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El presidente Gustavo Petro sancionó recientemente la Ley en la que se establecen las bases que orientarán la Política Nacional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico, Innovación y Producción de la Industria Farmacéutica del país, la misma que busca asegurar la disponibilidad de medicamentos fabricados y comercializados en Colombia.
De acuerdo con el senador del Pacto Histórico, Pedro Flórez, ponente del proyecto, “esta ley es una herramienta esencial para enfrentar desafíos como el desabastecimiento de medicamentos y atender necesidades críticas en salud, materias primas e insumos”.
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Lo primero que menciona la Ley 2386 es que serán los ministerios de Ciencia, el de Salud, y el de Comercio, con la asistencia de técnica del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), quienes se encarguen de diseñar la Política Nacional en menos de un año.
Además, deberá articularse con “el Ministerio de Educación, la academia, la industria farmacéutica, la Organización Panamericana de la Salud (OPS), la Organización Mundial de la Salud (OMS), institutos nacionales, colegios profesionales del sector salud, aceleradoras de innovación y la sociedad civil”, según el documento.
Entre los lineamientos que deberá tener en cuenta la política están la producción de materias primas farmacéuticas y medicamentos para la salud humana y veterinaria; preparación ante emergencias como la que se presentó con el covid-19; y los incentivos a la producción de medicamentos biológicos, fitoterapéuticos, radiofármacos y otros de alta tecnología y para enfermedades desatendidas.
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En la ley también quedó establecido que el gobierno nacional incentivará a las empresas farmacéuticas para que puedan diseñar e implementar una estrategia que permita suministrar medicamentos de alto costo que no se encuentren incluidos en el Plan de Beneficios en Salud (PBS). También habrá incentivos para el desarrollo de productos farmacéuticos que funciones para enfermedades desatendidas especialmente para las infecciosas o las transmitidas por vectores, como el dengue.
La ley aplicará para todos aquellos que intervengan de manera directa o indirecta en el desarrollo, producción de medicamentos, principios activos, productos biológicos, fitoterapéuticos, radiofármacos, dispositivos médicos, materias primas, y otros bienes productivos destinados a la salud humana y veterinaria.
Esta es la ley completa: