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Esa es la conclusión central de un reciente concepto emitido por la Superintendencia de Industria y Comercio. La razón, según el organismo de control y vigilancia, es que dichas plataformas, como es el caso de Mercado Libre, “no encajan dentro de las definiciones de productor o proveedor que establece la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), pues su función es la de poner en relación a dos personas, sin tener vínculo directo, por lo que no se puede hablar de relación de consumo, para efectos de responsabilidad”.
Lo que sí puede exigirse en esta práctica comercial es que esos portales de contacto publiquen información de los oferentes que permita su identificación, para lo cual deberán contar con un registro en el que conste, como mínimo, el nombre o razón social, documento de identificación y dirección física de notificaciones, de manera que el consumidor pueda presentar quejas o reclamos eventuales.
Con este concepto, la Superintendencia de Industria y Comercio confirma su posición frente al tema, expresado por primera vez en la resolución 40924 de 2012, al resolver un recurso de reposición en relación con la posición de Mercado Libre en una investigación administrativa, en la cual absolvió de responsabilidad a esta plataforma por la venta de un computador en cuya transacción se publicó publicidad engañosa. En este caso, dijo, la sociedad propietaria de la página web no debe responder solidariamente junto al vendedor por las faltas al deber de información que sobre este último se verifique. “En términos de derecho privado, la actividad comercial de la investigada consiste en poner en relación a dos personas para que celebren un negocio sin estar vinculada a las partes por relaciones de colaboración y dependencia, mandato o representación”.
La veracidad de la información en la venta
De acuerdo a la Superintendencia de Industria y Comercio, la información que les corresponde suministrar a las plataformas de contrato para venta de productos es la relacionada con el desarrollo propio de su actividad y las condiciones y restricciones de uso, es decir, las afirmaciones que haga al público sobre las características y cualidades de su servicio.
En este tipo de transacciones los requisitos de veracidad de la información recaen exclusivamente sobre la persona jurídica o natural que ofrece el producto por medio de este tipo de plataformas electrónicas. Sin embargo, la Superindustria y Comercio precisa que cada caso debe ser considerado de manera particular, a efectos de determinar el alcance y modo de la situación planteada, para poder establecer si es o no sujeto de la ley de protección al consumidor.