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Esta es la nueva clasificación del triage en el servicio de urgencias

En la Ley Estatutaria de Salud, el Gobierno estipuló cinco categorías con tiempos estimados de atención a los pacientes en las instituciones prestadoras de salud que cuentan con este servicio.

Redacción Salud
28 de enero de 2016 - 04:46 p. m.
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En el marco de la Ley Estatutaria de Salud que el presidente Juan Manuel Santos firmó hace casi un año y con la que pretende mejore el acceso a los servicios de salud de los colombianos, el Gobierno modificó los criterios para la clasificación de los pacientes en el servicio de urgencias.

Con la Resolución 5596 del 24 de diciembre de 2015, el Ministerio de Salud dispuso de cambios en el conocido “Triage” para garantizar una valoración rápida de todos los pacientes que llegan a urgencias, dando prioridad a aquellos que requieren de una atención inmediata.

Entre los objetivos del triage está asegurar una valoración rápida de todos los pacientes que llegan a los servicios de urgencias, identificando a aquellos que requieren de una atención inmediata para disminuir el riesgo de muerte, complicaciones o discapacidad.

Esta es la nueva clasificación con los tiempos de atención que se deberán cumplir en las IPS:

Triage I: Es clasificada una persona que tienen en riesgo su vida, o pérdida de miembro u órgano, y/o que necesita maniobras de reanimación por problemas respiratorios, hemodinámicos o neurológicos. (Requiere atención inmediata)

Triage II: Es clasificado el paciente que puede presentar un rápido deterioro, la muerte, o incrementar el riesgo para la pérdida de un miembro u órgano. (Requiere una atención en máximo 30 minutos).

La presencia de un dolor extremo también es considerada como un criterio dentro de esta categoría.

Triage III: Es clasificada la persona que requiere de medidas diagnósticas y terapéuticas en urgencias, es decir, que aunque están estables necesitan un examen complementario o un tratamiento rápido y su situación puede empeorar si no se actúa. (Requiere atención en 30 minutos)

Triage IV: Es clasificado el paciente que presenta condiciones médicas que no comprometen su estado general, ni representan un riesgo evidente para la vida o pérdida de miembro u órgano. No obstante, existen riesgos de complicación o secuelas de la enfermedad o lesión si no recibe la atención correspondiente. (Requiere atención menor de 1 hora)

Triage V: Cuando el paciente presenta problemas agudos o crónicos sin evidencia de deterioro que comprometa la vida o la funcionalidad de miembro u órgano. (Requiere una atención de un tiempo estimado de dos horas)

Los prestadores de servicios de salud, que tengan habilitado este servicio, están obligados a cumplir esta nueva clasificación y a brindar información completa al paciente y su familia sobre el triage y los tiempos que tardará su atención.

Es importante que los colombianos tengan presente que los tiempos establecidos de atención, estipulados en el triage, no aplicarán en situaciones de emergencia o desastre con múltiples víctimas.

Por Redacción Salud

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