Tutela que negaron a Minsalud no es contra 21 EPS, sino por caso Sanitas-Cruz Verde
Una tutela similar ya se había resuelto en diciembre de 2023, pidiendo a Sanitas garantizar el acceso a medicamentos No PBS de sus afiliados, por lo que el juzgado decidió negar la interpuesta por Minsalud.
Este viernes se conoció una decisión de un juzgado de Bogotá en la que negó la tutela que el Ministerio de Salud había interpuesto en contra de Sanitas por el problema de suministro de medicamentos que se conoció a finales del año pasado. (Le puede interesar: Encontraron niveles elevados de lactosuero en la leche de un proveedor del PAE)
Se trata de una acción judicial que el Ministerio de Salud había interpuesto el pasado 10 de noviembre en contra de EPS Sanitas tras el anuncio de Cruz Verde de dejar de suministrar medicamentos que no se encontraran dentro del Plan Básico de Salud (medicamentos No PBS) a los usuarios de esa EPS.
En el proceso, Cruz Verde alegó que Sanitas tiene una deuda de más de $400.000 millones por ese tipo de medicamentos y que se había acumulado durante tres años. Por ese motivo, suspendieron su servicio a los afiliados.
Sanitas, por su parte, alegaba que esta deuda se generó porque el Estado no estaba haciendo los ajustes adecuados a los Presupuestos Máximos (la plata con la que las EPS pagan los medicamentos No PBS), por lo que no tenían la capacidad para cubrir lo que requerían todos sus usuarios fuera del PBS. (Le recomendamos: EPS Savia Salud admite dificultades con medicamentos, pero espera resolverlos pronto)
El Minsalud dijo en su momento que el Estado se encontraba al día en los giros correspondientes a Presupuestos Máximos con la EPS Sanitas, por lo que debían garantizar la prestación del servicio.
Este caso dio un giro, pues una primera tutela, resuelta por otro juzgado de Bogotá, ordenó a Sanitas garantizar la dispensación de medicamentos, situación que se resolvió en diciembre de 2023 con un acuerdo con Audifarma para la entrega de medicamentos No PBS a sus usuarios.
Sin embargo, la acción judicial interpuesta por Minsalud seguía sin resolverse y, el pasado 24 de enero, el ministerio pidió que a esta misma acción judicial se vinculara a la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi, que es el gremio de las EPS del régimen contributivo), la Asociación de Empresas Gestoras del Aseguramiento en Salud de Colombia (Gestarsalud, el gremio de las EPS del régimen subsidiado) y a otras entidades del sector salud y entes de vigilancia del Estado. (También puede leer: La carta que enviaron sociedades científicas al Senado sobre la Reforma a la Salud)
El juzgado 33 penal municipal con función de conocimiento de Bogotá, que llevaba el caso, manifestó, frente a esta solicitud, que se trataba de una decisión que “este despacho acata, pero no comparte, por considerar absolutamente innecesarias, no siendo instancias o personas jurídicas relacionadas directamente con la actuación, lo que se evidencia a todas luces en el devenir de esta acción”.
Luego de escuchar los argumentos tanto de Minsalud, Sanitas y Cruz Verde, como de las partes que fueron vinculadas después, el mismo abogado del ministerio solicitó que la tutela se declarara como cosa juzgada. ¿Por qué?
Como en diciembre ya se había resuelto otra tutela por el mismo caso (la misma que ordenó a Sanitas garantizar un plan para entregar los medicamentos No PBS a sus afiliados) no tenía sentido que cursara un proceso por el mismo motivo.
Por esto, el juzgado decidió “negar el amparo reclamado en esta acción de tutela por el Doctor Rodolfo Enriquie Salas Figueroa en su calidad de directo jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social”.
¿Esta es la misma demanda que presentó el Minsalud contra 21 EPS?
En redes sociales y varios medios de comunicación se ha dicho que esta decisión corresponde a la acción popular que interpuso el Ministerio de Salud contra 21 EPS a mediados de enero de este año. En ese proceso, el Minsalud las acusa de vulnerar el acceso a la seguridad social en salud y a su prestación efectiva y oportuna. Entre las EPS demandadas están Sanitas, Nueva EPS, Salud Total y Sura, entre otras.
Sin embargo, no se trata de los mismos procesos. Esa demanda fue una acción popular que el Minsalud confirmó el 14 de enero y que estaba dirigida a un listado particular de Entidades Promotoras de Salud, basándose en un informe técnico de la Superintendencia de Salud, en el que se asegura que esas EPS incumplen con los indicadores de las reservas técnicas. Esta demanda fue interpuesta ante el Juzgado contencioso-administrativo de Bogotá.
