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La Corte Constitucional decidió revisar la tutela que defendió el derecho de Las Igualadas, un canal de opinión de El Espectador, a expresarse libremente. Aunque en un principio el tribunal no había considerado necesario decir nada más sobre el caso, el magistrado Carlos Bernal Pulido presentó un escrito de insistencia. Ahora, una sala de tres jueces podrá fallar de nuevo sobre el tema.
Este año, la popular youtuber colombiana, Kika Nieto, interpuso una acción de tutela contra el espacio Las Igualadas, de El Espectador. En su escrito, argüía que su buen nombre estaba siendo manchado por una crítica realizada en un video de Las Igualadas. Sin embargo, el juez de primera instancia encontró que no había ningún derecho vulnerado y que las periodistas de El Espectador estaban ejerciendo su derecho a la libre expresión. (Ver: Kika Nieto intentó callarnos - Las Igualadas)
Nieto no apeló esa decisión. Sin embargo, sí radicó una carta en la Secretaría General de la Corte Constitucional el 13 de septiembre de 2018 pidiendo que el caso fuera revisado. El magistrado Carlos Bernal Pulido fue el único magistrado que decidió presentar escrito de insistencia, lo que ocasionó que seleccionaran la tutela.
Lo curioso es que, en su escrito de insistencia, el magistrado Bernal introduce un argumento que nunca se trató por ninguna de las partes durante el pleito en primera instancia: la libertad religiosa. Según el juez, “los hechos que dieron lugar a este litigio constitucional podrían implicar la afectación del derecho a la libertad de conciencia y la libertad de culto”.
(Ver: La “youtuber” que intentó censurar a El Espectador)
En el video de respuesta a la decisión de tutela en su contra, Nieto había argumentado que todo se trataba de una persecución religiosa en su contra. El video original de Las Igualadas nunca hace mención a la religión de la youtuber.
Expertos consultados por El Espectador ven con preocupación que un caso de libertad de expresión sea reinterpretado a la luz de la libertad de culto. Como contó El Espectador cuando Bernal fue elegido para la Corte Constitucional, su candidatura fue ampliamente apoyada por la senadora Viviane Morales y por sectores políticos cristianos. (Ver: Más allá de la religión de los nuevos magistrados de la Corte Constitucional)
Los expertos también explicaron que la revisión de sentencias de tutela, más cuando no han sido apeladas, es un recurso extraordinario que suele reservarse para los casos más complicados y de mayor importancia. ¿Por qué, entonces, va la Corte Constitucional a mirar un asunto que fue decidido con facilidad y citando una amplia jurisprudencia sobre libertad de expresión?
Por su parte, la Fundación para la Libertad de Prensa, FLIP, expresó su preocupación por no haber podido consultar el expediente del caso. Luisa Fernanda Isaza, abogada de la fundación, explicó que "Desde la FLIP hemos hecho seguimiento del caso y enviamos nuestro concepto cuando se resolvió la tutela en primera instancia. Estuvimos atentos de la llegada del caso a la Corte y solicitamos al magistrado ponente que nos permitiera acceder al expediente para intervenir con nuestro concepto experto en el caso, como hemos hecho en tantos casos que tocan el ejercicio de la libertad de expresión en Colombia. Sin embargo, el magistrado nos dijo que no podíamos participar, por no ser partes en el proceso. Esto es bastante atípico, ya que los magistrados suelen reconocer el interés legítimo que la fundación tiene en estos casos y le permiten intervenir".
El magistrado Luis Guillermo Guerrero será el ponente de la decisión, que será sometida a consideración de una sala conformada también por los magistrados Antonio José Lizarazo y Alejandro Linares. Todavía hay espacio para que organizaciones participen con intervenciones ante el tribunal.
Aquí puede encontrar la sentencia original de la tutela.
Este es el documento de la tutela que presentó Kika Nieto.
* Juan Carlos Rincón Escalante, abogado con magíster en Derecho de la Universidad de los Andes, hace parte del equipo de Las Igualadas.