La pandemia aumentó las dificultades para acceder al aborto
Un informe de la mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres muestra que, en la pandemia, los servicios de aborto se convirtieron en secundarios o “de lujo”, sin atención prioritaria. Según las autoras, va en detrimento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que viven en Colombia, especialmente de las más pobres y jóvenes.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó el 11 de marzo de 2020 al Covid-19 como una pandemia mundial. A partir de ese momento, los Estados han adoptado diversas medidas para enfrentar y mitigar sus efectos. El secretario general de las Naciones Unidas anticipó que por cada 3 meses de encierro 13 millones de mujeres a nivel mundial sufrirán violencia doméstica y 7 millones tendrán embarazos no deseados. Asimismo, UNICEF indicó que durante la pandemia las mujeres tienen mayor riesgo de sufrir violencia de género y, por ende, se duplican las probabilidades de sufrir un aborto involuntario y depresión.
“Los servicios de salud sexual y reproductiva deberían considerarse una prioridad que salva vidas y que forma parte integral de la respuesta a la pandemia; esos servicios abarcan el acceso a los anticonceptivos, la atención a las madres y los recién nacidos, el tratamiento de las enfermedades de transmisión sexual, la posibilidad de obtener un aborto seguro y la orientación eficaz de las usuarias. Deben realizarse los esfuerzos necesarios para no sustraer recursos de los servicios esenciales de salud sexual y reproductiva, ya que eso repercutiría especialmente en los derechos y las vidas de las niñas y las mujeres”, dijo la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
El derecho al acceso al aborto –o Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)– hace parte de los derechos a los que las mujeres están tituladas, y que los sistemas de salud del mundo deberían garantizar. Sin embargo, en Colombia, cuando menos, estas recomendaciones internacionales para cuidar la salud de las mujeres en pandemia, no se han cumplido.
De acuerdo a una investigación publicada por la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Womens Link WorldWide y otras organizaciones de mujeres y feministas, se acompañaron 111 casos de mujeres a quienes las condiciones para acceder al IVE se les agravaron “considerablemente impactando de manera desproporcionada a mujeres, adolescentes y niñas en situación de mayor vulnerabilidad, es decir, a aquellas que habitan en zonas rurales con presencia de actores armados; están en una situación migratoria irregular; no cuentan con redes de apoyo ni recursos económicos; son jefas de hogar; y/o son víctimas de violencia basada en género” señaló María Isabel Niño, asesora jurídica y de incidencia de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, organización que acompañó 111 casos en el periodo analizado.
Dentro de los hallazgos del informe cabe resaltar que el 79% de los casos de mujeres que tienen dificultades para el acceso a la IVE se encuentran en los departamentos del Atlántico, Cundinamarca, Norte de Santander, Cauca y Valle del Cauca. Asimismo, el mayor porcentaje (41.4%) de mujeres que enfrentaron obstáculos durante el 2020 se encuentran entre los 19 y 25 años.
Las recomendaciones, sin embargo, estaban dadas. El 30 de marzo, el Ministerio expidió la Resolución 536 de 2020, por la cual “se dicta el Plan de acción para la prestación de servicios de salud durante las etapas de contención y mitigación de la pandemia por SARSCoV-2, que tiene como finalidad reorganizar los servicios de salud hospitalarios y de urgencia estableciendo fases de acciones para responder a la pandemia generada por el covid-19”. Esta resolución restringió la prestación de algunos de los procedimientos contemplados en la Ruta de Atención en Salud Materno Perinatal, con excepción del suministro de métodos anticonceptivos y la atención de la IVE en los términos establecidos en la Sentencia C-355 de 2006, que se deben seguir garantizando durante la emergencia sanitaria.
En igual sentido, en el mes de abril, el Ministerio expidió un lineamiento para orientar el servicio de salud de mujeres gestantes, recién nacidos y mujeres en periodo de lactancia, con el fin de evitar complicaciones como las muertes en las gestantes y los recién nacidos durante la pandemia. En este documento se brindan las consideraciones generales para la atención en salud de las gestantes, según las cuales la atención para la IVE no puede ser interrumpida y las EPS e IPS deben hacer las adecuaciones necesarias a sus modelos de atención y prestación de este procedimiento para evitar contagios.
El informe menciona que el gobierno no adoptó medidas específicas para el acceso a este servicio de salud, y que no impulsó el aborto autogestionado (a pesar de que la OMS lo reconoce como una manera segura de abortar)
Se destaca también el hecho de que durante la pandemia surgieron nuevas barreras para acceder a la IVE asociadas con:
-Falta de información sobre las rutas y canales de atención para el acceso a la IVE En una época de sobreinformación: “resulta paradójica su ausencia respecto a las rutas y canales de atención destinados por las EPS para atender a las mujeres que buscan acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva en el contexto de la emergencia sanitaria, en particular los relacionados con la IVE. Estas rutas y canales de atención han sido modificadas con las medidas de prevención y contención de la pandemia, y las mujeres las desconocen, pues no saben si pueden dirigirse directamente a las sedes de sus EPS para solicitar las citas médicas que garanticen un diagnóstico integral y oportuno o si deben hacerlo a través de las IPS”.
