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                                                                                                                                  El artículo 42 de la reforma a la salud que no le gusta al Gobierno

                                                                                                                                  El ministro del interior, Luis Fernando Velasco, pide una nueva redacción de un artículo que el presidente había pedido mantener tal cual venía en la ponencia de la reforma. Levantan sesión para llegar a ella.

                                                                                                                                  El ministro del Interior, Fernando Velasco, en el debate de la reforma a la salud.
                                                                                                                                  Foto: Mauricio Alvarado
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El artículo 42 es del capítulo II de las Instituciones de Salud del Estado del proyecto de reforma, y detalla cómo se elegirá al director (o directora) de los hospitales públicos. En la ponencia original se estipulaba que esta elección se dará dentro de los tres meses siguientes al inicio del período del respectivo alcalde municipal, distrital o gobernador, para un período de cuatro años. En el texto había una serie de requisitos que tenía que cumplir ese director, por ejemplo, un puntaje mínimo en una prueba que prepararían y llevarían a cabo las Instituciones de Educación Superior y el Departamento Administrativo de la Función Pública.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “¿Cómo es posible que una reforma que se dice que es para atajar la corrupción, esté avalando una proposición que elimina la meritocracia y se presta para la corrupción, la politiquería y el clientelismo?”, se preguntó Catherine Juvinao Clavijo, del partido Verde. El tema escaló a tal punto que el propio presidente Gustavo Petro se refirió a la nueva redacción: “Espero que la Cámara no apruebe esta modificación que le hicieron al artículo 42 de la reforma a la salud que presentamos. Los directores de los centros de salud públicos deben ser nominados por fuertes procesos de selección, tal como propuso el Gobierno”, escribió.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  “El responsable de la salud en un departamento o municipio es el gobernador o alcalde. Es evidente que quien responde políticamente si un servicio fundamental como el de la salud no está funcionando es el gobernador o el alcalde. Alguien con buen juicio diría que la mejor manera de elegir un cargo técnico que tiene responsabilidad política es un concurso. Cuando ustedes hablan de concurso hay sendas sentencias de la Corte Constitucional que apuntan a que concurso no es lo que el gobernador o alcalde quiera, sino lo que diga el concurso. ¿Es eso prudente? ¿Ha funcionado bien?”, se preguntó Velasco en su intervención.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “Eso no ha funcionado bien”, respondió Velasco. “Yo los quiero invitar a que hagan un examen de los cursos vendidos que han existido en este país. Hay universidades muy buenas, pero hay otras que en el marco de esos concursos han hecho desastres. ¿Es bueno ante la opinión que un alcalde o gobernador escoja al que quiera? No creo. Creo que quien esté en la dirección de un hospital nivel cuatro, tres, dos o uno, tenga unos mínimos. Si el Congreso no busca fusionar elementos de meritocracia con la posibilidad constitucional de no quitarle la decisión de gobernadores y alcaldes, este artículo va a terminar enfrentando al Congreso con buena parte de la opinión de este país. Si ustedes llegan a meter la palabra concurso, no hay nada que hacer”.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  “He pedido a nombre del Gobierno que se mantenga un criterio de mérito y que ese criterio no le quite la facultad de gobernadores y alcaldes para poder decidir”, respondió el ministro del Gobierno.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Lo cierto, como explicaba el profesor Giovanni Jiménez, investigador de salud pública de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, en un hilo en X (antes Twitter) de hace unos días, es que detrás de esta discusión está, en realidad, “el manejo del millonario presupuesto y de la burocracia de contratación que tienen los gerentes al tener las ESE autonomía presupuestal y administrativa. Lo que las convierte en un botín deseable”.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  De hecho, la discusión sobre cómo se eligen a estos directivos es vieja: de acuerdo con lo definido en el artículo 192 de la ley 100 de 1993, esta elección era a discreción de alcaldes y gobernadores. “Esto fue modificado por el artículo 28 de la ley 1122 de 2007, en el que se definió el concurso de méritos y la selección del gerente dentro de una terna definida como resultado de este proceso”, dice Jiménez, pero este cambio fue eliminado posteriormente por el artículo 20 de la ley 1797 de 2016, el cual volvió a dejar la designación a criterio de selección de los políticos de turno.

