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                                                                                                                                  Todo lo que debe saber de la autorización del uso industrial del cannabis en Colombia

                                                                                                                                  El Gobierno Nacional, por medio de la Resolución 227 de 2022, reglamentó el uso industrial del cannabis, en la que establece los mecanismos para su implementación en alimentos, bebidas y textiles. ¿En qué consiste esta autorización?

                                                                                                                                  La resolución, además, establecen mejoras a los procesos con los que se otorgan licencias y cupos para los productos con base en la planta de cannabis.
                                                                                                                                  Foto: El Espectador
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  De acuerdo con el ministerio, el objetivo de esta resolución es mantener una adecuada “fiscalización de los productos derivados de esta planta, a la vez que se facilita a la industria realizar sus actividades”. Para ello, se establecerán los requisitos de licencias y cupos y el uso de los componentes de la planta en alimentos, bebidas y suplementos dietarios.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  - Indicación del material que se pretende exportar.

                                                                                                                                  - Indicación de los potenciales países hacia los cuales se pretende exportar el material, y que permita la importación para uso médico y científico. (Puede leer: Industria del cannabis medicinal podría generar 27 mil empleos en Colombia)

                                                                                                                                  Para las personas que no tienen licencias y están interesadas los requisitos son los mismos. En el caso de incluir a un tercero en la licencia la persona sí lo podrá hacer. “En caso de que su tercero sea licenciatario, no requerirá realizar el trámite de modificación de la licencia. En caso contrario, deberá adelantar el trámite de modificación. Las actividades que se podrán tercerizar son el cultivo, cosecha y postcosecha; la transformación de grano; el almacenamiento de semillas, grano, componente vegetal, plantas de cannabis, cannabis y derivados de cannabis; y la fabricación de derivados. Las demás actividades deberán ser informadas como novedad”, señaló la cartera.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Foto: Ministerio de Salud - Ministerio de Salud
                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  La vigencia de los cupos no finalizaría el 31 de diciembre del año en que es otorgado. Los cupos ordinarios tendrán una vigencia de dos años a partir de su otorgamiento y los cupos suplementarios tendrán una vigencia de un año.

                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  Foto: Ministerio de Salud - Ministerio de Salud
                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  La resolución, además, establecen mejoras a los procesos con los que se otorgan licencias y cupos para los productos con base en la planta de cannabis.
                                                                                                                                  Foto: El Espectador
                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  De acuerdo con el ministerio, el objetivo de esta resolución es mantener una adecuada “fiscalización de los productos derivados de esta planta, a la vez que se facilita a la industria realizar sus actividades”. Para ello, se establecerán los requisitos de licencias y cupos y el uso de los componentes de la planta en alimentos, bebidas y suplementos dietarios.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  - Indicación del material que se pretende exportar.

                                                                                                                                  - Indicación de los potenciales países hacia los cuales se pretende exportar el material, y que permita la importación para uso médico y científico. (Puede leer: Industria del cannabis medicinal podría generar 27 mil empleos en Colombia)

                                                                                                                                  Para las personas que no tienen licencias y están interesadas los requisitos son los mismos. En el caso de incluir a un tercero en la licencia la persona sí lo podrá hacer. “En caso de que su tercero sea licenciatario, no requerirá realizar el trámite de modificación de la licencia. En caso contrario, deberá adelantar el trámite de modificación. Las actividades que se podrán tercerizar son el cultivo, cosecha y postcosecha; la transformación de grano; el almacenamiento de semillas, grano, componente vegetal, plantas de cannabis, cannabis y derivados de cannabis; y la fabricación de derivados. Las demás actividades deberán ser informadas como novedad”, señaló la cartera.

                                                                                                                                  PUBLICIDAD

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                                                                                                                                  Read more!

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                                                                                                                                  Foto: Ministerio de Salud - Ministerio de Salud
                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  No ad for you

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                                                                                                                                  La vigencia de los cupos no finalizaría el 31 de diciembre del año en que es otorgado. Los cupos ordinarios tendrán una vigencia de dos años a partir de su otorgamiento y los cupos suplementarios tendrán una vigencia de un año.

                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  El Ministerio de Salud explicó que es considerado un pequeño o mediano cultivador “la persona natural colombiana con ingresos brutos anuales hasta de tres mil quinientas Unidades de Valor Tributario (3.500 UVT) y que, además, cuente con activos totales no mayores a once mil doscientos cincuenta Unidades de Valor Tributario (11.250 UVT)”. Estos son los tipos de cupos: Se aprueba proyecto para el uso del cannabis medicinal e industrial en Bogotá)

                                                                                                                                  Foto: Ministerio de Salud - Ministerio de Salud
                                                                                                                                  No ad for you

                                                                                                                                  En cuanto a los componentes de las plantas que se pueden emplear para elaborar alimentos, bebidas, bebidas alcohólicas y suplementos dietarios, el Ministerio de Salud dijo que se podrá usar el componente vegetal, grano y derivados no psicoactivos de cannabis. Para la exportación se podrán elaborar estos productos con CBD, cumpliendo con los requisitos del país de destino. Pero, la comercialización de estos productos con CBD en el territorio nacional estará sujeta a la reglamentación que expida el Ministerio de Salud.

                                                                                                                                  Ver todas las noticias
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