-Dificultades para obtener información y acceder al servicio debido a la falta de intimidad dentro del hogar. La IVE es un derecho reproductivo que corresponde a la esfera privada e íntima de las mujeres. Siendo así, este derecho se ve limitado por la imposibilidad de las mujeres de resguardar dicha información sin que las personas con las que habitan se enteren (parejas, hijos/as, familia, etc.); situación que les impone una barrera adicional para la solicitud de información y acceso al procedimiento.
-La virtualidad de los trámites implica restricciones para solicitar el servicio de IVE: Esta barrera está relacionada con el hecho de que los trámites administrativos para la atención en salud, por ser en su mayoría virtuales, dificultan y limitan el acceso a las mujeres que no cuentan con herramientas tecnológicas para enviar correos electrónicos y/o hacer llamadas; en especial, a aquellas que habitan en contextos rurales y se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
-Barreras culturales: la carga del cuidado como barrera para acceder a los servicios de salud Se refiere a la imposibilidad de algunas mujeres (en especial madres cabeza de familia y/o mujeres cuidadoras) de acudir a los servicios de salud por estar a cargo del cuidado de sus hijos e hijas menores, adultos/ as mayores o personas en situación de discapacidad; a esto se suma que, con las medidas implementadas para contener el covid-19, los servicios de cuidado que prestan instituciones públicas y privadas fueron suspendidos. Esto es especialmente crítico para las mujeres migrantes, quienes no tienen redes de apoyo en Colombia que les permitan delegar estas labores de cuidado
“Por lo que hemos visto en nuestra experiencia, las situaciones de crisis, como la actual pandemia, convierten los servicios de aborto en servicios secundarios o de “lujo”, que no se atienden, prioritariamente, y llevan al incremento en el uso de los servicios privados. Este documento busca generar recomendaciones para los y las profesionales de la salud, que les permita incidir a diferentes niveles y, con ello, lograr una disminución en las barreras de acceso a los derechos sexuales y reproductivos” señala Salomé Valencia, médica e integrante del Grupo Médico por el Derecho a Decidir.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó el 11 de marzo de 2020 al Covid-19 como una pandemia mundial. A partir de ese momento, los Estados han adoptado diversas medidas para enfrentar y mitigar sus efectos. El secretario general de las Naciones Unidas anticipó que por cada 3 meses de encierro 13 millones de mujeres a nivel mundial sufrirán violencia doméstica y 7 millones tendrán embarazos no deseados. Asimismo, UNICEF indicó que durante la pandemia las mujeres tienen mayor riesgo de sufrir violencia de género y, por ende, se duplican las probabilidades de sufrir un aborto involuntario y depresión.
“Los servicios de salud sexual y reproductiva deberían considerarse una prioridad que salva vidas y que forma parte integral de la respuesta a la pandemia; esos servicios abarcan el acceso a los anticonceptivos, la atención a las madres y los recién nacidos, el tratamiento de las enfermedades de transmisión sexual, la posibilidad de obtener un aborto seguro y la orientación eficaz de las usuarias. Deben realizarse los esfuerzos necesarios para no sustraer recursos de los servicios esenciales de salud sexual y reproductiva, ya que eso repercutiría especialmente en los derechos y las vidas de las niñas y las mujeres”, dijo la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
El derecho al acceso al aborto –o Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)– hace parte de los derechos a los que las mujeres están tituladas, y que los sistemas de salud del mundo deberían garantizar. Sin embargo, en Colombia, cuando menos, estas recomendaciones internacionales para cuidar la salud de las mujeres en pandemia, no se han cumplido.
De acuerdo a una investigación publicada por la Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, Womens Link WorldWide y otras organizaciones de mujeres y feministas, se acompañaron 111 casos de mujeres a quienes las condiciones para acceder al IVE se les agravaron “considerablemente impactando de manera desproporcionada a mujeres, adolescentes y niñas en situación de mayor vulnerabilidad, es decir, a aquellas que habitan en zonas rurales con presencia de actores armados; están en una situación migratoria irregular; no cuentan con redes de apoyo ni recursos económicos; son jefas de hogar; y/o son víctimas de violencia basada en género” señaló María Isabel Niño, asesora jurídica y de incidencia de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, organización que acompañó 111 casos en el periodo analizado.
