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La demanda que obligó a Google a borrar la información recolectada en modo privado

Para evitar una multa millonaria, la empresa tecnológica acordó eliminar la información recopilada en los modos incógnitos de Chrome.

04 de abril de 2024 - 11:15 p. m.
Para evitar una multa millonaria, la empresa tecnológica acordó eliminar la información recopilada en los modos incógnitos de Chrome
Para evitar una multa millonaria, la empresa tecnológica acordó eliminar la información recopilada en los modos incógnitos de Chrome
Foto: EFE - JUSTIN LANE
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El 1 de abril, Google acordó eliminar millones de registros de datos web que habían sido recopilados mientras los usuarios utilizaban el modo incógnito para navegación privada. La medida viene como parte de un acuerdo en la demanda colectiva de 2020 liderada por Chasom Brown y otros usuarios de la plataforma, quienes acusaron a la empresa estadounidense de obtener información de forma ilegal en sus búsquedas privadas en internet.

Además de la eliminación de datos, el acuerdo exige una mayor divulgación por parte del gigante tecnológico sobre cómo recopila información en su modo incógnito y límites establecidos para futuros almacenamientos de información en este modo.

¿Qué dice el acuerdo con Google?

La demanda, instaurada en 2020, solicitó una reparación de daños y prejuicios por 5.000 millones de dólares, con base en el valor de la información privada recopilada por Google de sus usuarios. Para contrarrestar los golpes económicos, Google tendrá que eliminar los datos recopilados de navegación privada hasta diciembre de 2023. De igual forma, pactaron que durante cinco años permitirá a los usuarios bloquear por defecto las cookies de terceros en el modo Incógnito para evitar que Google rastree a los usuarios en sitios web ajenos mientras están en navegación privada.

“Este acuerdo garantiza la responsabilidad y transparencia reales del mayor recopilador de datos del mundo y supone un paso importante hacia la mejora y defensa de nuestro derecho a la privacidad en Internet”, afirmaron los demandantes tras la noticia del acuerdo.

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Por su parte, Google, a través de su portavoz Jose Castañeda, comunicó que “estamos encantados de resolver esta demanda, que siempre creímos que carecía de fundamento. Nunca asociamos datos a los usuarios cuando utilizan el modo Incógnito”. A pesar de que los demandantes valoraron la demanda por 5.000 millones de dólares, Castañeda aseguró que “recibieran cero”; no obstante, los particulares pueden presentar reclamaciones y buscar un reparo económico.

Google también acordó que durante cinco años permitirá a los usuarios bloquear por defecto las cookies de terceros en el modo Incógnito para evitar que Google rastree a los usuarios en sitios web ajenos mientras están en navegación privada.

Los inicios de la demanda de Brown vs. Google

En junio de 2020, un grupo de usuarios titulares de cuentas en Google, presentó una demanda colectiva contra la compañía asegurando que la empresa rastreaba y recopilaba datos, incluso en los modos privados de Chrome, Safari y otros navegadores.

Tras la demanda, Google intentó desestimar la denuncia en marzo de 2021; sin embargo, la juez Lucy Koh comunicó en su sentencia que “la empresa no notificó a los usuarios de Google la supuesta recopilación de datos mientras el usuario está en modo de navegación privada”. En consecuencia, debían responder a la demanda colectiva presentada.

El portavoz de Google, José Castañeda, afirmó para el portal de noticias The Verge que la compañía se “defenderá energéticamente contra ellas”. Asimismo, agregó que el modo incógnito de Chrome da a los usuarios la opción de navegar por Internet sin que la actividad se guarde en su navegador o dispositivos “Como indicamos claramente cada vez que abres una nueva pestaña de incógnito, los sitios web podrían recopilar información sobre tu actividad de navegación durante la sesión”.

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En agosto de 2023, la juez Yvonne González asumió el caso y negó una solicitud de sumario para acelerar la resolución de la demanda. González señaló que los avisos de Chrome, la política de privacidad o la pantalla de bienvenida de incógnito no son claros en cuanto al manejo de la información en el modo privado. Agregó que los demandantes tienen pruebas de que el gigante tecnológico “compila datos de navegación habitual y privada en los mismos un mismo registro con la finalidad de generar anuncios personalizados con alta probabilidad de éxito”.

Por su parte, Google se pronunció afirmando que no compartía la decisión de la juez y enfatizaron en que las advertencias en el modo incógnito establecen que los datos no son totalmente privados. Asimismo, indicaron que los demandantes no sufrieron perjuicio económico y que la supuesta recopilación de datos no tuvo incidencia en el mercado.

Finalizaba 2023 y se acercaba el inicio del juicio, la juez González ya había pactado el 5 de febrero de 2024 para comenzar la disputa legal. Sin embargo, el 28 de diciembre, se anunció la suspensión del juicio tras el acuerdo entre Google y los demandantes. En su momento, no se revelaron detalles de las implicaciones del acuerdo entre las dos partes.

Otras demandas a Google

Además de la recopilación de información en la navegación incógnita, Google ha sido demandado por otros aspectos como violación a la privacidad, competencia desleal y el uso de prácticas anticompetitivas en el mercado de la publicidad online.

Prácticas anticompetitivas: En 2020, Epic Games demandó a Google asegurando que la plataforma abusaba del poder para cobrar tarifas excesivas, reducir la innovación y sofocar la competencia. Finalmente, en diciembre de 2023 se resolvió el juicio en favor a la empresa de videojuegos y aún no se han conocido las consecuencias de la sentencia.

Monopolio en el mercado de búsquedas: Actualmente, Google está lidiando con tres demandas en su contra realizadas por diversos estados y el departamento de justicia de Estados Unidos por monopolio en las búsquedas de internet. En Europa ha sufrido multas millonarias en reiteradas ocasiones por parte de la Comisión Europea.

Más información: Nuevo juicio a Google: ¿Monopolio de la publicidad digital o competencia justa?

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