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Este jueves, en el Día Mundial de los Refugiados, concluyó en Bogotá la tercera ronda de diálogos entre países latinoamericanos y la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados (Acnur). Esta reunión se centró en las respuestas de protección ante desplazamientos en contextos de desastres y efectos adversos del cambio climático.
Estas discusiones técnicas continúan el trabajo iniciado en México, en abril, donde se discutió la protección y asistencia de las personas en situación de movilidad humana y apátridas. Posteriormente, en Brasil, en mayo, el foco estuvo en las estrategias integrales para soluciones solidarias. Todo el trabajo se realiza en el marco de la Declaración de Cartagena de 1984, que reforzó la protección a los refugiados establecida en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951.
Desde entonces, cada década se adoptan recomendaciones que mantengan vigente el trabajo bajo la declaración frente a las necesidades de los refugiados. Costa Rica realizó el primer plan de actualización en 1994, México lo hizo en 2004, Brasil en 2014 y la iniciativa 2024-2034 está a cargo de Chile.
“La ayuda humanitaria en la protección a las personas en movilidad humana en los países más afectados es el primer paso. También debemos fortalecer nuestros planes y programas, como posibles países de acogida, y considerar cómo los principales marcos y procesos subregionales que abordan el desplazamiento por desastres pueden articularse con el Plan de Acción de Chile”, afirmó Tomás Pascual, director de la división de DD. HH. del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Como resultado de los dos días de consultas, los más de 20 países reunidos y representantes de diferentes organizaciones hicieron énfasis en que “el desplazamiento de personas en contexto de desastres está entre los mayores desafíos humanitarios y de desarrollo que enfrentan actualmente los Estados y la comunidad internacional. Tales efectos impactan el acceso a las soluciones duraderas para las poblaciones refugiadas, desplazadas y las comunidades altamente vulnerables, limitando las opciones de un retorno seguro y sostenible a sus países o territorios, además de afectar las perspectivas de integración en las comunidades que las acogen”.
De igual forma, resaltaron que son cruciales las acciones de protección y diseño de soluciones implementadas. Los resultados de estas discusiones técnicas serán abordados en el plan que presente Chile en diciembre en Santiago, durante la reunión ministerial de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).
Recomendaciones para la región
En el marco de las conversaciones en Bogotá, un grupo de organizaciones internacionales y nacionales se reunió en un panel sobre los retos para la protección de personas desplazadas por desastres, desde una perspectiva de derechos humanos.
Amnistía Internacional, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), el Centro de Estudio de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia), el Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (Imumi), la Red Jesuita con Migrantes Latinoamérica y el Caribe (RJM-LAC), Resama (Red Sudamericana para las Migraciones Ambientales) y Sin Fronteras IAP fueron los organizadores.
Desde la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Lívia Lemos, representante de la relatoría sobre movilidad humana, señaló el evidente crecimiento de desplazamientos forzados por motivos climáticos y desastres, afectando especialmente a las poblaciones afrodescendientes e indígenas de la región.
Además de la Declaración de Cartagena, existen una serie de medidas en la región, como la Convención Americana de Derechos Humanos, que incluye el derecho de circulación y de residencia de cualquier persona que llegue al territorio de un Estado. La representante de la CIDH destacó que este tipo de normativas también deben aplicarse en situaciones de desplazamiento transfronterizo originado por emergencias climáticas y ambientales.
“Nuestro aporte es que se debe aplicar este principio de no devolución (Artículo 22.8 de la Convención). Hay una obligación de los Estados de no rechazar en fronteras, de no expulsar y no devolver a una persona a un territorio donde su vida y libertad peligren. Esto debe incluir un análisis adecuado en situaciones relacionadas con las emergencias climáticas y ambientales”, señaló Lemos.
Desde el área internacional de Dejusticia en temas de migración, también se suma a lo fundamental del reconocimiento de la movilidad humana relacionada con el clima y desastres en el derecho internacional. “Recomendamos a los Estados que se reconozca qu e el cambio climático y la movilidad humana son fenómenos interconectados que requieren una respuesta regional y global. Debemos articularlos y promover políticas que propicien la protección de las personas”, expuso Lina Arroyave, de Dejusticia.
