Ministerio de Salud desaprueba proyecto sobre aborto que se tramita en el Congreso
El viceministro de Salud Pública señaló la inconveniencia del proyecto en materia de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la muerte digna.
El proyecto de Acto Legislativo 02 de 2023, presentado en cabeza del senador del partido Centro Democrático, Josúe Alirio Barrera, pretende modificar el artículo 11 de la constitución, algo que podría chocar contra las decisiones de la Corte Constitucional frente al aborto y la eutanasia. (Le puede interesar: Más de la mitad de la población mundial vive sin servicios de salud básicos)
Este 22 de septiembre, Jaime Urrego, viceministro de Salud Pública, se pronunció en la la Comisión Primera del Senado de la República sobre la inconveniencia del proyecto. De acuerdo con el funcionario, esta modificación a la constitución desconocería la Sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación.
La modificación haría que el artículo 11 de la Constitución comenzara diciendo “La vida humana, que comienza desde la gestación y termina con la muerte natural, es un derecho inviolable”.
De acuerdo con el viceministro, “este proyecto pretende introducir una definición de aborto selectivo por discapacidad, que es contraria con el reconocimiento de los derechos de esta población. De igual manera, desconocería el derecho a morir con dignidad, al señalar que el fin de la vida humana solo es posible con la muerte natural”. (Le recomendamos: El 30 de septiembre Colombia empezará a vacunar a los hombres contra el VPH)
De aprobarse, este proyecto podría ser declarado inconstitucional al ir en contra de la jurisprudencia generada por la Corte en esta materia. “Este proyecto también desconoce el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres, lo que implica un retroceso para la garantía de estos derechos y genera una afectación para el ejercicio del derecho fundamental a la salud”, aseguró el funcionario.
Además, el proyecto pretende dar lugar a la objeción de conciencia a nivel institucional. Hasta hoy, este es un derecho constitucional que garantiza a los profesionales de la salud, a nivel individual, negarse a realizar procedimientos médicos con los que no estén de acuerdo por razones religiosas, ideológicas, morales, entre otras.
Elevar el derecho al nivel institucional implicaría que las clínicas podrían imponer como política a todo su personal no realizar abortos u otros procedimientos, como la eutanasia. “No puede haber objeción de conciencia institucional, por lo que debemos garantizar la prestación de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo, sin violentar la decisión del profesional de la salud que participe en ellos”. (También puede leer: El increíble impacto de la explotación de metales: afecta a 23 millones de personas)
El proyecto deberá pasar ocho debates para su aprobación, dos en la Comisión Primera y dos en la Plenaria del Senado; y dos en la Comisión Primera y la Plenaria de la Cámara de Representantes.
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El proyecto de Acto Legislativo 02 de 2023, presentado en cabeza del senador del partido Centro Democrático, Josúe Alirio Barrera, pretende modificar el artículo 11 de la constitución, algo que podría chocar contra las decisiones de la Corte Constitucional frente al aborto y la eutanasia. (Le puede interesar: Más de la mitad de la población mundial vive sin servicios de salud básicos)
Este 22 de septiembre, Jaime Urrego, viceministro de Salud Pública, se pronunció en la la Comisión Primera del Senado de la República sobre la inconveniencia del proyecto. De acuerdo con el funcionario, esta modificación a la constitución desconocería la Sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional, que despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación.
La modificación haría que el artículo 11 de la Constitución comenzara diciendo “La vida humana, que comienza desde la gestación y termina con la muerte natural, es un derecho inviolable”.
De acuerdo con el viceministro, “este proyecto pretende introducir una definición de aborto selectivo por discapacidad, que es contraria con el reconocimiento de los derechos de esta población. De igual manera, desconocería el derecho a morir con dignidad, al señalar que el fin de la vida humana solo es posible con la muerte natural”. (Le recomendamos: El 30 de septiembre Colombia empezará a vacunar a los hombres contra el VPH)
De aprobarse, este proyecto podría ser declarado inconstitucional al ir en contra de la jurisprudencia generada por la Corte en esta materia. “Este proyecto también desconoce el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres, lo que implica un retroceso para la garantía de estos derechos y genera una afectación para el ejercicio del derecho fundamental a la salud”, aseguró el funcionario.
Además, el proyecto pretende dar lugar a la objeción de conciencia a nivel institucional. Hasta hoy, este es un derecho constitucional que garantiza a los profesionales de la salud, a nivel individual, negarse a realizar procedimientos médicos con los que no estén de acuerdo por razones religiosas, ideológicas, morales, entre otras.
Elevar el derecho al nivel institucional implicaría que las clínicas podrían imponer como política a todo su personal no realizar abortos u otros procedimientos, como la eutanasia. “No puede haber objeción de conciencia institucional, por lo que debemos garantizar la prestación de los procedimientos de interrupción voluntaria del embarazo, sin violentar la decisión del profesional de la salud que participe en ellos”. (También puede leer: El increíble impacto de la explotación de metales: afecta a 23 millones de personas)
El proyecto deberá pasar ocho debates para su aprobación, dos en la Comisión Primera y dos en la Plenaria del Senado; y dos en la Comisión Primera y la Plenaria de la Cámara de Representantes.
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