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                                                                                                                                  Consejo de Estado revoca medida cautelar sobre desabastecimiento de medicamentos

                                                                                                                                  El Consejo de Estado revocó una medida cautelar impuesta por el Tribunal de Cundinamarca que obligaba al Invima a implementar un plan urgente frente al desabastecimiento de medicamentos. La decisión sostiene que esta medida no estaba relacionada con el objetivo principal de la demanda, que busca regular los precios de medicamentos e insumos, y, por tanto, debía ser anulada.

                                                                                                                                  En su recurso de apelación, el Invima argumentó que sus derechos fueron vulnerados al ser vinculado a la acción judicial en una etapa avanzada del proceso
                                                                                                                                  Foto: Getty Images - Matthew Horwood
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Para entender esto, hay que recordar que el Tribunal de Cundinamarca se pronunció en octubre de 2023 en respuesta a una antigua demanda de la Procuraduría. En esta demanda, se solicitaba que se implementaran medidas para reformular la política de control de precios de medicamentos. Esto incluía la creación de una Mesa de Trabajo con diversos actores del sector farmacéutico, la implementación de un sistema de control de precios para medicamentos esenciales y la auditoría de compras de medicamentos por las EPS. Además, se pedía la devolución de recursos percibidos ilegalmente por sobrecostos y fortalecer el control de precios y sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. En esa primera demanda, se mencionaba solo al Ministerio de Salud, a la Superintendencia de Industria y Comercio, a la Superintendencia Nacional de Salud, y a algunas empresas del sector salud (entre EPS y proveedores de medicamentos).

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

                                                                                                                                  Debido a esa lógica, la Procuraduría le pidió entonces al Tribunal de Cundinamarca ordenar medidas urgentes al Invima. Ese tribunal accedió a esa demanda, ordenando al Invima, entre otras medidas, que priorizara el trámite y resolución de las 27.904 solicitudes de registro de Medicamentos y Alimentos que estaban pendientes. El objetivo, decía entonces el Tribunal de Cundinamarca en su auto, era asegurar la disponibilidad de estos productos en los canales institucionales y comerciales, así como definir estrategias para facilitar el acceso a las materias primas necesarias para la producción de medicamentos. A pesar de que el Invima presentó un plan y ha reportado avances en su implementación, interpuso un recurso de apelación contra esa decisión, que fue recientemente fallado a su favor por el Consejo de Estado.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El Gobierno Nacional, en representación del Ministerio de Salud, también lo hizo. Minsalud señaló, por un lado, que no es la entidad competente para cumplir lo ordenado en la medida cautelar decretada y, por otro lado, ha dado cumplimiento a sus funciones sin vulnerar los derechos colectivos invocados.

                                                                                                                                  En la decisión del Consejo de Estado, la Sala de ese tribunal toma varias decisiones. En primer lugar, considera que los derechos del Invima no fueron vulnerados (como decía esa entidad), por lo que rechaza ese argumento. Después, el Consejo de Estado señala que no “desconoce que las situaciones de desabastecimiento de medicamentos y de desregulación de precios de los mismos, pueden tener incidencia en el elemento de accesibilidad al servicio público de salud por parte de los usuarios, consumidores y demás actores de la cadena de suministro de medicamentos e insumos; sin embargo, se trata de problemáticas diferentes, la primera, ligada a la indisponibilidad de medicamentos y principios activos y, la segunda, referida a la falta de regulación de los precios de medicamentos e insumos en el mercado”.

                                                                                                                                  En términos un poco más sencillos, y según ese alto tribunal, la demanda inicial de la Procuraduría buscaba regular los precios de medicamentos e insumos para garantizar el acceso equitativo, mientras que la medida cautelar de urgencia que decretó el Tribunal de Cundinamarca en octubre de 2023 intentaba resolver el desabastecimiento. La Sala concluye que se trata de dos temas distintos y que la medida cautelar ordenada contra el Invima en octubre de 2023 no contribuye a resolver el problema que plantea la demanda original.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No está claro, entonces, qué va a pasar con el plan que presentó el Invima, cumpliendo la orden del Tribunal de Cundinamarca y que ahora, en estricto sentido, no está obligada a seguir aplicando.

                                                                                                                                  👩‍⚕️📄¿Quieres conocer las últimas noticias sobre salud? Te invitamos a verlas en El Espectador.⚕️🩺

                                                                                                                                  En su recurso de apelación, el Invima argumentó que sus derechos fueron vulnerados al ser vinculado a la acción judicial en una etapa avanzada del proceso
                                                                                                                                  Foto: Getty Images - Matthew Horwood
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Para entender esto, hay que recordar que el Tribunal de Cundinamarca se pronunció en octubre de 2023 en respuesta a una antigua demanda de la Procuraduría. En esta demanda, se solicitaba que se implementaran medidas para reformular la política de control de precios de medicamentos. Esto incluía la creación de una Mesa de Trabajo con diversos actores del sector farmacéutico, la implementación de un sistema de control de precios para medicamentos esenciales y la auditoría de compras de medicamentos por las EPS. Además, se pedía la devolución de recursos percibidos ilegalmente por sobrecostos y fortalecer el control de precios y sanciones por parte de la Superintendencia de Industria y Comercio. En esa primera demanda, se mencionaba solo al Ministerio de Salud, a la Superintendencia de Industria y Comercio, a la Superintendencia Nacional de Salud, y a algunas empresas del sector salud (entre EPS y proveedores de medicamentos).

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  El Gobierno Nacional, en representación del Ministerio de Salud, también lo hizo. Minsalud señaló, por un lado, que no es la entidad competente para cumplir lo ordenado en la medida cautelar decretada y, por otro lado, ha dado cumplimiento a sus funciones sin vulnerar los derechos colectivos invocados.

                                                                                                                                  En la decisión del Consejo de Estado, la Sala de ese tribunal toma varias decisiones. En primer lugar, considera que los derechos del Invima no fueron vulnerados (como decía esa entidad), por lo que rechaza ese argumento. Después, el Consejo de Estado señala que no “desconoce que las situaciones de desabastecimiento de medicamentos y de desregulación de precios de los mismos, pueden tener incidencia en el elemento de accesibilidad al servicio público de salud por parte de los usuarios, consumidores y demás actores de la cadena de suministro de medicamentos e insumos; sin embargo, se trata de problemáticas diferentes, la primera, ligada a la indisponibilidad de medicamentos y principios activos y, la segunda, referida a la falta de regulación de los precios de medicamentos e insumos en el mercado”.

                                                                                                                                  En términos un poco más sencillos, y según ese alto tribunal, la demanda inicial de la Procuraduría buscaba regular los precios de medicamentos e insumos para garantizar el acceso equitativo, mientras que la medida cautelar de urgencia que decretó el Tribunal de Cundinamarca en octubre de 2023 intentaba resolver el desabastecimiento. La Sala concluye que se trata de dos temas distintos y que la medida cautelar ordenada contra el Invima en octubre de 2023 no contribuye a resolver el problema que plantea la demanda original.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No está claro, entonces, qué va a pasar con el plan que presentó el Invima, cumpliendo la orden del Tribunal de Cundinamarca y que ahora, en estricto sentido, no está obligada a seguir aplicando.

                                                                                                                                  👩‍⚕️📄¿Quieres conocer las últimas noticias sobre salud? Te invitamos a verlas en El Espectador.⚕️🩺

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