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                                                                                                                                Medicamentos con registro sanitario indefinido y otros cambios clave en el Invima

                                                                                                                                El decreto 1474 del Ministerio de Salud incluye algunas modificaciones importantes en los procesos de vigencias y registros sanitarios de medicamentos en el país. Además, determina nuevas obligaciones para los titulares de esos registros con el propósito de evitar cualquier eventual desabastecimiento de fármacos.

                                                                                                                                A pesar de que le decreto ya es una realidad, hay un espacio de dos meses en donde se desarrollarán guías y socializaciones que permitirán llevar la letra a la práctica.
                                                                                                                                Foto: Pxhere
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Quizá el cambio que más ha concentrado la atención general es el que está incluido en el artículo 5. Allí se estipula que “la vigencia de los registros sanitarios de medicamentos será indefinida”. Esto no impide, agrega después la entidad, la realización de operaciones de inspección, vigilancia y control que podrían, dado el caso, encontrar incumplimiento de las normas y las medidas a lo que eso lleve.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Allí se ordena que todas las entidades que otorguen licencias, autorizaciones, registros, notificaciones y/o permisos que faculten la producción, comercialización, importación, exportación (y otras acciones), procuren adoptar esquemas de vigencias indefinidas. El Invima, entonces, adopta esta decisión en atención, dice la entidad, a la necesidad de disponer de nuevas herramientas que le permitan descongestionar los trámites, una de las críticas más recurrentes del sector.

                                                                                                                                Pero ese no es el único cambio importante que trae el decreto.

                                                                                                                                Modificaciones a los registros sanitarios

                                                                                                                                El decreto también señala que el Invima considera necesario reformar el proceso por el cual se evalúan las modificaciones a los registros sanitarios que se van pidiendo cuando estos ya están vigentes. La entidad determina entonces que cuando se trate de modificaciones o cambios de riesgo menor, estas sean efectuadas con acto administrativo de manera automática, “lo cual permite agilidad en el trámite y a la vez contar con bases de datos actualizadas”, justifica el decreto.

                                                                                                                                Puede ver: Los riesgos de tomar un ibuprofeno o una aspirina para cualquier dolor

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                Dada la relevancia de estos cambios y la agilidad en el proceso que la entidad busca que signifiquen, el Invima determinó llevar a cabo un proceso de socialización del contenido de las modificaciones para todos los interesados. Durante el pasado 31 de agosto y 1 de septiembre, la entidad acordó en mesas de trabajo conjuntas desarrolladas con los gremios de industria farmacéutica y representantes de la sociedad civil un período de transitoriedad de dos meses que permitan tal proceso de socialización y apropiación de las guías de forma previa a su entrada en vigor.

                                                                                                                                Es decir, a pesar de que le decreto ya es una realidad, hay un espacio de dos meses en donde se desarrollarán guías y socializaciones que permitirán llevar la letra a la práctica.

                                                                                                                                Se deberá informar cuando se retira un medicamento

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El decreto también establece nuevas obligaciones para los titulares de registros sanitarios de medicamentos. En el artículo 18 se establece que deberán informar al Invima “aquellas situaciones o incidentes que impidan la comercialización o que lleven a una interrupción temporal o retiro definitivo del mercado local que impacte en el abastecimiento de medicamentos de síntesis química, gases medicinales biológicos, homeopáticos y productos fitoterapéuticos”. Quienes decidan retirar de forma definitiva del mercado dichos medicamentos, deberán avisar con 6 meses de antelación.

                                                                                                                                Puede ver: Así lo afecta el ciberataque masivo a entidades del Estado

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La no comercialización temporal, se deberá notificar en un plazo no mayor a treinta 30 días a la situación o incidente asociado al caso particular. El Invima señala que con esto busca tener tiempo para adelantar “un análisis de riesgos, que permita minimizar los impactos negativos de casos por afectación o interrupción temporal de comercialización de los productos objeto de este decreto, y generar una respuesta oportuna y eficiente para evitar un eventual desabastecimiento del mercado”.

                                                                                                                                A pesar de que le decreto ya es una realidad, hay un espacio de dos meses en donde se desarrollarán guías y socializaciones que permitirán llevar la letra a la práctica.
                                                                                                                                Foto: Pxhere
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Quizá el cambio que más ha concentrado la atención general es el que está incluido en el artículo 5. Allí se estipula que “la vigencia de los registros sanitarios de medicamentos será indefinida”. Esto no impide, agrega después la entidad, la realización de operaciones de inspección, vigilancia y control que podrían, dado el caso, encontrar incumplimiento de las normas y las medidas a lo que eso lleve.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Allí se ordena que todas las entidades que otorguen licencias, autorizaciones, registros, notificaciones y/o permisos que faculten la producción, comercialización, importación, exportación (y otras acciones), procuren adoptar esquemas de vigencias indefinidas. El Invima, entonces, adopta esta decisión en atención, dice la entidad, a la necesidad de disponer de nuevas herramientas que le permitan descongestionar los trámites, una de las críticas más recurrentes del sector.

                                                                                                                                Pero ese no es el único cambio importante que trae el decreto.

                                                                                                                                Modificaciones a los registros sanitarios

                                                                                                                                El decreto también señala que el Invima considera necesario reformar el proceso por el cual se evalúan las modificaciones a los registros sanitarios que se van pidiendo cuando estos ya están vigentes. La entidad determina entonces que cuando se trate de modificaciones o cambios de riesgo menor, estas sean efectuadas con acto administrativo de manera automática, “lo cual permite agilidad en el trámite y a la vez contar con bases de datos actualizadas”, justifica el decreto.

                                                                                                                                Puede ver: Los riesgos de tomar un ibuprofeno o una aspirina para cualquier dolor

                                                                                                                                Read more!
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                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Es decir, a pesar de que le decreto ya es una realidad, hay un espacio de dos meses en donde se desarrollarán guías y socializaciones que permitirán llevar la letra a la práctica.

                                                                                                                                Se deberá informar cuando se retira un medicamento

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                El decreto también establece nuevas obligaciones para los titulares de registros sanitarios de medicamentos. En el artículo 18 se establece que deberán informar al Invima “aquellas situaciones o incidentes que impidan la comercialización o que lleven a una interrupción temporal o retiro definitivo del mercado local que impacte en el abastecimiento de medicamentos de síntesis química, gases medicinales biológicos, homeopáticos y productos fitoterapéuticos”. Quienes decidan retirar de forma definitiva del mercado dichos medicamentos, deberán avisar con 6 meses de antelación.

                                                                                                                                Puede ver: Así lo afecta el ciberataque masivo a entidades del Estado

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La no comercialización temporal, se deberá notificar en un plazo no mayor a treinta 30 días a la situación o incidente asociado al caso particular. El Invima señala que con esto busca tener tiempo para adelantar “un análisis de riesgos, que permita minimizar los impactos negativos de casos por afectación o interrupción temporal de comercialización de los productos objeto de este decreto, y generar una respuesta oportuna y eficiente para evitar un eventual desabastecimiento del mercado”.

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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