Durante el panel, la CIDH destacó como buena práctica la adopción por parte de los Estados de mecanismos como visas humanitarias y protección temporal. Permitir la reunificación familiar, a través de procedimientos flexibles y accesibles, debería sumarse, según la CIDH, a esas prácticas de los Estados para este tipo de casos por emergencias climáticas y ambientales. “Más que normas, necesitamos implementación”, es la invitación desde la Comisión.
En el evento también estuvo presente Fernando Baquedano, integrante de la organización Sin Fronteras IAP en México, quien resaltó que se requieren acciones de protección internacional con un enfoque humanitario para atender estos casos, que cada vez son más frecuentes. “Los desastres cada vez son más fuertes y cuando eres una persona desplazada, no tienes alternativa, te toca salir de un día para otro, o el mismo día. Necesitamos una verdadera cooperación solidaria”, comentó.
Otra de las recomendaciones que realizaron los expertos del panel a los Estados de la región, es entender el desplazamiento forzado de forma más amplia. “Uno de los retos es entender que no hay una relación directa y única entre el desplazamiento forzado y la violencia y el conflicto armado. Es un fenómeno multicausal”, resaltó María Lucía Torres, integrante del grupo de investigación en derechos humanos de la Universidad del Rosario.
Al darse esta amplitud de la categoría, se abre la posibilidad de hacer un registro más juicioso sobre la población que ha tenido que desplazarse por causa de los desastres, la degradación ambiental y el cambio climático. Para la investigadora de la Universidad del Rosario, sin estos ajustes conceptuales y cuantitativos, las políticas públicas, planes y programas para atender esta situación no podrán responder de forma satisfactoria.
A la petición de mejorar los registros y contabilidad de los casos se sumó el área internacional de Dejusticia, pues genera una invisibilidad del tema y lleva a que existan soluciones no duraderas. Además, permitiría tomar acciones más claras en aspectos poco discutidos, pero que se están agravando cada vez más, como la inseguridad alimentaria. “La reducción de la disponibilidad de agua potable, zonas agrícolas para cultivar y asegurar la alimentación de las comunidades se está viendo impactada directamente por la crisis climática y por la ausencia de estas políticas”, resaltó Arroyave.
Las organizaciones internacionales y de la sociedad civil invitan a que se asegure una hoja de ruta a 10 años que incorpore una perspectiva interseccional, antirracista y de género para afrontar los retos que genera la movilidad humana por aspectos climáticos. En el marco de la consulta temática del proceso de Cartagena+40, se espera que los Estados de la región asuman compromisos para generar estos cambios, con un enfoque de derechos humanos, y se mantenga un trabajo articulado en la región.
Aportes desde Colombia
A través de la Sentencia T-123 de 2024, la Corte Constitucional reconoció el desplazamiento forzado interno por factores ambientales. La magistrada Natalia Ángel, de la Corte Constitucional y ponente de esta sentencia, expuso durante el panel que desde el fallo buscan ampliar la noción de desplazamiento forzado. “Hay desplazamientos que se originan por causas de evolución lenta, causas climáticas, hechos asociados a la degradación ambiental y al cambio climático. Eso fue lo que nosotros llamamos factores ambientales”, afirmó la magistrada.
Aunque en el país existe la Sentencia T-025 de 2004, que declara una protección especial de los derechos de las víctimas de desplazamiento forzado, solo reconocía las causas asociadas a la violencia y el conflicto armado interno. Esto no permitía que se diera una respuesta adecuada a los casos que se presentaban por factores ambientales y se estaba generando un déficit de protección constitucional.
Los retos como país en esta materia son poder atender a la población desplazada por todas las causas y contar con el apoyo de la sociedad civil “para empujar al Estado para que no llegue tarde”, resaltó la magistrada.
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