El pleito por la finca “Terrores”, que “Julián Bolívar” quiere utilizar para reparar a víctimas
Una pareja de campesinos asegura que vendieron su tierra obligados y nunca recibieron el dinero pactado. Sin embargo, el exjefe paramilitar señaló que el bien hacía parte de la organización y podría terminar siendo utilizado para reparar a otras víctimas de las Auc.
En noviembre de 2018, el exjefe del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas, Rodrigo Pérez Alzate, conocido en la guerra como Julián Bolívar, le dio a la justicia una lista de bienes que hacían parte de la organización paramilitar y que podrían servir para reparar a sus víctimas. Fue así como la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bucaramanga ordenó embargar una serie de predios, entre ellos, la finca “Terrores”, ubicada en Simití, en pleno corazón del Magdalena Medio bolivarense. Una pareja de campesinos asegura que el predio era suyo y fueron despojados, pero continúan sin poder acceder a la tierra.
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Desde que Julián Bolívar le dijo a Justicia y Paz que esta finca era de propiedad de la organización paramilitar, la Sala decretó medidas cautelares de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo de dominio. Es decir, ordenó que el predio quedara bajo custodia del Estado para que se protegiera mientras cursan los procesos judiciales contra el exjefe de las Auc y todo su bloque, pues cuando se emita una sentencia deberá garantizarse la reparación a las víctimas, que los exparamilitares pagarán con predios como “Terrores”. Dos meses después de impuestas las medidas cautelares, una pareja de campesinos las apeló.
En enero de 2019, la mujer le pidió al Tribunal de Bucaramanga que tumbara su propia decisión, pues aseguró que ella era poseedora de la finca. Según contó, el predio era suyo y de su difunto compañero sentimental, pero que se lo tuvieron que vender a la fuerza a las Auc por $130 millones, aunque al final solo recibieron las arras, que eran unos $10 millones. Entre las pruebas que allegó estaba, por ejemplo, la resolución con la que el extinto Incora (Instituto Colombiano de la Reforma Agraria) les entregó el predio y su inscripción en el Registro Único de Víctimas, donde aseguró haber sufrido despojo y desplazamiento.
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No obstante, para levantar las medidas cautelares, dijo Justicia y Paz, necesitaba demostrar que era poseedora de buena fe exenta de culpa. Es decir, que había vuelto al predio sin saber la historia que tenía con el conflicto o que hacía parte de la “reserva estratégica” de los paramilitares, como señaló el propio Julián Bolívar. Aunque la mujer pidió que se le reconociera que era cabeza de hogar y madre de un hijo con discapacidad, el Tribunal de Bucaramanga dijo que no les correspondía a ellos “determinar si la petente fue o no objeto de despojo, ya que esa temática le compete a la Jurisdicción de Restitución de Tierras”.
El caso llegó, entonces, a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Allí, la magistrada Patricia Salazar rechazó que el Tribunal hubiera accedido a tramitar el recurso de apelación que interpuso la mujer. “En Justicia y Paz resulta improcedente atender peticiones de quienes aducen la condición de víctimas del despojo o abandono forzado, así se presenten a modo de terceros opositores de buena fe exenta de culpa, porque el legislador creó la jurisdicción de restitución de tierras como escenario natural para resolver todas las reclamaciones que en esa materia se presenten”, dice el documento.
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Para la Corte Suprema, una vez la mujer sustentó su petición en el hecho de haber sido víctima de despojo del predio que ahora ocupaba, “a la primera instancia le correspondía remitir la solicitud a la Unidad de Restitución de Tierras, por ser la competente para examinar y resolver ese tipo de controversias y no, decidir el pedimento y de manera adicional, disponer el trámite destacado como equivocadamente procedió”. Por ende, la Sala Penal anuló la decisión del Tribunal de Bucaramanga. Mientras tanto, la mujer sigue sin recibir respuesta por su reclamación como dueña de “Terrores”.
En noviembre de 2018, el exjefe del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas, Rodrigo Pérez Alzate, conocido en la guerra como Julián Bolívar, le dio a la justicia una lista de bienes que hacían parte de la organización paramilitar y que podrían servir para reparar a sus víctimas. Fue así como la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bucaramanga ordenó embargar una serie de predios, entre ellos, la finca “Terrores”, ubicada en Simití, en pleno corazón del Magdalena Medio bolivarense. Una pareja de campesinos asegura que el predio era suyo y fueron despojados, pero continúan sin poder acceder a la tierra.
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Desde que Julián Bolívar le dijo a Justicia y Paz que esta finca era de propiedad de la organización paramilitar, la Sala decretó medidas cautelares de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo de dominio. Es decir, ordenó que el predio quedara bajo custodia del Estado para que se protegiera mientras cursan los procesos judiciales contra el exjefe de las Auc y todo su bloque, pues cuando se emita una sentencia deberá garantizarse la reparación a las víctimas, que los exparamilitares pagarán con predios como “Terrores”. Dos meses después de impuestas las medidas cautelares, una pareja de campesinos las apeló.
En enero de 2019, la mujer le pidió al Tribunal de Bucaramanga que tumbara su propia decisión, pues aseguró que ella era poseedora de la finca. Según contó, el predio era suyo y de su difunto compañero sentimental, pero que se lo tuvieron que vender a la fuerza a las Auc por $130 millones, aunque al final solo recibieron las arras, que eran unos $10 millones. Entre las pruebas que allegó estaba, por ejemplo, la resolución con la que el extinto Incora (Instituto Colombiano de la Reforma Agraria) les entregó el predio y su inscripción en el Registro Único de Víctimas, donde aseguró haber sufrido despojo y desplazamiento.
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No obstante, para levantar las medidas cautelares, dijo Justicia y Paz, necesitaba demostrar que era poseedora de buena fe exenta de culpa. Es decir, que había vuelto al predio sin saber la historia que tenía con el conflicto o que hacía parte de la “reserva estratégica” de los paramilitares, como señaló el propio Julián Bolívar. Aunque la mujer pidió que se le reconociera que era cabeza de hogar y madre de un hijo con discapacidad, el Tribunal de Bucaramanga dijo que no les correspondía a ellos “determinar si la petente fue o no objeto de despojo, ya que esa temática le compete a la Jurisdicción de Restitución de Tierras”.
El caso llegó, entonces, a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Allí, la magistrada Patricia Salazar rechazó que el Tribunal hubiera accedido a tramitar el recurso de apelación que interpuso la mujer. “En Justicia y Paz resulta improcedente atender peticiones de quienes aducen la condición de víctimas del despojo o abandono forzado, así se presenten a modo de terceros opositores de buena fe exenta de culpa, porque el legislador creó la jurisdicción de restitución de tierras como escenario natural para resolver todas las reclamaciones que en esa materia se presenten”, dice el documento.
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