Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
La Corte Constitucional, por medio de a la sentencia C-055 de 2022, modificó el artículo 122 del Código Penal despenalizando el aborto totalmente hasta la semana 24 de gestación. En esta medida también se contempla que, en caso de tener más semanas de embarazo, no es delito si el caso se ajusta a las tres causales que se establecieron en 2006 (afectación en la salud física o mental de la mujer; en caso de presentarse una grave malformación del feto o sí es un acceso carnal violento, transferencia de óvulo fecundado o inseminación artificial no consentida). (Puede ver: Así vivimos el #28S en Bogotá, Día de la Acción Global por el Acceso al Aborto)
Para darle cumplimiento a lo establecido en esta sentencia, el Ministerio de Salud emitió la circular 044, con la cual busca garantizar “a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar del territorio nacional el acceso a la interrupción voluntaria de embarazo hasta la semana”, señaló la entidad en comunicado.
Johanna Barbosa, directora de Promoción y Prevención, explica que el principal objetivo que tiene esta circular es “prevenir y reducir al máximo complicaciones y muertes en mujeres y personas con capacidad de gestar por el acceso a sitios clandestinos en los que se practican abortos sin que se garanticen las condiciones de seguridad y de calidad”.
Publicamos circular 044 de 2022, que reconoce necesidad de garantizar acceso seguro a la Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta la semana 24 de gestación y en 3 causales despenalizadas, sin límite de gestación.
— MinSaludCol (@MinSaludCol) September 29, 2022
ℹ️ https://t.co/bWrxoyux5i pic.twitter.com/yKUEdHtgMB
En la circular, el ministerio establece cinco puntos clave. El primero es fortalecer la implementación de las intervenciones dirigidas a las personas, familias y comunidades, que permitan el acceso a información sobre los derechos sexuales y los derechos reproductivos. (Le puede interesar: “Ojalá tu embarazo no esté muy avanzado”: el costo de un aborto seguro)
El segundo punto se enfoca en mantener las estrategias que contribuyan a identificar, prevenir y actuar frente a la violencia física y sexual. “Además de garantizar el acceso a los servicios que están habilitados para reducir el número de embarazos no deseados y el aborto inseguro”, señala el documento.
En un tercer punto, el ministerio señala que es importante promover y garantizar la prestación de servicios para la atención en salud materna, planificación familiar y anticonceptivos por medio de diversas herramientas. “También garantizar el acceso a métodos anticonceptivos inmediatamente después del evento obstétrico, y acceso a los procedimientos para la Interrupción Voluntaria del Embarazo en condiciones de calidad”, advierte la circular.
En el último punto, añade el ministerio, garantizar la prestación de los servicios relacionados con la salud para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esta atención, según el ministerio, no deberá presentar barreras o demoras para la prestación del servicio. También deberá existir “indicaciones para la atención en salud e informar a las mujeres y personas con capacidad de gestar frente a los procedimientos de interrupción del embarazo y la asesoría y provisión anticonceptiva post aborto”. (Lea también: ¿Por qué la clínica Madre Bernarda de Cartagena niega el derecho al aborto?)
Barbosa aclara que “es importante seguir fortaleciendo todas las estrategias en materia de salud pública, específicamente, en promoción, prevención y en educación para la salud, enfocada en el ejercicio responsable de la salud sexual y reproductiva”.
👩⚕️ 📄¿Quieres conocer las últimas noticias sobre salud? Te invitamos a verlas en El Espectador. ⚕️🩺