La tutela que se resolvió tiene su origen en el caso Sanitas-Cruz Verde, aunque luego se vinculó a los dos gremios de EPS. Esta tutela la resolvió el juzgado 33 penal municipal con función de conocimiento de Bogotá.
Esta es la decisión de tutela completa
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Este viernes se conoció una decisión de un juzgado de Bogotá en la que negó la tutela que el Ministerio de Salud había interpuesto en contra de Sanitas por el problema de suministro de medicamentos que se conoció a finales del año pasado. (Le puede interesar: Encontraron niveles elevados de lactosuero en la leche de un proveedor del PAE)
Se trata de una acción judicial que el Ministerio de Salud había interpuesto el pasado 10 de noviembre en contra de EPS Sanitas tras el anuncio de Cruz Verde de dejar de suministrar medicamentos que no se encontraran dentro del Plan Básico de Salud (medicamentos No PBS) a los usuarios de esa EPS.
En el proceso, Cruz Verde alegó que Sanitas tiene una deuda de más de $400.000 millones por ese tipo de medicamentos y que se había acumulado durante tres años. Por ese motivo, suspendieron su servicio a los afiliados.
Sanitas, por su parte, alegaba que esta deuda se generó porque el Estado no estaba haciendo los ajustes adecuados a los Presupuestos Máximos (la plata con la que las EPS pagan los medicamentos No PBS), por lo que no tenían la capacidad para cubrir lo que requerían todos sus usuarios fuera del PBS. (Le recomendamos: EPS Savia Salud admite dificultades con medicamentos, pero espera resolverlos pronto)
El Minsalud dijo en su momento que el Estado se encontraba al día en los giros correspondientes a Presupuestos Máximos con la EPS Sanitas, por lo que debían garantizar la prestación del servicio.
Este caso dio un giro, pues una primera tutela, resuelta por otro juzgado de Bogotá, ordenó a Sanitas garantizar la dispensación de medicamentos, situación que se resolvió en diciembre de 2023 con un acuerdo con Audifarma para la entrega de medicamentos No PBS a sus usuarios.
Sin embargo, la acción judicial interpuesta por Minsalud seguía sin resolverse y, el pasado 24 de enero, el ministerio pidió que a esta misma acción judicial se vinculara a la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi, que es el gremio de las EPS del régimen contributivo), la Asociación de Empresas Gestoras del Aseguramiento en Salud de Colombia (Gestarsalud, el gremio de las EPS del régimen subsidiado) y a otras entidades del sector salud y entes de vigilancia del Estado. (También puede leer: La carta que enviaron sociedades científicas al Senado sobre la Reforma a la Salud)
El juzgado 33 penal municipal con función de conocimiento de Bogotá, que llevaba el caso, manifestó, frente a esta solicitud, que se trataba de una decisión que “este despacho acata, pero no comparte, por considerar absolutamente innecesarias, no siendo instancias o personas jurídicas relacionadas directamente con la actuación, lo que se evidencia a todas luces en el devenir de esta acción”.
Luego de escuchar los argumentos tanto de Minsalud, Sanitas y Cruz Verde, como de las partes que fueron vinculadas después, el mismo abogado del ministerio solicitó que la tutela se declarara como cosa juzgada. ¿Por qué?
Como en diciembre ya se había resuelto otra tutela por el mismo caso (la misma que ordenó a Sanitas garantizar un plan para entregar los medicamentos No PBS a sus afiliados) no tenía sentido que cursara un proceso por el mismo motivo.
Por esto, el juzgado decidió “negar el amparo reclamado en esta acción de tutela por el Doctor Rodolfo Enriquie Salas Figueroa en su calidad de directo jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social”.
¿Esta es la misma demanda que presentó el Minsalud contra 21 EPS?
En redes sociales y varios medios de comunicación se ha dicho que esta decisión corresponde a la acción popular que interpuso el Ministerio de Salud contra 21 EPS a mediados de enero de este año. En ese proceso, el Minsalud las acusa de vulnerar el acceso a la seguridad social en salud y a su prestación efectiva y oportuna. Entre las EPS demandadas están Sanitas, Nueva EPS, Salud Total y Sura, entre otras.
Sin embargo, no se trata de los mismos procesos. Esa demanda fue una acción popular que el Minsalud confirmó el 14 de enero y que estaba dirigida a un listado particular de Entidades Promotoras de Salud, basándose en un informe técnico de la Superintendencia de Salud, en el que se asegura que esas EPS incumplen con los indicadores de las reservas técnicas. Esta demanda fue interpuesta ante el Juzgado contencioso-administrativo de Bogotá.
La tutela que se resolvió tiene su origen en el caso Sanitas-Cruz Verde, aunque luego se vinculó a los dos gremios de EPS. Esta tutela la resolvió el juzgado 33 penal municipal con función de conocimiento de Bogotá.
Esta es la decisión de tutela completa
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