra legislación con este tratado? ¿Y qué lo hace tan distinto?

Un aspecto que la ratificación siempre acrecienta en todos los países es que el Estado pasa a la responsabilidad ante la sociedad internacional de cumplir aquel convenio, aquel derecho. En el sistema de la OIT significa participar en los diferentes medios de la OIT, tanto de acompañamiento, cooperación técnica y supervisión. Esto crea para los Estados, trabajadores y empleadores mecanismos de diálogo que son muy importantes para el avance del tema, porque sabemos que es un proceso.

Más allá de esto, el Convenio 190 es muy innovador, puede contribuir al derecho colombiano y trae una definición amplia de violencia y acoso, incluso violencia basada en género, que en muchos países es un elemento nuevo. Además, es un convenio muy inclusivo que no se limita a trabajadores y empleados, sino a todos los tipos de trabajadores, todas las personas que están en el mundo del trabajo. No es relevante qué tipo de contrato tiene o si hay un contrato.

Sobre ese punto que menciona, este tratado cobija a todas las personas trabajadoras sin importar su situación contractual, incluso a personas en busca de empleo o personas en proceso de selección. ¿En qué se traduce esto?

El convenio hace una extensión subjetiva, porque protege a más personas, no solo a las que están trabajando, sino antes, cuando están buscando trabajo, cuando no hay una relación de empleo, pero que participan de alguna forma del mundo de trabajo. Las situaciones de las entrevistas laborales están incluidas en esa definición más amplia, pero también otros tipos de trabajadores que tradicionalmente podrían no estar incluidos en políticas y leyes. En el Convenio 190 están, por ejemplo, los trabajadores de las calles. Hay una definición muy amplia del mundo del trabajo, incluso el espacio público.

Me imagino que los países que ratifiquen este convenio, como Colombia, luego tendrán que empezar a regular esas situaciones que amplía el convenio. ¿Esa es la idea?

Colombia puede dar un ejemplo importante para la región por su proceso de diálogo social que ha basado el proceso de ratificación, porque son los propios actores sociales los que más conocen la realidad del mundo del trabajo colombiano y pueden identificar las situaciones que potencialmente presentan mayor vulnerabilidad para acordar sobre su regulación. Este es el trabajo de la OIT, promover el diálogo social para que se construyan soluciones.

Se asegura que las mujeres jóvenes tienen el doble de probabilidades que los hombres jóvenes de enfrentar violencia y acoso sexuales. ¿Cómo es este panorama que sufren, por ejemplo, las practicantes y aprendices?

Los documentos que soportaron las discusiones para la aprobación del convenio identifican unos grupos más vulnerables, y dentro de estos están las mujeres. Se destacó la violencia basada en genero por cuenta de esa mayor vulnerabilidad. Y esto puede implicar diferentes tipos de violencia y acoso. Hay una necesidad de que los Estados desarrollen políticas específicas que se enfoquen en estos grupos.

Creo que en cuanto más precario es el contrato, más vulnerable es la trabajadora. Eso aumenta la vulnerabilidad. Son situaciones que están vinculadas. Por ejemplo, en las trabajadoras que son más subalternas, más precarias, tercerizadas, se refuerza la vulnerabilidad. A veces la base del acoso y la violencia es la discriminación, y la precariedad laboral puede reforzar la situación de la discriminación.

El tratado asegura que las víctimas deben tener acceso a vías de recurso y reparación, así como a medidas de apoyo. ¿Cuáles medidas de reparación han mostrado buenos resultados en los países de la región?

Hay modelos tradicionales del Estado y el derecho, que son la posibilidad de las trabajadoras de tener acceso a medios de solución de conflictos, tanto cortes y espacios institucionalizados para llevar sus reclamaciones. Pero hay medidas que son más innovadoras. Puedo citar, por ejemplo, una regla de Brasil que no está en una ley laboral, sino en la ley sobre violencia doméstica, que muchas veces es contra mujeres. En esta ley hay una regla que el Convenio 190 también contiene: la posibilidad de que las trabajadoras (digo “las” porque son en su mayoría mujeres, pero también pueden ser trabajadores) víctimas de violencia doméstica tengan la posibilidad de pedir una licencia en el trabajo.

Se empezó la discusión para que sea una licencia paga por la seguridad social y que después el Instituto de Seguridad Social pudiera buscar al agresor. No sabemos si será así o no. De todas formas, es la idea de que la trabajadora no solo se pueda ausentar para lidiar con esa situación en su vida, sino también porque es peligroso para ella continuar yendo al trabajo. Lo que ocurría normalmente era que abandonaba su trabajo, y perdía su trabajo. Su vida se desmoronaba económicamente en términos laborales. Entonces, esta regla es interesante e innovadora, porque une la parte criminal con la laboral para solucionar una situación concreta.

Sobre ese punto que menciona, el convenio reconoce que la violencia doméstica afecta la participación de las mujeres en el campo laboral, su productividad, acceso al empleo y su salud. ¿Qué quiere decir esto? Porque en Colombia se ha discutido alrededor de esto y las ideas de que los empleadores no actúan si el agresor de la trabajadora no es un trabajador de la empresa y si hay un mundo personal o privado distinto al laboral.

El convenio propone una reflexión en una discusión. He citado un ejemplo de una situación que puede ocurrir, y es el problema de las trabajadoras que están buscando salir de la situación de la violencia doméstica y acaban abandonando su trabajo. Estos mundos están juntos. ¿Cómo solucionarlo? Esa la reflexión. Por ser sus normas amplias, el convenio permite que se evolucione en el tiempo y se den nuevos elementos para incluir en la discusión.

Más allá de la violencia doméstica, ¿otras violencias basadas en género podrían ser analizadas desde el convenio? Se lo pregunto porque hace poco hubo un feminicidio en Colombia en un centro comercial, la víctima trabajaba en una pizzería y su expareja llegó hasta su sitio de trabajo y la asesinó. Y se dio una discusión interesante de cómo el sector privado debería involucrarse en la prevención de estas violencias. ¿Podría servir este convenio para dar esa discusión?

Es claro que el tema principal del convenio no es la violencia doméstica, es la violencia en el mundo del trabajo, del que es parte la violencia doméstica. Pero el convenio sí puede contribuir a esta discusión.

Colombia actualmente no cuenta con cifras oficiales sobre violencia y acoso en el trabajo. ¿Este tratado obligaría a tenerlas? ¿Para qué servirían?

Para poder desarrollar políticas y estrategias es esencial conocer la realidad, y la realidad no es lo que creemos, es lo que tenemos con número exactos. Todas las políticas de la OIT están basadas en la evidencia. La recomendación que acompaña el convenio sugiere que los Estados miembros deben organizar números y publicar estadísticas sobre violencia y acoso en el mundo laboral, y que estas puedan diferenciar, por ejemplo, grupos más vulnerables. Que tengamos un cuadro claro del problema. La OIT ofrece una asistencia técnica para el desarrollo de este tipo de actividades, trabajamos con un departamento de estadísticas en Colombia para compartir herramientas que mejoren la calidad y la relevancia de los datos recopilados. Creemos que las encuestas de hogares e individuales pueden ser herramientas muy valiosas para obtener informaciones directas de las víctimas.

Pilar Cuartas Rodríguez

Por Pilar Cuartas Rodríguez

Periodista y abogada. Coordina la primera sección de “género y diversidad” de El Espectador, que produce Las Igualadas y La Disidencia. También ha sido redactora de Investigación. @pilar4aspcuartas@elespectador.com

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