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La pandemia del COVID-19 desnudó las fallas que hay en la seguridad del personal de la salud, que son la primera línea de defensa ante el contagio, pero paradójicamente no cuentan con los implementos básicos para hacer su trabajo. Y para cuidarse. “La pregunta es por qué la prestación de servicios de salud en Colombia no es una cuestión de seguridad e interés nacional, así como lo es la guerra contra los grupos insurgentes o el narcotráfico. Lo preocupante es que no cuentan con las ‘armas’ básicas como mascarillas, guantes, tapabocas y un traje especial. En muchos casos ni siquiera se tiene un ingreso salarial decente o un contrato laboral formal”, son las palabras de Roberto Baquero, presidente del Colegio Médico Colombiano. (Vea aquí toda la información sobre coronavirus)
Un panorama de desconcierto que añadió otro mal sabor en el ambiente luego de que el pasado 12 de marzo el Gobierno expidiera el Decreto 538 de 2020, en el que hizo un llamado a todo el personal de la salud que debe enfrentar el nuevo coronavirus, que hasta la fecha ha dejado 112 víctimas mortales en el país, dos de ellas médicos.
“Todo el talento humano de la salud en ejercicio o formación estará preparado y disponible a ser llamado a prestar sus servicios para reforzar y apoyar a los prestadores de servicio de salud del país. El acatamiento a este llamado será obligatorio”, así lo indicó el artículo 9 de ese decreto, que causó una indignación colectiva en los gremios de la salud. Obligados a cuidar a los colombianos, pero sin las herramientas de bioseguridad para cuidarse.
En el decreto, el Ministerio de Trabajo les ordenó a las aseguradoras de riesgos laborales (ARL) comenzar a entregarles a los trabajadores con exposición directa al COVID-19 todos los elementos de protección personal que necesiten en las próximas 72 horas. Para este trámite, los empleadores deben coordinar la entrega de la dotación con su respectiva ARL, esto incluye a los trabajadores independientes o contratistas del área de la salud que cuentan con afiliación al Sistema de Riesgos Laborales y tienen exposición directa al virus, por ejemplo, personal administrativo y operativo de aseo y vigilancia. (Lea: ARL tienen 72 horas para comenzar a entregar elementos de protección a trabajadores de la salud)
Ángel Custodio Cabrera, jefe de esta cartera, fue enfático en que las normas establecidas por la nueva reglamentación son de aplicación inmediata, teniendo en cuenta la presente emergencia que vive el país. “Hemos decidido que el próximo miércoles debe quedar establecido el número de trabajadores expuestos y la respectiva entrega de la dotación de protección personal para los trabajadores por parte de las ARL públicas y privadas, conjuntamente con el empleador”, explicó.
Desde que se emitió la normativa, las ARL han destinado $41.532 millones para la adquisición de 30 millones de elementos de protección personal para los trabajadores de la salud, entre los que se encuentran mascarillas, caretas de protección, respiradores N95, guantes (estériles y no estériles) y batas antifluido, de acuerdo con cifras de la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda).
Por su parte, el ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, reiteró la responsabilidad de los empleadores, “quedó claro que el primer responsable para entregarlos son los empleadores, contarán con el apoyo de las administradoras de riesgos laborales. Tuvimos conocimiento de que la Presidencia de la República hará una compra de insumos a gran escala, que serán utilizados a modo de reserva cuando lleguemos al pico de la epidemia”, señaló el pasado 13 de marzo.
"Tal vez algunos elementos de la redacción de los artículos no fueron los más afortunados. Esta es la fase crítica que esperamos que no haya que llegar a ella. Pero tenemos que estar preparados a esa eventualidad. Toca estar preparados para el peor escenario de la epidemia. Esperamos darle una seguridad a los ciudadanos y que el personal de la salud quede tranquilo", añadió Ruiz.
En respuesta a la incertidumbre, diferentes gremios de talento humano en salud manifestaron su descontento ante la falta de abastecimiento de elementos de bioseguridad en el cumplimiento de su labor. “En ningún momento hemos querido evadir nuestra responsabilidad de atender la gente, lo que buscamos es que se nos den los insumos de protección, se nos pague y se nos proteja laboralmente”, señaló Mauricio Vasco, presidente de la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación (Scare). (Podría leer: Bebé de un mes, paciente más joven con coronavirus en Colombia)
El reclutamiento obligatorio al personal de salud
El artículo 9 del Decreto 538 de 2020 incluyó tanto a los profesionales de la salud como a los estudiantes de diferentes áreas de sanidad que se encuentren cursando el último año de pregrado o especialización. Para ello, facultó a las universidades a “graduar anticipadamente a estudiantes de pregrado y posgrado que estén cursando en último semestre de sus respectivos programas académicos”.“El problema no es asumir la responsabilidad de enfrentarse a los servicios, porque los estudiantes de internado ya están en la capacidad de hacerlo, lo que nos preocupa es en qué condiciones llegan, cómo será el contrato laboral, los salarios y, lo más importante, los elementos de bioseguridad que a la fecha están siendo insuficientes. No nos llamen héroes, porque no lo somos. No queremos aplausos tampoco, lo hacemos porque es nuestra vocación. Solo pedimos que nos den las herramientas para trabajar”, agregó Daniel Barreto, médico cirujano de la Pontificia Universidad Javeriana.
Un día después de haberse expedido el decreto, el Ministerio de Salud recalcó que el llamamiento obligatorio, como se referencia en el artículo, será efectivo en el momento en el que el sistema de salud colapse. “Esto se hará solo en caso de que la crisis lleve a la falta de personal de salud y que se hará de manera escalonada de acuerdo con la evolución de la epidemia. Acordamos que el personal que sea llamado será previamente entrenado y contará con la dotación de bioseguridad que sea necesaria”. (Lea también: OMS advierte que el COVID-19 es 10 veces más mortífero que la gripe A (H1N1))
Sin embargo, para Olga Cubides, subdirectora jurídica de Scare, en este llamado hay rayas que no se pueden cruzar. “La regulación en los Estados de excepción tiene unos límites, que son los derechos a la vida y a la integridad personal, en este caso, del talento humano de la salud, que es al que están llamando a que acate de manera obligatoria desconociendo sus derechos fundamentales. El decreto les establece el deber, pero no les dicta las garantías que van a tener. Eso en realidad es lo que ha causado preocupación y por lo tanto pueden ejercer sus derechos a través de diferentes mecanismos como la objeción de conciencia con los requisitos que esta impone. Es una norma sobre la cual la Corte Constitcional de manera obligatoria se debe presentar y desde S.C.A.R.E. FEPASDE presentaremos posición a través de intervención ciudadana.”.
* Estamos cubriendo de manera responsable esta pandemia, parte de eso es dejar sin restricción todos los contenidos sobre el tema que puedes consultar en el especial sobre Coronavirus.