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Tribunal de Cundinamarca no admitió demanda del Minsalud contra 21 EPS

El Minsalud había interpuesto una demanda en contra de 21 EPS el pasado 14 de enero por “incumplir con las reservas técnicas”. Un juez inadmitió la demanda por considerar que tenía errores.

28 de febrero de 2024 - 09:15 p. m.
Guillermo Alfonso Jaramillo - Ministro de Salud - Ministerio de Salud - Rueda de prensa
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Foto: Mauricio Alvarado / El... - Mauricio Alvarado
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El Tribunal de Cundinamarca decidió inadmitir la demanda presentada por el Ministerio de Salud el pasado 14 de enero en contra de 21 EPS. La entidad, según el juez popular, tendrá tres días hábiles para corregir la demanda o será rechazada definitivamente.

El Minsalud había instaurado esta demanda acusando a las EPS de vulnerar el acceso a la seguridad social en salud y a su prestación efectiva y oportuna. Entre las EPS demandadas están Sanitas, Nueva EPS, Salud Total y Sura, entre otras.

Para esta demanda, el equipo jurídico del Ministerio eligió el mecanismo de la acción popular, una forma de demanda creada para la defensa de los derechos colectivos y del medio ambiente. Los argumentos de la cartera para presentarla se sustentaban en un informe de la Superintendencia de Salud, en el que se evaluaba el cumplimiento de las EPS en los indicadores de capital mínimo, patrimonio adecuado y régimen de inversión de reserva técnica. Esta evaluación se hizo con base en la información que las EPS habían presentado a la Supersalud.

El punto clave de la demanda se encontraba en las reservas técnicas, que son un respaldo financiero que debería permitir a las EPS cumplir con sus responsabilidades en cuanto a la atención médica de los afiliados. Estas reservas deben ser calculadas considerando factores como la proyección de la demanda de servicios de salud, los costos médicos, las fluctuaciones en la utilización de servicios y otros riesgos financieros.

De acuerdo con la demanda, los derechos que se habían vulnerado eran el acceso oportuno y eficiente a la salud, el patrimonio público y la moralidad administrativa. Con base en esto, el Tribunal revisó la demanda y decidió inadmitirla por considerar que tenían “falencias”.

Según el tribunal, el Ministerio pretende, por medio de la demanda, que las EPS cumplan con sus obligaciones en materia de reservas técnicas y la forma en la que estas tienen que invertirse, funciones consagradas en el Decreto 780 de 2016, que reglamenta las funciones de las entidades del sector salud. Para esto, asegura el juez, el Minsalud “cuenta con otros medio judiciales”.

El Ministerio tendrá tres días para corregir la demanda presentada, con el fin de ajustar sus pretenciones a las de una acción popular. De no hacerlo, el Tribunal de Cundinamarca la rechazará definitivamente.

Cuando se presentó la demanda, Ana María Vesga, directora de Acemi (el gremio de las EPS del régimen contributivo) reaccionó a la acción judicial vía X (antes Twitter) diciendo: “En defensa del diálogo, Acemi ha presentado propuesta para que las Eps se conviertan en Gestoras, ha promovido mesas técnicas para explicar la insuficiencia de la UPC, ha solicitado espacios para profundizar en el análisis de las reservas técnicas. El Ministerio apela a la inacción y ahora a las acciones judiciales y le niega al sistema de salud el diálogo técnico que requiere”.

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Axel(95385)28 de febrero de 2024 - 09:36 p. m.
Que noticia tan boba. En este país, que los jueces inadmitan demandas es lo más común. ¿Qué se hace entonces? Pues se subsana la "deficiencia" encontrada y ya. Que ganas las de los peridistas de darle por la cabeza a este Gobierno. Increíble.
Eduardo(34409)28 de febrero de 2024 - 09:31 p. m.
EL MÁS CRASO DE LOS EJEMPLOS DE LO QUE TRAE LA REFORMA A LA SALUD DE PETRO, CORCHO, JARAMILLO, EL GERENTE DE LA ADRESS, ES LO OCURRIDO EN MANIZALES DONDE POR LA NO INSTALACIÓN DE UN ASCENSOR CERRARON EL SERVICIO DE URGENCIAS Y LA CLÍNICA REMITIÓ A LOS ENFERMOS A UN HOSPITAL Y NO LOS ADMITIÓ PORQUE SALUD TOTAL NO LES PAGA. ASÍ SERÁ LA MENTADA REFORMA A LA SALUD, A PREPARARSE......
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