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Falcao habló con los defensores peruanos. A señalarles que el resultado de los otros encuentros les servía a ambas selecciones. Con la mano en la boca se los repitió. Paolo Guerrero lo confirmó con el banco y la respuesta fue positiva. La presión de ambos combinados cesó y en los minutos de descuento el balón fue de lado a lado. Se paseó por el gramado del estadio Nacional de Lima entre pases de los defensores del cuadro inca. El partido finalizó 1-1. Colombia clasificó, Perú se ganó el cupo al repechaje y Chile eliminado. Se habló de una posible demanda, pero la federación de fútbol de ese país no hará ningún reclamo.
“Es un rumor sin fundamento”, le dijo el vicepresidente de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), Andrés Fazio Molina a Blu Radio. “No se tomará ninguna media en contra de Perú y Colombia”, agregó. La decisión se tomó en la reunión que tuvieron los directivos el miércoles después de que el seleccionado chileno quedara eliminado del Mundial. Se descartó puesto que esperan que sea la FIFA la que tome decisiones al respecto.
En la noche del miércoles, según lo aseguró en Fox Sports Radio Sur Fernando Solabarrieta, la federación de fútbol de Chile estaría esperando que la Fifa actúe de oficio con respecto a las declaraciones del jugador peruano reconociendo una suerte de arreglo en los últimos minutos, “si no, eventualmente podría actuar la Federación”, dijo el periodista del programa.
¿Qué dice el reglamento FIFA?
En el artículo 6.3.2 se destaca la influencia ilícita en el curso o resultado de los partidos. En el apartado del reglamento de la Federación Internacional de Fútbol en el que sobresalen cuatro puntos, se resalta que “todo aquel que trate de conspirar o en efecto conspire para influir en el curso o el resultado de un partido de forma contraria a la ética deportiva será sancionado con la suspensión de partidos o la prohibición de participar en toda actividad relacionada con el fútbol, así como con una multa significativa y proporcionada, independientemente de que haya cometido la infracción de esta disposición por motivos económicos, para obtener ventaja deportiva o con cualquier otro fin”.
El segundo punto precisa que: “Quien ayude a otra persona a cometer alguna de las infracciones del apartado 1 será sancionado de la misma manera”. También se resalta que en caso de que sea un jugador o un oficial quien influya ilícitamente en el curso o el resultado de un partido, tal como describe el punto 1, también se podrá sancionar al club o a la asociación a la que pertenezca el jugador o el oficial. “En los casos graves se podrá sancionar al infractor con la exclusión de una competición, el descenso a una categoría inferior, la sustracción de puntos y/o la devolución de premios”.
El artículo finaliza precisando: “Incluso en los casos de influencia ilícita en el partido, el resultado del mismo permanece inalterable”.