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                                                                                                                                  El artículo 42 (y su modificación) que Petro pidió no aprobar. ¿Cuál es el problema?

                                                                                                                                  La reforma al sistema de salud generó una nueva controversia, particularmente en torno al método de elección de directores de instituciones de salud pública. Recientes propuestas han desencadenado debates sobre la eliminación de criterios de mérito en la selección de estos cargos, suscitando preocupaciones sobre posibles riesgos de corrupción y politización en el proceso.

                                                                                                                                  reforma a la salud
                                                                                                                                  Foto: El Espectador - Óscar Pérez

                                                                                                                                  El debate a la reforma a la salud sigue generando discusiones en las que incluso el presidente Gustavo Petro ha tenido que intervenir para pedir cambios en el articulado. La última discusión giró en torno al artículo 42 del capítulo II que reglamenta la existencia y operación de las Instituciones de Salud del Estado. El artículo es clave, pues señala cómo elegirán los alcaldes y gobernadores a los directores de esas instituciones.

                                                                                                                                  Tal como estaba propuesto en la ponencia, se señalaba que dichos cargos tendrían que ser elegidos para un período de cuatro años por el alcalde o el gobernador respectivo, después de asumir. El Ministerio de Salud tendría la responsabilidad de consolidar una lista de aspirantes de acuerdo, y esto es muy importante, con un reporte de las Instituciones de Educación Superior y del Departamento Administrativo de la Función Pública, en donde estas entidades tendrían que acreditar una serie de competencias de los aspirantes.

                                                                                                                                  El artículo ordenaba determinar un nivel o un puntaje mínimo para dirigir instituciones de baja, mediana y alta complejidad. “Las entidades territoriales no podrán nombrar directores que no certifiquen haber obtenido en los últimos cinco años el nivel mínimo requerido para la institución respectiva, según su complejidad”, señalaba en su redacción original.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Sin embargo, en el debate de este 14 de noviembre un grupo de congresistas, entre los que se encontraba Alfredo Mondragón, ponente del proyecto de reforma a la salud, firmaron una proposición que cambiaba radicalmente ese artículo. Básicamente, los congresistas pedían eliminar todo el apartado de los puntajes mínimos para dirigir una institución de salud pública, y no se mencionaba en ningún lado a las universidades o al Departamento Administrativo de la Función Pública. Solo, y hacia al final, se decía que “para la posesión del cargo, el director nombrado deberá realizar previamente un proceso de inducción, el cual será reglamentado por el Ministerio de Salud y Protección social”.

                                                                                                                                  Este cambio despertó el rechazo y la alarma de congresistas como Catherine Juvinao Clavijo, quien denunció esta modificación. “¿Cómo es posible que una reforma que se dice que es para atajar la corrupción, este avalando una proposición que elimina la meritocracia y se presta para la corrupción, la politiquería y el clientelismo?”, se preguntó Juvinao.

                                                                                                                                  Su crítica se refiere especialmente a que, sin puntajes mínimos y sin una revisión de universidades y entidades de control, no habría un criterio objetivo para determinar la suficiencia en la capacidad de quienes aspiren a llegar a la dirección de un hospital público, que maneja millones de recursos en municipios y departamentos. Esto dejaría solo a merced del criterio de gobernadores y alcaldes la elección de esos dirigentes.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Poco a poco, y después de que la congresista hiciera pública la proposición, otros partidos (como el Liberal) se apartaron de la propuesta e incluso el presidente Gustavo Petro intervino para rechazar el cambio. “Espero que la Cámara no apruebe esta modificación que le hicieron al artículo 42 de la reforma a la salud que presentamos. Los directores de los centros de salud públicos deben ser nominados por fuertes procesos de selección tal como propuso el Gobierno”, escribió el presidente en un tuit en X (antes Twitter).

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  También la exministra de salud, Carolina Corcho, autora principal de la reforma, se pronunció. “Como ciudadana, solicito a la coalición congresional de gobierno recuperar la redacción inicial presentada por el gobierno nacional en la reforma a la salud, respecto al proceso de elección meritocrático de directores de hospitales con listado de elegibles, como unos de los diversos instrumentos anticorrupcion, en cuya redacción no se menoscaba el principio de descentralización de los entes territoriales”, escribió Corcho.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  Lo cierto, como explica Giovanni Jiménez, investigador de salud pública de la U. Jorge Tadeo Lozano en un hilo en X, es que detrás de esta discusión está “el manejo del millonario presupuesto y de la burocracia de contratación que tienen los gerentes al tener las ESE autonomía presupuestal y administrativa. Lo que las convierte en un botín deseable”. De hecho, la discusión sobre cómo se eligen a sus directores es vieja: de acuerdo a lo definido en el artículo 192 de la ley 100 de 1993, esta elección era a discreción de alcaldes y gobernadores. “Esto fue modificado por el artículo 28 de la ley 1122 de 2007, en el que se definió el concurso de méritos y la selección del gerente dentro de una terna definida como resultado de este proceso”, dice Jiménez, pero este cambio fue eliminado posteriormente por el artículo 20 de la ley 1797 de 2016, el cual volvió a dejar la designación a criterio de selección de presidente, alcaldes o gobernadores según sea el caso.