                                                                                                                                  El ministro del Interior, Fernando Velasco, en el debate de la reforma a la salud.
                                                                                                                                  Foto: Mauricio Alvarado
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  El artículo 42 es del capítulo II de las Instituciones de Salud del Estado del proyecto de reforma, y detalla cómo se elegirá al director (o directora) de los hospitales públicos. En la ponencia original se estipulaba que esta elección se dará dentro de los tres meses siguientes al inicio del período del respectivo alcalde municipal, distrital o gobernador, para un período de cuatro años. En el texto había una serie de requisitos que tenía que cumplir ese director, por ejemplo, un puntaje mínimo en una prueba que prepararían y llevarían a cabo las Instituciones de Educación Superior y el Departamento Administrativo de la Función Pública.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “¿Cómo es posible que una reforma que se dice que es para atajar la corrupción, esté avalando una proposición que elimina la meritocracia y se presta para la corrupción, la politiquería y el clientelismo?”, se preguntó Catherine Juvinao Clavijo, del partido Verde. El tema escaló a tal punto que el propio presidente Gustavo Petro se refirió a la nueva redacción: “Espero que la Cámara no apruebe esta modificación que le hicieron al artículo 42 de la reforma a la salud que presentamos. Los directores de los centros de salud públicos deben ser nominados por fuertes procesos de selección, tal como propuso el Gobierno”, escribió.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  “El responsable de la salud en un departamento o municipio es el gobernador o alcalde. Es evidente que quien responde políticamente si un servicio fundamental como el de la salud no está funcionando es el gobernador o el alcalde. Alguien con buen juicio diría que la mejor manera de elegir un cargo técnico que tiene responsabilidad política es un concurso. Cuando ustedes hablan de concurso hay sendas sentencias de la Corte Constitucional que apuntan a que concurso no es lo que el gobernador o alcalde quiera, sino lo que diga el concurso. ¿Es eso prudente? ¿Ha funcionado bien?”, se preguntó Velasco en su intervención.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  “Eso no ha funcionado bien”, respondió Velasco. “Yo los quiero invitar a que hagan un examen de los cursos vendidos que han existido en este país. Hay universidades muy buenas, pero hay otras que en el marco de esos concursos han hecho desastres. ¿Es bueno ante la opinión que un alcalde o gobernador escoja al que quiera? No creo. Creo que quien esté en la dirección de un hospital nivel cuatro, tres, dos o uno, tenga unos mínimos. Si el Congreso no busca fusionar elementos de meritocracia con la posibilidad constitucional de no quitarle la decisión de gobernadores y alcaldes, este artículo va a terminar enfrentando al Congreso con buena parte de la opinión de este país. Si ustedes llegan a meter la palabra concurso, no hay nada que hacer”.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  “He pedido a nombre del Gobierno que se mantenga un criterio de mérito y que ese criterio no le quite la facultad de gobernadores y alcaldes para poder decidir”, respondió el ministro del Gobierno.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Al final, y consultado por medios, el ministro de salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, defendió la redacción del artículo original, aunque aceptó que se discutirá una nueva versión. “Lo que estábamos proponiendo no es un concurso, sino unos exámenes. Que las personas que pudieran pasar esos exámenes pudieran ser elegibles por los gobernadores y alcaldes. Hablábamos incluso de un examen nacional y de ahí de un banco de personas que cumplen los requisitos mínimos. A mí personalmente me gustan los concursos de méritos, pero no es lo que yo quiera, es lo que decida el Congreso. Seguramente habrá un punto medio”, dijo.

                                                                                                                                  Lo cierto, como explicaba el profesor Giovanni Jiménez, investigador de salud pública de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, en un hilo en X (antes Twitter) de hace unos días, es que detrás de esta discusión está, en realidad, “el manejo del millonario presupuesto y de la burocracia de contratación que tienen los gerentes al tener las ESE autonomía presupuestal y administrativa. Lo que las convierte en un botín deseable”.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Puede ver: Corte llamó la atención de las EPS y el Gobierno por su manejo de la obesidad

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  De hecho, la discusión sobre cómo se eligen a estos directivos es vieja: de acuerdo con lo definido en el artículo 192 de la ley 100 de 1993, esta elección era a discreción de alcaldes y gobernadores. “Esto fue modificado por el artículo 28 de la ley 1122 de 2007, en el que se definió el concurso de méritos y la selección del gerente dentro de una terna definida como resultado de este proceso”, dice Jiménez, pero este cambio fue eliminado posteriormente por el artículo 20 de la ley 1797 de 2016, el cual volvió a dejar la designación a criterio de selección de los políticos de turno.

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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