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En 104 páginas, Robert K. Goldman, Carlos Ayala, Philippe Texier y Wilder Tayler, miembros de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ), resumieron sus análisis sobre el año y medio de funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
En este informe, estos abogados y jueces internacionales, reconocidos en el mundo por acompañar procesos de justicia transicional y la defensa de los derechos humanos, decidieron enumerar una serie de recomendaciones que podrían pulir la JEP, un modelo que, según ellos, es muy complejo.
Mejorar la participación y la seguridad de las víctimas, incentivar a civiles involucrados en el conflicto a participar y perfeccionar la difusión de las decisiones son algunos de los desafíos que fueron entregados a Patricia Linares, presidenta de la JEP, y al presidente Iván Duque.
1. Mayor independencia
El primer desafío que planteó la CIJ fue la independencia de la JEP. Y eso se ve, según ellos, reflejado en varias aristas. Por ejemplo, les preocupa que, a pesar de que la JEP haya solicitado 372.000 millones de pesos para su funcionamiento, recibiera 292.465 millones, es decir, un poco menos del 80% de los recursos solicitados, lo que podría traducirse en la afectación de los casos que ya se han abierto.(Lea también: Procesos en la JEP no pueden ser secretos: abogados internacionales)
“Los recortes sí reflejan un cambio preocupante en las prioridades del nuevo gobierno. Ciertamente, la implementación del Acuerdo Final de Paz no parece ser una prioridad al momento de decidir la asignación de recursos”, señala el documento.
Junto con los recortes presupuestarios, también destacan que en ninguna de las 20 metas principales del Plan Nacional de Desarrollo (2018-2022) se haga referencia a la implementación del Acuerdo Final de Paz ni existan “referencias a la consolidación de la paz, a la reconciliación nacional o a la garantía de los derechos de las víctimas del conflicto armado interno”.
Los abogados le recuerdan al Gobierno Nacional en el informe que, si se incumple con lo pactado, también “se encuentra en juego el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos y garantía de los derechos de las víctimas”.
Por otro lado, la CIJ considera que algunas autoridades han llevado a cabo actuaciones que han afectado la independencia judicial de la JEP y pueden torpedear la labor de la justicia o afectar las reglas del Estado de Derecho. Se refieren, principalmente, a la demora en la sanción del Proyecto de Ley Estatutaria de la JEP por parte del Gobierno y los choques constantes entre la rama judicial y la ejecutiva. Para los analistas, si bien el Gobierno puede expresar sus preocupaciones, se deben respetar los fallos de los jueces de la República y dejar atrás los intentos de modificar lo que ya se juzgó.
Los abogados de la CIJ están convencidos de que este tipo de acciones exacerban la polarización en el país con respecto a la implementación de la paz y deja un manto de duda sobre la JEP, un tribunal de rango constitucional, que en este momento debería ser respaldado por los ciudadanos y las instituciones del Estado.
2. Derechos de las víctimas
La CIJ hizo un especial énfasis en la importancia de la participación de las víctimas en todas las etapas de los procesos que adelanta esta justicia transicional. Para esta organización internacional, es necesario “que la JEP realice algunos ajustes para hacerla más efectiva”.Por ejemplo, sugieren que las víctimas participen en las versiones voluntarias, una de las primeras etapas en las que quienes se acogen narran por primera vez los hechos relacionados con el conflicto armado ante los magistrados. De hecho, para los expertos, sería ideal que estas diligencias fueran públicas.“La Sala de Reconocimiento de Verdad estableció que las versiones voluntarias que se rinden en los macro casos son privadas y las víctimas no pueden asistir. Para garantizar sus derechos, la Sala ha dispuesto que las víctimas acreditadas tengan acceso a las grabaciones de las versiones y puedan presentar por escrito sus comentarios. Sin embargo, esto resulta insuficiente para garantizar sus derechos", dice el documento.
(Lea también: Colombia, ¿en la mira de la justicia internacional?)
Si bien ya la JEP aceptó la participación de las víctimas en estas diligencias para el caso 003, sobre ejecuciones extrajudiciales, la CIJ espera que se aplique para los otros seis casos de la jurisdicción y no se restrinjan los derechos de quienes buscan la verdad y esperan ser reparadas.
Asimismo, mencionaron la importancia de la participación de las víctimas en las decisiones sobre los beneficios temporales que se les otorgan a quienes son juzgados por esta justicia, como la libertad condicional. El informe señala que “en estos procedimientos pueden surgir y discutirse cuestiones relevantes para las víctimas, incluidos los posibles riesgos a su seguridad personal por la liberación del victimario”. Además, hay que tener en cuenta que esas garantías pueden ser fijas, si quienes están acogidos a la JEP cumplen con una serie de compromisos.