                                                                                                                                  Es decir que lo que hoy sucede es que los alcaldes y gobernadores ya eligen a los directores de las instituciones de salud pública de sus jurisdicciones sin ningún concurso de mérito. El artículo 42 (y su proposición) están pendientes todavía de discusión en la Cámara de Representantes.

                                                                                                                                  reforma a la salud
                                                                                                                                  Foto: El Espectador - Óscar Pérez

                                                                                                                                  El debate a la reforma a la salud sigue generando discusiones en las que incluso el presidente Gustavo Petro ha tenido que intervenir para pedir cambios en el articulado. La última discusión giró en torno al artículo 42 del capítulo II que reglamenta la existencia y operación de las Instituciones de Salud del Estado. El artículo es clave, pues señala cómo elegirán los alcaldes y gobernadores a los directores de esas instituciones.

                                                                                                                                  Tal como estaba propuesto en la ponencia, se señalaba que dichos cargos tendrían que ser elegidos para un período de cuatro años por el alcalde o el gobernador respectivo, después de asumir. El Ministerio de Salud tendría la responsabilidad de consolidar una lista de aspirantes de acuerdo, y esto es muy importante, con un reporte de las Instituciones de Educación Superior y del Departamento Administrativo de la Función Pública, en donde estas entidades tendrían que acreditar una serie de competencias de los aspirantes.

                                                                                                                                  El artículo ordenaba determinar un nivel o un puntaje mínimo para dirigir instituciones de baja, mediana y alta complejidad. “Las entidades territoriales no podrán nombrar directores que no certifiquen haber obtenido en los últimos cinco años el nivel mínimo requerido para la institución respectiva, según su complejidad”, señalaba en su redacción original.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Sin embargo, en el debate de este 14 de noviembre un grupo de congresistas, entre los que se encontraba Alfredo Mondragón, ponente del proyecto de reforma a la salud, firmaron una proposición que cambiaba radicalmente ese artículo. Básicamente, los congresistas pedían eliminar todo el apartado de los puntajes mínimos para dirigir una institución de salud pública, y no se mencionaba en ningún lado a las universidades o al Departamento Administrativo de la Función Pública. Solo, y hacia al final, se decía que “para la posesión del cargo, el director nombrado deberá realizar previamente un proceso de inducción, el cual será reglamentado por el Ministerio de Salud y Protección social”.

                                                                                                                                  Este cambio despertó el rechazo y la alarma de congresistas como Catherine Juvinao Clavijo, quien denunció esta modificación. “¿Cómo es posible que una reforma que se dice que es para atajar la corrupción, este avalando una proposición que elimina la meritocracia y se presta para la corrupción, la politiquería y el clientelismo?”, se preguntó Juvinao.

                                                                                                                                  Su crítica se refiere especialmente a que, sin puntajes mínimos y sin una revisión de universidades y entidades de control, no habría un criterio objetivo para determinar la suficiencia en la capacidad de quienes aspiren a llegar a la dirección de un hospital público, que maneja millones de recursos en municipios y departamentos. Esto dejaría solo a merced del criterio de gobernadores y alcaldes la elección de esos dirigentes.

                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Poco a poco, y después de que la congresista hiciera pública la proposición, otros partidos (como el Liberal) se apartaron de la propuesta e incluso el presidente Gustavo Petro intervino para rechazar el cambio. “Espero que la Cámara no apruebe esta modificación que le hicieron al artículo 42 de la reforma a la salud que presentamos. Los directores de los centros de salud públicos deben ser nominados por fuertes procesos de selección tal como propuso el Gobierno”, escribió el presidente en un tuit en X (antes Twitter).

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Es decir que lo que hoy sucede es que los alcaldes y gobernadores ya eligen a los directores de las instituciones de salud pública de sus jurisdicciones sin ningún concurso de mérito. El artículo 42 (y su proposición) están pendientes todavía de discusión en la Cámara de Representantes.

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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