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¿Con cuántos años pueden viajar solos los menores de edad en un avión en Colombia?

El viaje de menores de edad requiere cumplir con requisitos específicos de documentación y permisos, según la aerolínea y la normativa legal, para garantizar su seguridad y bienestar durante el trayecto.

Leidy Barbosa
14 de diciembre de 2024 - 09:30 p. m.
La clave para que un niño viaje solo es una preparación minuciosa y una comunicación clara y anticipada con la aerolínea para garantizar un viaje seguro y sin contratiempos para el menor.
La clave para que un niño viaje solo es una preparación minuciosa y una comunicación clara y anticipada con la aerolínea para garantizar un viaje seguro y sin contratiempos para el menor.
Foto: freepik
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Los aeropuertos representan un entorno complejo, y esta experiencia puede volverse aún más desafiante cuando se trata de un menor de edad viajando solo. En estos casos, uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta es la edad del niño, ya que esta define las condiciones y protocolos establecidos por las aerolíneas para garantizar su bienestar durante el trayecto. Estas medidas buscan proporcionar un viaje seguro y sin contratiempos, tanto para el menor como para los familiares que confían en este servicio, ofreciendo un equilibrio entre la protección necesaria y la tranquilidad que este tipo de situaciones exige.

Pero antes de entrar en materia es importante considerar que las políticas sobre la edad mínima permitida pueden variar según la aerolínea. María Camila Pulgarín, abogada líder y coordinadora del Centro Jurídico Internacional, señala que este año se han implementado diversos cambios relacionados con el traslado de menores, tanto en vuelos nacionales como internacionales, así como en transporte terrestre.

En Avianca, las políticas para el transporte de menores establecen que los niños menores de 14 años no pueden viajar solos bajo ninguna circunstancia. Deben estar acompañados por un adulto responsable que garantice su cuidado durante el trayecto. Cabe destacar que la aerolínea no ofrece un servicio de acompañante para menores, por lo que aquellos que no cumplan con este requisito de edad no podrán abordar.

Por otro lado, los adolescentes a partir de los 15 años sí pueden viajar sin acompañante, siempre y cuando cuenten con un permiso escrito de sus padres o tutores. Este documento debe estar debidamente autenticado, cumpliendo con las normativas legales correspondientes para permitir su desplazamiento de manera autónoma.

En el caso de LATAM, los niños entre 8 y 12 años cuentan con dos opciones para viajar. Pueden hacerlo acompañados por un adulto mayor de 18 años o de forma independiente utilizando el servicio de menores no acompañados que ofrece la aerolínea. Este servicio está diseñado para brindar asistencia personalizada al menor durante todo el trayecto, garantizando su seguridad y bienestar.

LATAM aclara que los adolescentes entre 12 y 18 años pueden viajar sin compañía, aunque los padres o tutores tienen la opción de contratar el servicio de menor no acompañado si buscan mayor tranquilidad. Este servicio garantiza que el adolescente reciba atención y apoyo desde el momento del embarque hasta su llegada al destino final, ofreciendo una experiencia segura y supervisada.

Es importante tener en cuenta que este servicio está disponible únicamente en vuelos operados por LATAM, por lo que si el itinerario incluye conexiones con otras aerolíneas, se recomienda revisar los requisitos específicos de cada compañía antes de adquirir el boleto. Esto es especialmente relevante para menores entre 12 y 16 años, ya que algunas aerolíneas podrían exigir que viajen acompañados por un adulto responsable en los vuelos de conexión y no podrían ofrecer el servicio de acompañamiento.

¿Qué documentación necesita para que un niño viaje solo?

Según Pulgarín, la normativa colombiana sobre el viaje de menores de edad sin compañía completa está regulada de manera detallada en la Ley 1098 de 2006, conocida como el Código de Infancia y Adolescencia. Esta legislación establece procedimientos claros y específicos para garantizar la seguridad y protección de los niños, niñas y adolescentes durante sus desplazamientos, tanto dentro como fuera del país.

Permisos y Requisitos:

Cuando un menor de edad viaja, la normativa exige diferentes tipos de autorizaciones según la composición del acompañamiento:

  • Si viaja con uno de los padres: Cuando un niño, niña o adolescente salga del país acompañado por solo uno de sus padres, será necesario presentar un permiso escrito de ambos, debidamente notariado. Además, deberá presentar el Registro Civil de Nacimiento, el pasaporte vigente y, en caso de ser necesario, la visa correspondiente según el país de destino.
  • Si viaja con un tercero: Se requiere una autorización expresa de ambos padres o representantes legales, firmada ante notaría. Esta autorización debe ser formal y contener información detallada sobre el viaje, como el lugar de destino, las fechas de salida y regreso, y la persona que acompañará al menor, si es el caso. Además, se deberá presentar el Registro Civil de Nacimiento, el pasaporte vigente y, si corresponde, la visa según el país de destino.
  • Si viaja completamente solo: Se deberán presentar el Registro Civil de Nacimiento, o si es mayor de 15 años, la Tarjeta de Identidad (original), el pasaporte vigente y, si es necesario, la visa según el país de destino. Además, será obligatorio contar con el permiso de salida de ambos padres o del representante legal, debidamente notariado.

Tenga en cuenta que si uno de los padres está inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), será suficiente con la firma del padre o madre responsable y el certificado de inscripción en la base de datos del REDAM.

Contenido del Permiso:

El permiso de salida para menores debe incluir de manera obligatoria:

  • El lugar de destino, el propósito del viaje, las fechas de salida y regreso al país, los datos de identificación del menor y los de la persona que lo acompañará, si aplica.

“Esta normativa busca prevenir situaciones de sustracción, trata de personas o cualquier riesgo que pueda comprometer la seguridad del menor, estableciendo un marco legal que protege los derechos de los niños y adolescentes durante sus desplazamientos”, aseguró la abogada.