La CIJ también le sugirió a la JEP abrir espacios o crear guías para explicarles a las víctimas su participación en cada etapa de los procesos: “El hecho de que las víctimas sepan que pueden participar resulta insuficiente, si no se dota de contenido al derecho. Definir el “para qué” la participación de las víctimas es tan importante como el “cuándo” y el “cómo” participan. Las víctimas no solo tienen derecho a ser oídas, sino presentar argumentos y pruebas que influyan en las decisiones que adopte la JEP”.
3. Protección de las víctimas
Para promover la participación de las víctimas es prioridad garantizar su seguridad, sobre todo ahora que ha habido un recrudecimiento de la violencia contra líderes y lidersa sociales, muchos de ellos afectados por el conflicto. En ese sentido, consideran urgente una respuesta rápida y efectiva cuando ponen en conocimiento una situación de riesgo: “La Unidad de Investigación y Acusación (UIA) debería darle prioridad al trámite de este tipo peticiones y comunicar oportunamente los resultados a la magistratura. Al mismo tiempo, la magistratura tiene que hacer seguimiento a las solicitudes que ha elevado a la UIA para poder darles una respuesta oportuna a las víctimas”.En el informe, manifiestan que deben evitarse “los errores cometidos en la solicitud de medidas de seguridad por parte de Alfamir Castillo Bermúdez. En efecto, la adopción de medidas de protección en este caso fue tardía, y como consecuencia, Alfamir Castillo Bermúdez sufrió un atentado”. Y denuncian que “a junio de 2019, las medidas ordenadas por la JEP no han sido implementadas”.
4. Claridad de las decisiones
Otro tema que se destaca en el informe es la necesidad de explicar las decisiones que toman los magistrados de la JEP. “Aunque ha habido esfuerzos en esta materia, todavía existe desconocimiento entre las víctimas y la ciudadanía sobre las funciones de la JEP y las decisiones adoptadas. Esto sucede en mayor grado en las zonas remotas del país y en los casos en que las víctimas no se encuentran organizadas”. Por el desconocimiento, en las regiones ya se han presentado situaciones de suplantación, donde personas ajenas a la JEP han pedido dinero para la realización de trámites en la jurisdicción.(Le puede interesar: Los desafíos de la JEP, según el ICTJ)
Con respecto a la difusión de las decisiones, es urgente que la JEP constantemente actualice su página web con sus sentencias o autos. Eso no sólo ayudará a que la ciudadanía pueda acceder a información pública, sino también a que haya una mayor transparencia en la rendición de cuentas de su labor, según la CIJ.
5. Incentivar a los civiles a acogerse y demostrar que habrá sanciones
En vista de que una de las modificaciones más importantes que sufrió el diseño original de la JEP fue que los civiles deben acogerse de manera voluntaria, para la CIJ, esta justicia debe armar más estrategias para ser atractiva para estas personas. De no entrar al sistema, el informe deja la preocupación que “la JEP no pueda ofrecer a las víctimas una respuesta completa, en términos de verdad y atribución de responsabilidad, al estar por fuera de su competencia un grupo de personas que pudieron haber jugado un papel determinante en el conflicto armado”.Para desarrollar esa tarea, asegura el análisis, la JEP debe antes dejar claro su rol como tribunal de justicia para las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el conflicto colombiano. Y eso significa que se encuentren respuestas y verdades que no se hallaron en la justicia ordinaria. Así las víctimas recibirían la verdad y los victimarios sus sanciones correspondientes, que en la JEP están ligadas a actos restaurativos.
Adicionalmente, esta justicia debe aplicar de manera adecuada su sistema de sanciones: “Esto implica que, aunque la JEP ejerce sus funciones desde un enfoque restaurativo, debe dar cumplimiento a los estándares internacionales relacionados con la sanción de los responsables de los crímenes graves en contra de los derechos humanos”.
Las sanciones propias, es decir, las que no contemplan la cárcel a cambio de verdad, pueden ser debatidas, pues en los casos que se cometieron delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidios “la imposición de penas leves que no impliquen la privación efectiva de la libertad de los responsables puede no solo resultar ofensivas para el derecho a la justicia de las víctimas, sino que pueden incluso fomentar la impunidad y la repetición futura de dichas conductas”.
Es por esto que los abogados piden que la aplicación de las sanciones esté antecedida de una labor seria de contrastación y verificación del reconocimiento de verdad y de responsabilidad por parte de quienes se acogen.