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Lo que debe hacer si tras la pandemia no puede pagar su EPS del régimen contributivo

El Ministerio de Salud expidió un decreto en el cual explica qué pasará con los 1.9 millones de personas que estaban afiliados a las EPS en el estado “Activo por Emergencia”.

05 de agosto de 2022 - 09:01 p. m.
El Ministerio de Salud explicó que hay dos rutas para mantener el aseguramiento de las personas en las EPS a las que están afiliadas. Le explicamos cuáles son.
El Ministerio de Salud explicó que hay dos rutas para mantener el aseguramiento de las personas en las EPS a las que están afiliadas. Le explicamos cuáles son.
Foto: LUIS ANGEL

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Durante la pandemia por covid-19, para la cual se declaró la Emergencia Sanitaria, el Gobierno Nacional aseguró la afiliación en salud de más de 2.3 millones de personas en el régimen contributivo ya que, producto de la pandemia, no pudieron seguir cotizando. Pero, desde el 30 de junio la Emergencia Sanitaria finalizó. Este jueves (4 de agosto), el Ministerio de Salud expidió el decreto 1443 que explica lo que pasará con estas personas. (Puede leer: Viruela del mono: Según el INS, en Colombia hay una “epidemia concentrada”)

Según María Andrea Godoy, viceministra de Protección Social, una vez terminada la Emergencia Sanitaria, existían 1.9 millones de afiliados en estado ‘Activo por Emergencia’, de los cuales (...) 1.3 millones mantuvieron el aseguramiento en su misma EPS y 618.573 personas quedaron en estado retirado, toda vez que no contaban con la encuesta del Sisbén”.

El decreto 1443, según manifestó la cartera, busca que estas personas mantengan el aseguramiento en las EPS a las que se encuentran afiliadas. Allí establece que, en un periodo de cuatro meses, las EPS apliquen la novedad de movilidad al régimen subsidiado, sobre todo a la “población con patologías de alto costo, enfermedades huérfanas, madres gestantes, menores de edad y personas que se encuentren con tratamientos en curso con internación, urgencias domiciliaria o urgencias, y de esta manera mantener su aseguramiento y prestación de servicios en salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS)”. (Le puede interesar: Estas son las nuevas reglas para el pago de licencias de maternidad y de paternidad)

La movilidad entre regímenes, explica el decreto, es el cambio de régimen dentro de la misma Entidad Promotora de Salud (EPS) para los afiliados y su núcleo, sin solución de continuidad, manteniendo su inscripción en la misma EPS.

Para la población que no cuente con las condiciones descritas y que no tenga la capacidad de realizar la cotización para pertenecer al régimen contributivo, el Ministerio señaló que deberán afiliarse al SGSSS a través del mecanismo de afiliación de oficio por un periodo de cuatro meses. Además, deberán acercarse a la entidad territorial para solicitar la aplicación de la encuesta Sisbén, la cual determinará si pertenece al régimen subsidiado pleno o de contribución solidaria. (También puede leer: Trasplante fecal, ¿cómo el popó ayudaría en el tratamiento contra el cáncer?)

La cartera resaltó que “las Entidades Promotoras de Salud y las entidades territoriales, han desarrollado estrategias para promover que esta población se aplique la encuesta del Sisbén, la cual le permite a través de los mecanismos dispuestos actualmente en el SGSSS, mantener su aseguramiento en salud en la misma EPS”, y les hizo un llamado para seguir informándole a su población la importancia de contar con esta.

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