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La Procuraduría General de la Nación anunció que formuló pliego de cargos contra el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, por su presunta responsabilidad en el desabastecimiento de medicamentos e insumos médicos en Colombia durante 2023. El cargo se relaciona con la omisión de las funciones propias de la cartera, “lo que habría impactado de manera negativa en el derecho fundamental a la salud y la prestación de ese servicio”, dice la Procuraduría.
La falta fue calificada provisionalmente como Grave a título de Culpa Grave. La sanción para este tipo de falta es la suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad.
Según el ente de control, la investigación determinó que el ministro Jaramillo habría incumplido su deber de tomar medidas oportunas frente a la crisis de desabastecimiento de al menos, 2351 medicamentos e insumos médicos, una problemática advertida por asociaciones médicas desde 2022. La Sala Disciplinaria de Instrucción señaló que el ministro solo expidió la Resolución 1896 y elaboró un plan de acción en noviembre de 2023, tras recibir una orden del Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitida en octubre del mismo año. Esta acción fue resultado de una acción popular promovida por la Procuraduría y por gremios médicos.
Según el auto, “el doctor Jaramillo Martínez solo planeó y ejecutó acciones concretas orientadas a prevenir y superar el desabastecimiento de medicamentos, mediando una orden de un tercero, cuando debió hacerlo por el simple cumplimiento diligente y eficiente de sus funciones”.
Esta historia viene de hace por lo menos dos años atrás y está atravesada por diversas actuaciones y decisiones institucionales. En octubre de 2023, el Tribunal de Cundinamarca atendió una demanda presentada por la Procuraduría, en la que se solicitaba reformular la política de precios de medicamentos en Colombia. Entre las medidas propuestas se destacaba la creación de una Mesa de Trabajo con actores del sector farmacéutico, la implementación de un sistema de control de precios para medicamentos esenciales y la auditoría de las compras de medicamentos realizadas por las EPS. Además, se pedía la devolución de recursos obtenidos de manera ilegal por sobrecostos y un fortalecimiento en las sanciones y controles de precios liderados por la Superintendencia de Industria y Comercio. Inicialmente, la demanda involucraba al Ministerio de Salud, la Superintendencia de Industria y Comercio, la Superintendencia Nacional de Salud y algunas empresas del sector salud.
Sin embargo, poco tiempo después, la Procuraduría amplió la demanda inicial e incluyó al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima). Argumentó que la falta de un director en propiedad en esta entidad (por aquel entonces el Invima tenía directores encargados) estaba generando un represamiento de más de 27,000 solicitudes de registro de medicamentos, lo que afectaba directamente su disponibilidad y, en consecuencia, los precios. Según la Procuraduría, esta situación vinculaba al Invima con los hechos expuestos en la demanda original sobre desabastecimiento de medicamentos. El Tribunal de Cundinamarca ordenó entonces al Invima tomar medidas urgentes para priorizar el trámite de las solicitudes pendientes y garantizar la disponibilidad de medicamentos en el mercado. También pidió definir estrategias para facilitar el acceso a materias primas necesarias para la producción de estos insumos.
Aunque el Invima presentó un plan de acción y reportó avances en su implementación, interpuso un recurso de apelación contra la decisión del Tribunal en el Consejo de Estado. Ese recurso fue fallado a favor del Invima a finales de octubre pasado, dejando sin efecto las medidas ordenadas por el Tribunal de Cundinamarca. Sin embargo, a mediados de diciembre, el Tribunal de Cundinamarca volvió a pronunciarse. En su nuevo fallo, el tribunal declaró que el Ministerio de Salud y otras entidades gubernamentales vulneraron los derechos colectivos de los colombianos, al no garantizar un acceso eficiente y oportuno a medicamentos esenciales.
El tribunal ordenó mantener el Plan de Respuesta Urgente implementado en octubre de 2023 y liderar una mesa de trabajo interinstitucional para crear una nueva Política Farmacéutica Nacional. Esta mesa debería incluir al INVIMA, a los Ministerios de Comercio, Ciencia y Tecnología, y Turismo, así como a representantes de la industria farmacéutica, EPS, IPS y usuarios del sistema. Además, se resaltó la urgencia de resolver el represamiento de más de 27,000 registros sanitarios pendientes en el INVIMA y garantizar la regulación efectiva de precios, la financiación adecuada a los proveedores y el acceso equitativo a medicamentos para todos los colombianos. El fallo también destacó que la falta de una política farmacéutica integral, pese a estar ordenada por la Ley Estatutaria de Salud, ha profundizado la crisis del sistema.
Choque de trenes
La Procuraduría y el Ministerio de Salud vienen chocando en diversos ámbitos de la salud en los últimos meses. A mediados de diciembre pasado se conoció que la Procuraduría General pidió conocer información sobre la metodología, los análisis y las reuniones que se han realizado para calcular el incremento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para 2025. La UPC es la plata que el Estado le gira a las EPS para cubrir la atención de sus usuarios en el sistema de salud. Esto incluye la gran mayoría de los servicios y procedimientos incluidos en el Plan de Beneficios de Salud. Esa UPC subió para 2025 poco más del 5%, en una decisión que, como contamos aquí y aquí, ha generado diversas críticas en muchos actores del sistema de salud, desde academia hasta hospitales públicos y privados.
“Las medidas adoptadas por el Ministerio a su cargo han venido generando una crisis financiera y humanitaria que afectan la garantía de los derechos fundamentales a la salud de los Colombianos, motivo por el cual, se le insta a cumplir con la normatividad vigente que resuelva la difícil situación que enfrenta el sistema y una de estas soluciones es determinar un cálculo suficiente de la UPC que atienda los estudios de los diferentes expertos en la materia y permita superar esta grave situación”, decía la carta, firmada por Ojeda. Sin embargo, el Ministerio de Salud respondió a esa petición recusando a Margarita Leonor Cabello Blanco, Procuradora General de la Nación, y a Diana Margarita Ojeda Visbal, Procuradora Delegada para Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social, acusándolas de falta de imparcialidad.
El Ministerio de Salud acusó a Ojeda y Cabello de haber emitido “concepto, consejos, opiniones y prejuicio sobre la presunta crisis financiera y humanitaria de salud, así como del sistema de salud en general, bajo una serie de juicios de valor sin ningún tipo de sustento probatorio, manifestaciones subjetivas y personales”. En otras palabras, se dice que ambas procuradoras expresaron opiniones y juicios de valor sobre la situación del sistema de salud sin tener pruebas concretas que los respalden, lo cual, según el escrito de recusación, demuestra una postura adversa hacia el Ministerio de Salud.
El Minsalud agregó que esta actuación de las Procuradoras no solo quebranta el principio de imparcialidad y transparencia, sino también los principios del debido proceso, defensa y contradicción, que son fundamentales en la función administrativa. Fuentes de la Procuraduría General calificaron de “infundada” la recusación del Ministerio de Salud. “La Procuraduría tiene obligaciones de defender a la ciudadanía y garantizar los derechos fundamentales. Por eso se hace vigilancia superior”.
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