¿Hay consecuencias si no se cumplen estos requisitos?

Según Pulgarín, en el ámbito de los viajes de menores de edad, existen consecuencias significativas tanto para los padres o tutores como para las aerolíneas cuando no se cumplen los requisitos legales establecidos. Para los padres y tutores, las principales repercusiones son de carácter económico, lo que significa que podrían perder la inversión realizada en los tiquetes aéreos si no presentan la documentación correcta o completa.

“En cuanto a las aerolíneas, la situación es mucho más compleja y delicada. La Aeronáutica Civil es la entidad encargada de supervisar y sancionar a las compañías aéreas que no cumplan con los protocolos de verificación de documentación para menores. Las aerolíneas están obligadas a realizar una revisión exhaustiva de los documentos que acreditan la autorización de viaje del menor, como copias autenticadas del registro civil y permisos notariales correspondientes”, explicó la experta.

Las sanciones para las aerolíneas pueden ser muy severas, considerando que están exponiendo potencialmente la integridad de un menor de edad. Esto no solo representa una falta administrativa, sino que podría interpretarse como una negligencia que pone en riesgo la seguridad del niño o adolescente. El Código de Infancia y Adolescencia protege especialmente a los menores, lo que significa que cualquier descuido en este sentido puede derivar en investigaciones oficiales, multas considerables e incluso acciones legales.

Por otro lado, la abogada menciona que es fundamental comprender los derechos y protecciones que tienen los niños durante situaciones de retrasos o emergencias, especialmente cuando viajan solos. El tiquete aéreo se encuentra legalmente representado por el tutor o padre de familia responsable que autoriza la salida del menor, lo que implica que este será el interlocutor principal frente a la aerolínea en caso de cualquier eventualidad.

“Cuando un vuelo experimenta retrasos o se presentan circunstancias que impiden su normal desarrollo, los pasajeros, incluidos los menores de edad, tienen derecho a solicitar compensaciones específicas. La normatividad establece diferentes niveles de compensación dependiendo de la duración del retraso. Por ejemplo, si el vuelo se demora entre tres y cinco horas, o incluso sobrepasa las cinco horas, los pasajeros tienen derecho a beneficios adicionales que van más allá de la simple espera”, subrayó.

Estos beneficios pueden incluir:

  • Hospedaje gratuito en caso de retrasos prolongados
  • Traslados entre el aeropuerto y lugares de alojamiento
  • Servicios de alimentación
  • Compensación económica, que puede representar un porcentaje del valor del tiquete
  • Reubicación en otros vuelos
  • Atención y asistencia prioritaria, especialmente tratándose de menores de edad

“Es importante destacar que las compensaciones pueden solicitarse por diversos perjuicios derivados de la interrupción del viaje. El titular del tiquete, que en este caso sería el padre o tutor que autorizó el viaje del menor, es quien tiene la facultad legal de reclamar estas compensaciones directamente a la aerolínea”, puntualizó.

Agregó que la protección de los menores durante estos procesos es prioritaria. Las aerolíneas están obligadas a brindar atención especial, garantizando su seguridad, comodidad y bienestar durante cualquier eventualidad que pueda surgir durante el viaje. Esto incluye proporcionar información clara, asistencia continua y soluciones que minimicen el impacto de los retrasos o cancelaciones.

Recomendaciones finales

Pulgarín puntualiza que viajar con un menor requiere preparación, comunicación y atención a los detalles. Cada paso, debe realizarse con responsabilidad y cuidado, priorizando siempre la seguridad y el bienestar del niño. Estos son algunos consejos que debe tener en cuenta:

  • Selección de aerolínea: La selección de la aerolínea no debe tomarse a la ligera. Cada compañía tiene procedimientos específicos para menores viajando solos, y es crucial elegir aquella que ofrezca las máximas garantías de protección. Esto implica un proceso riguroso que va más allá de simplemente verificar documentos: significa asegurar un acompañamiento permanente, validar meticulosamente cada documento de autorización y establecer un protocolo de seguridad que proteja integralmente al menor durante todo su trayecto. Considere comunicarse con la aerolínea para conocer todos estos requisitos y protocolos.
  • Consideraciones de Edad: Cada aerolínea tiene políticas diferentes respecto a los viajes de menores no acompañados. Algunas establecen rangos de edad estrictos, permitiendo vuelos solo a partir de los 14 o 15 años. Es fundamental investigar y comprender estas políticas antes de planificar cualquier viaje. La edad del menor, su madurez y las regulaciones de la compañía son factores determinantes que requieren una evaluación cuidadosa.
  • Información Médica: La salud y el bienestar del menor deben ser una prioridad absoluta. Comunicar cualquier condición médica, restricción alimentaria o alergia es fundamental. La aerolínea debe estar completamente informada para poder brindar la atención y el cuidado adecuados durante el viaje. Esto incluye proporcionar certificados médicos si son necesarios y establecer claramente los protocolos de atención en caso de cualquier eventualidad.
  • Documentación Completa y Verificación: Reunir la documentación necesaria es un paso crucial. Se requiere no solo la autorización firmada por padres o tutores legales, sino también copias de documentos de identificación, información de contacto detallada de quien recibirá al menor en su destino y cualquier otro documento que la aerolínea pueda solicitar. La precisión y completitud de estos documentos puede marcar la diferencia entre un viaje tranquilo y potenciales inconvenientes.

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Leidy Barbosa

Por Leidy Barbosa

Periodista de la Universidad Externado de Colombia, con énfasis en la producción audiovisual y en animación digital. Apasionada por temas medioambientales y sociales.@leidyramirezbLbarbosa@elespectador.com

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