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Por fallas en atención a pacientes SOAT, Supersalud impone medida a servicio de ambulancias

La empresa, según la Supersalud, no implementa las “Guías Básicas de Atención Prehospitalaria”, ya que no realiza la clasificación de pacientes (TRIAGE) ni inmoviliza a las víctimas en el lugar del siniestro.

22 de agosto de 2024 - 10:04 p. m.
Superintendente de Salud
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Foto: El Espectador - Gustavo Torrijos
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La Superintendencia Nacional de Salud informó que impuso medida cautelar de cesación provisional de las acciones al Servicio de Emergencias y Respuesta Médica Inmediata Ambulancias SERMI S.A.S. de Ibagué. “Esta medida cautelar obliga a la Empresa de transporte especial de pacientes a cumplir con cinco (5) órdenes inmediatas para garantizar la atención de los pacientes, en este sentido, la entidad deberá presentar un plan de acción en el que se corrijan las deficiencias”, dijo el Superintendente, Luis Carlos Leal Angarita.

Según el funcionario, la medida se tomó después de identificar falencias durante una auditoria realizada a SERMI S.A.S. entre el 22 al 24 de julio pasado. Entre esas falencias, ahondó la Supersalud, se encuentra que la empresa no se articula con la Secretaría de Salud Departamental y Municipal para realizar traslados primarios. Debido a eso, según la Supersalud, la compañía no cuenta con la autorización necesaria para transportar a pacientes que son víctimas de accidentes de tránsito en el municipio de Ibagué.

Pese a eso, continúa la Supersalud, SERMI S.A.S. no acata las instrucciones y órdenes impartidas por los entes de control, como la Secretaría de Salud Municipal y la propia Superintendencia Nacional de Salud, ya que continúa realizando traslados de víctimas de accidentes de tránsito sin contar con la autorización adecuada. Otra irregularidad identificada por el ente de control es la práctica de trasladar a dos pacientes al mismo tiempo y en la misma ambulancia, lo cual es contrario a las normas de atención prehospitalaria.

La empresa, según la Supersalud, no implementa las “Guías Básicas de Atención Prehospitalaria”, ya que no realiza la clasificación de pacientes (TRIAGE) ni inmoviliza a las víctimas en el lugar del siniestro.

Por todo esto, entre las órdenes de la Supersalud a SERMI S.A.S. está abstenerse de realizar cualquier tipo de traslado primario de pacientes víctimas de accidentes de tránsito en Ibagué, hasta que cumpla con todas las obligaciones como operador asistencial dentro del marco del Sistema de Emergencias Médicas de la ciudad.

También se le ha ordenado acatar las instrucciones y órdenes de los órganos de Inspección, Vigilancia y Control, y articularse con el Sistema de Emergencias Médicas (SEM) bajo el direccionamiento del CRUE (el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias), que debe asignar un código de registro al servicio de atención prehospitalaria o de transporte asistencial, garantizando así el traslado adecuado de los usuarios.

Adicionalmente, SERMI S.A.S. debe abstenerse de realizar traslados múltiples en una sola ambulancia, salvo en situaciones de desastre o alteraciones del orden público, y únicamente con la autorización del CRUE. Por último, la empresa debe establecer puntos de control para evaluar el nivel de conocimiento y asegurar que el personal de las tripulaciones siga las Guías Básicas de Atención Médica Prehospitalaria expedidas por el Ministerio de Salud, con especial énfasis en la correcta clasificación de pacientes e inmovilización y transporte de las víctimas de accidentes de tránsito.

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Jorge(60581)22 de agosto de 2024 - 11:32 p. m.
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