Dentro de los hallazgos del informe cabe resaltar que el 79% de los casos de mujeres que tienen dificultades para el acceso a la IVE se encuentran en los departamentos del Atlántico, Cundinamarca, Norte de Santander, Cauca y Valle del Cauca. Asimismo, el mayor porcentaje (41.4%) de mujeres que enfrentaron obstáculos durante el 2020 se encuentran entre los 19 y 25 años.
Las recomendaciones, sin embargo, estaban dadas. El 30 de marzo, el Ministerio expidió la Resolución 536 de 2020, por la cual “se dicta el Plan de acción para la prestación de servicios de salud durante las etapas de contención y mitigación de la pandemia por SARSCoV-2, que tiene como finalidad reorganizar los servicios de salud hospitalarios y de urgencia estableciendo fases de acciones para responder a la pandemia generada por el covid-19”. Esta resolución restringió la prestación de algunos de los procedimientos contemplados en la Ruta de Atención en Salud Materno Perinatal, con excepción del suministro de métodos anticonceptivos y la atención de la IVE en los términos establecidos en la Sentencia C-355 de 2006, que se deben seguir garantizando durante la emergencia sanitaria.
En igual sentido, en el mes de abril, el Ministerio expidió un lineamiento para orientar el servicio de salud de mujeres gestantes, recién nacidos y mujeres en periodo de lactancia, con el fin de evitar complicaciones como las muertes en las gestantes y los recién nacidos durante la pandemia. En este documento se brindan las consideraciones generales para la atención en salud de las gestantes, según las cuales la atención para la IVE no puede ser interrumpida y las EPS e IPS deben hacer las adecuaciones necesarias a sus modelos de atención y prestación de este procedimiento para evitar contagios.
El informe menciona que el gobierno no adoptó medidas específicas para el acceso a este servicio de salud, y que no impulsó el aborto autogestionado (a pesar de que la OMS lo reconoce como una manera segura de abortar)
Se destaca también el hecho de que durante la pandemia surgieron nuevas barreras para acceder a la IVE asociadas con:
-Falta de información sobre las rutas y canales de atención para el acceso a la IVE En una época de sobreinformación: “resulta paradójica su ausencia respecto a las rutas y canales de atención destinados por las EPS para atender a las mujeres que buscan acceder a los servicios de salud sexual y reproductiva en el contexto de la emergencia sanitaria, en particular los relacionados con la IVE. Estas rutas y canales de atención han sido modificadas con las medidas de prevención y contención de la pandemia, y las mujeres las desconocen, pues no saben si pueden dirigirse directamente a las sedes de sus EPS para solicitar las citas médicas que garanticen un diagnóstico integral y oportuno o si deben hacerlo a través de las IPS”.
-Dificultades para obtener información y acceder al servicio debido a la falta de intimidad dentro del hogar. La IVE es un derecho reproductivo que corresponde a la esfera privada e íntima de las mujeres. Siendo así, este derecho se ve limitado por la imposibilidad de las mujeres de resguardar dicha información sin que las personas con las que habitan se enteren (parejas, hijos/as, familia, etc.); situación que les impone una barrera adicional para la solicitud de información y acceso al procedimiento.
-La virtualidad de los trámites implica restricciones para solicitar el servicio de IVE: Esta barrera está relacionada con el hecho de que los trámites administrativos para la atención en salud, por ser en su mayoría virtuales, dificultan y limitan el acceso a las mujeres que no cuentan con herramientas tecnológicas para enviar correos electrónicos y/o hacer llamadas; en especial, a aquellas que habitan en contextos rurales y se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
-Barreras culturales: la carga del cuidado como barrera para acceder a los servicios de salud Se refiere a la imposibilidad de algunas mujeres (en especial madres cabeza de familia y/o mujeres cuidadoras) de acudir a los servicios de salud por estar a cargo del cuidado de sus hijos e hijas menores, adultos/ as mayores o personas en situación de discapacidad; a esto se suma que, con las medidas implementadas para contener el covid-19, los servicios de cuidado que prestan instituciones públicas y privadas fueron suspendidos. Esto es especialmente crítico para las mujeres migrantes, quienes no tienen redes de apoyo en Colombia que les permitan delegar estas labores de cuidado
“Por lo que hemos visto en nuestra experiencia, las situaciones de crisis, como la actual pandemia, convierten los servicios de aborto en servicios secundarios o de “lujo”, que no se atienden, prioritariamente, y llevan al incremento en el uso de los servicios privados. Este documento busca generar recomendaciones para los y las profesionales de la salud, que les permita incidir a diferentes niveles y, con ello, lograr una disminución en las barreras de acceso a los derechos sexuales y reproductivos” señala Salomé Valencia, médica e integrante del Grupo Médico por el Derecho a Decidir.