Publicidad

Carrozas eléctricas para el turismo ya están reglamentadas por el Mintransporte

El Ministerio de Transporte autorizó la circulación de carrozas eléctricas en municipios de Colombia, promoviendo la movilidad sostenible y el bienestar animal en el turismo.

03 de octubre de 2024 - 05:23 p. m.
Mintrasporte reglamentó la circulación de carrozas eléctricas para fines turísticos en municipios, impulsando la movilidad sostenible.
Mintrasporte reglamentó la circulación de carrozas eléctricas para fines turísticos en municipios, impulsando la movilidad sostenible.
Foto: Ministerio de Trasporte

En un avance hacia la sostenibilidad y el turismo ecológico, el Ministerio de Transporte dio luz verde a una nueva era en el transporte turístico. Con la resolución 20243040046465 de 2024, autorizó la circulación de carrozas eléctricas en los municipios del país, lo que representa un paso clave hacia un modelo de transporte más sostenible y respetuoso con el medio ambiente.

La nueva reglamentación establece un marco claro para la operación de carrozas eléctricas en áreas urbanas, dirigido a prestadores de servicios turísticos registrados en el Registro Nacional de Turismo (RNT), autoridades de tránsito, importadores y fabricantes. Según esta normativa para operar, los prestadores de servicios turísticos deben obtener los permisos correspondientes de las autoridades de tránsito, registrar los vehículos, cumplir con los requisitos mínimos de seguridad y contar con pólizas de seguro adecuadas.

“Esta apuesta es un reflejo del compromiso del Gobierno nacional con la movilidad sostenible y un impulso en la industria para la mejora en la prestación del servicio turístico, esperamos que la transformación nos permita seguir dando un consenso social oportuno en el país”, enfatizó el viceministro de Transporte, Eduardo Enríquez Caicedo.

Agregó que con esta reglamentación ya están establecidas todas las “reglas de juego” para facilitar la transición a nivel nacional de vehículos de tracción animal a carrozas eléctricas. El Gobierno espera que esta medida sea adoptada por los alcaldes de todo el país, con el objetivo de promover la preservación del medio ambiente y mejorar el bienestar animal.

Cartagena en un comunicado celebró la medida, pues con esta autorización, la alcaldía cuenta ahora con el aval legal necesario para iniciar este cambio, alineado con el objetivo de erradicar el maltrato animal en la ciudad. Dumek Turbay, alcalde de Cartagena, aseguró que esta transición responde a un fuerte sentimiento ciudadano y es crucial para el desarrollo integral y sostenible de Cartagena, siguiendo los pasos de otras iniciativas como la transformación de la Plaza de Toros en un espacio cultural.

“Cartagena quiere avanzar, la ciudad no quiere más maltrato animal. Ese es uno de los sentires ciudadanos más potentes y que desde el primer día impulsó varias de nuestras decisiones, en cuanto a la defensa de los derechos animales. Es importante recordar que una gran mayoría de la ciudad y de visitantes clama esta transición desde hace muchos años”, dijo el mandatario

Turbay afirmó que este cambio no afectará negativamente el empleo ni la calidad de vida de los cocheros, pues los nuevos coches eléctricos serán entregados a los operadores actuales, mientras que el Distrito comprará los caballos. El alcalde prevé un aumento en la demanda del servicio debido a la eliminación del maltrato animal, lo que podría multiplicar el número de clientes. Además, prometió compensaciones integrales y apoyo total del Distrito para garantizar la seguridad económica de los coches y sus familias.

¿Qué implica la medida?

El Ministerio de Transporte estima que la nueva normativa, que regula el tránsito urbano de coches eléctricos con fines turísticos, contribuirá a generar seguridad jurídica al proporcionar un marco regulatorio claro. Este marco podrá ser aplicado por las autoridades municipales que, dentro de su autonomía, decidan evaluar la viabilidad de implementar este tipo de iniciativas.

El proceso para registrar las carrozas eléctricas comienza con los prestadores de servicios turísticos, quienes deben estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo (RNT). Posteriormente, deberán presentar una solicitud de registro ante las autoridades de tránsito competentes del municipio, acompañada de los siguientes documentos:

  • Nombre, tipo y número de documento de identificación del interesado.
  • Indicación del domicilio principal, señalando su dirección física o electrónica de notificación.
  • Documentos que acrediten que el interesado es propietario o locatario de las carrozas eléctricas con fines turísticos.

Una vez presentada la solicitud, se presume que el interesado garantiza que el vehículo cumple con las condiciones técnicas y mecánicas óptimas, según lo estipulado en la resolución y su Anexo 79. La autoridad de tránsito competente tiene un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la fecha de radicación, para dar respuesta al interesado.

En caso de que la documentación esté incompleta o no cumpla con los requisitos establecidos, la autoridad de tránsito solicitará al interesado que proporcione la información faltante. El solicitante dispone de un mes para presentar los documentos requeridos. Si no lo hace dentro de este plazo, se considerará que ha desistido tácitamente de su solicitud, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

El siguiente paso es registrar la carroza destinada al turismo frente a las autoridades de tránsito competente, pues ellas crearán una base de datos de acceso público. Esta base de datos contendrá información esencial sobre los prestadores del servicio y sus vehículos, en donde incluirán datos como el nombre completo del prestador, su documento de identificación, dirección y correo electrónico. Además, se registrará el número de chasis o carrocería del vehículo, así como los detalles de las pólizas de seguros, incluyendo su número, la entidad emisora y la vigencia.

Tenga en cuenta que en cuanto a la póliza de seguros, todo prestador de servicio que haya registrado una carroza eléctrica para turismo está obligado a suscribir dos tipos de pólizas con una aseguradora debidamente autorizada en Colombia.

  • De accidentes personales: Que ampare a las personas transportadas contra los riesgos de muerte, incapacidad total y permanente, incapacidad temporal y gastos médicos, que pueden causarse con ocasión a la prestación del servicio con un valor asegurado mínimo de quince (15) salarios mínimos mensuales legales vigentes por cobertura.
  • De responsabilidad civil extracontractual: que cubra muerte, lesiones y daños a terceros que pueden causarse con ocasión a la prestación del servicio con un valor asegurado minimo de quince (15) salaries minimos mensuales legales vigentes por cobertura.

Para garantizar la seguridad y el buen funcionamiento de las carrozas eléctricas, el proveedor del servicio autorizado debe implementar un cronograma de mantenimiento y verificación de las condiciones técnico-mecánicas del vehículo. Este mantenimiento debe asegurar que el vehículo cumpla con los parámetros establecidos para su buen funcionamiento y estado, según lo defina la autoridad de tránsito del municipio correspondiente.

En cuanto a la circulación de estos vehículos, la autoridad de tránsito municipal tiene la responsabilidad de definir las vías urbanas por las que podrán transitar las carrozas eléctricas para turismo. Asimismo, esta autoridad determinará las zonas de parqueo designadas para estas carrozas, tanto para antes como después de sus recorridos. Estos buscan organizar y regular el uso de estos vehículos en el espacio urbano, asegurando una convivencia armónica con otros medios de transporte y peatones.

👀🌎📄 ¿Ya está enterado de las últimas noticias del turismo en Colombia y en el mundo? Lo invitamos a verlas en El Espectador.

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta  política.
Aceptar