Publicidad

Pacientes con comorbilidades ya no necesitan estar priorizados en Mi Vacuna

Los pacientes con comorbilidades sólo tendrán que presentar una certificación médica que muestre el diagnóstico de la morbilidad o condición de salud para recibir la vacuna anticovid.

04 de julio de 2021 - 09:36 p. m.
El plan de vacunación busca llegar al 70 % de personas inmunizadas en el país.
El plan de vacunación busca llegar al 70 % de personas inmunizadas en el país.
Foto: Natalia Pedraza Bravo
Resume e infórmame rápido

Escucha este artículo

Audio generado con IA de Google

0:00

/

0:00

Este domingo el Ministerio de Salud anunció que, gracias a un nuevo decreto, las personas que tengan comorbilidades ya no necesitarán aparecer como priorizados en la plataforma “Mi Vacuna” para poder recibir el biológico anticovid.

Según Julián Fernández, el director de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud y Protección Social, todas las personas con morbilidades priorizadas, definidas en el Decreto 630 de 2021, pueden asistir a los puntos de vacunación para ser vacunadas, solamente presentando su documento de identidad, junto con una certificación médica que muestre el diagnóstico de la morbilidad o condición de salud.

Le puede interesar: La vacuna china “es mala”, “es la de los pobres” y otras mentiras sobre Sinovac

Estas son las condiciones definidas por el ministerio para que la población entre 12 y 59 años que las presente pueda ser vacunada:

1. Enfermedades hipertensivas

2. Diabetes

3. Insuficiencia renal

5. Cáncer

6. Tuberculosis

7. EPOC

8. ASMA

9. Obesidad Grado 1, 2 Y 3 (Indice de Masa corporal >30)

10. En lista de espera de trasplante de órganos vitales

11. Post trasplante de 6rganos vitales.

12. Enfermedad isquémica aguda del corazón

13. Insuficiencia cardiaca

14. Arritmias cardiacas

15. Enfermedad cerebro vascular

16. Desórdenes neurológicos

17. Síndrome de Down

18. Inmunodeficiencia primaria

19. Esquizofrenia, trastorno esquizotípico y trastornos de ideas delirantes

20. Autismo

21. Trastorno bipolar

22. Discapacidad intelectual y Otros trastornos mentales debidos a lesión disfunción cerebral o a enfermedad somática

23. Fibrosis Quística

24. Artritis reumatoide

25. Lupus Eritematoso Sistémico

26. Espondilitis Anquilosante

27. Vasculitis

Lea también: Este sábado 3 de julio comienza la vacunación para población entre 40 y 44 años

El certificado médico puede ser expedido por un profesional de salud, con su respectivo registro sanitario, ya que él o ella será quien asuma la responsabilidad sobre la veracidad del reporte que realizó. Esta puede ser solicitada a través de las EPS, por consulta externa, o con un médico particular.

“Esta decisión permite que sean cubiertas más rápidamente aquellas personas pendientes y permitir así a nivel poblacional reducir los mayores impactos en términos de mortalidad e incidencia de casos graves de COVID-19. Esta medida es complementaria a la vacunación por edad, para la cual solo es necesario presentar el documento de identidad, sin necesidad de aparecer en la plataforma Mi Vacuna”, concluyó Fernández.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar