Escucha este artículo
Audio generado con IA de Google
0:00
/
0:00
En el marco de la emergencia económica decretada por la propagación del coronavirus, el Gobierno Nacional anunció hace unos días el subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante.
Las personas cesantes que se postulen tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones, calculado sobre un salario mínimo legal mensual vigente (smlmv). "Adicionalmente, recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicables al Sistema de Subsidio Familiar", explicó el Ministerio del Trabajo.
Lea también: Trabajadores que lo necesiten podrán retirar cesantías
Así mismo, se le cubrirá una transferencia económica para los gastos de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario. Esta será por un valor de dos 2 salarios mínimos, que se dividirán en 3 mensualidades iguales.
El subsidio va dirigido exclusivamente a los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes y que durante el tiempo que hayan estado afiliados a las cajas de compensación familiar pertenezcan a las categoría A y B.
Este subsidio también cobija a aquellas personas que no perciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado aportes a una caja de compensación durante un año continuo o de manera intermitente en los últimos cinco años.
Los postulantes deben acreditar una certificación sobre la terminación del contrato de trabajo (en caso de trabajadores dependientes) o de cese de ingresos (en caso de independientes) ante la última caja de compensación familiar
a la que estuvo afiliado.
Simultáneamente, debe diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante, que puede encontrar haciendo clic aquí. Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva caja. El documento debe ser firmado y remitido a la caja, que se encargará de valdar el requisito.
"En el evento en que existan aportes realizados a una caja de compensación diferente, se le deberá requerir para que certifique lo pertinente, respuesta que debe dar en un término no superior a 3 días hábiles, dentro de los cuales no se suspenderá el plazo para decidir acerca del reconocimiento o no del beneficio", explicó la cartera.
Los recursos podrán ser apalancados a través de la administración del Fondo de Solidaridad de Fomento al
Empleo y Protección al Cesante, FOSFEC, mediante el concepto financiero de unidad de caja entre las subcuentas del fondo, para tratar de tener la mayor cobertura en cada uno de los territorios.
Le puede interesar: Gobierno prohíbe desalojo de arrendatarios durante emergencia por coronavirus
El ministerio aclaró que aquellos cesantes a quienes se le reconozcan prestaciones derivadas del Mecanismo de Protección al Cesante, perderán los beneficios en caso que obtengan una fuente directa de ingresos o realicen una actividad remunerada.
También lo perderán quienes renuncien a estas prestaciones o rechacen, sin causa justificada, la ocupación que le ofrezca el Servicio Público de Empleo, cuando esta ocupación le permita ganar una remuneración igual o superior al 80 % de la última devengada y no se deterioren las condiciones del empleo anterior.
La misma sanción aplica para aspirantes que se postulen a más de una caja de compensación familiar para recibir el beneficio o si lo recibió a través de engaño o simulación.