Ordenan cierre de discotecas y bares en todo el país

La medida estará vigente hasta el próximo 15 de abril. Con la expedición del decreto 420 de 2020, el gobierno da instrucciones a alcaldes y gobernadores para el manejo del orden público en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus.

-Redacción Nacional
19 de marzo de 2020 - 07:55 p. m.
Se cierran bares, discotecas y casinos en todo el país. La medida estará vigente hasta el 15 de abril. / Pixabay
Se cierran bares, discotecas y casinos en todo el país. La medida estará vigente hasta el 15 de abril. / Pixabay
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El Ministerio de Salud y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ordenaron a través de la Resolución 453 de 2020 el cierre de bares, discotecas y casinos en todo el país debido a la emergencia sanitaria por coronavirus. Además, los restaurantes que están dentro de los bares podrán dar servicio, pero no congregando a las personas en los locales. La medida estará vigente hasta el próximo 15 de abril.

“Los establecimientos de esparcimiento y diversión, como bares, discotecas y casinos, son espacios donde el contacto entre las personas es mayor y por lo tanto son lugares que favorecen la propagación del virus, por eso es necesario clausurarlos temporalmente”, señaló el ministro de Comercio José Manuel Restrepo.

Aunque los restaurantes de los bares podrán ofrecer servicio, este solo se hará a través de domicilios, comercio electrónico, o entrega para llevar. La medida no se aplica para los servicios hoteleros ni en establecimientos que presten servicios públicos. Violar las medidas tendrá como consecuencia sanciones económicas.

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Además, el decreto 420 de 2020 establece instrucciones que deben ser tenidas en cuenta por alcaldes y gobernadores en materia de orden público para contener la emergencia. Se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes, reuniones y aglomeraciones, a partir de las 6:00 p.m. de este jueves, hasta las 6:00 a.m del día sábado 30 de mayo de 2020.  Además, se restringen las aglomeraciones de más de 50 personas. 

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En el decreto el Gobierno Nacional plantea que las medidas de restringir el derecho de circulación, como toque de queda y simulacros, no pueden impedir el servicio de transporte terrestre de pasajeros, tampoco de carga y modalidad especial, pues estas corresponden a la prestación de un servicio público. Tampoco se permite establecer restricciones de tránsito en las vías nacionales. 

Por -Redacción Nacional

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