JEP ordena el arresto del gobernador de Caldas y de dos alcaldes del departamento
Se trata del gobernador Luis Carlos Velásquez Cardona, y de los alcaldes de Riosucio, Marlon Alexander Tamayo Bustamante, y de Supía, Marco Antonio Londoño Zuluaga. Según la decisión, los tres incumplieron órdenes dadas por esta justicia transicional para proteger los derechos de las víctimas de desaparición forzada.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó el arresto del gobernador de Caldas, Luis Carlos Velásquez Cardona, por no cumplir con una serie de órdenes emitidas por esta justicia transicional, en el marco de las medidas cautelares adoptadas para proteger a las víctimas de desaparición forzada que se puedan hallar en el territorio Ancestral indígena San Lorenzo, de los embera.
Por estos mismos motivos, la JEP también ordenó el arresto de los alcaldes de Riosucio, Marlon Alexander Tamayo Bustamante, y de Supía, Marco Antonio Londoño Zuluaga, quienes deberán permanecer tres días bajo la custodia de la Policía de sus municipios. En cuanto al gobernador Velásquez, dice el fallo, tendrá que estar dos días en el Comando de la Policía Metropolitana de la ciudad de Manizales.
(En contexto: Resguardo indígena de San Lorenzo (Caldas): el nuevo lugar donde la JEP busca desaparecidos)
Este caso tiene que ver con una serie de medidas cautelares que ordenó la JEP en septiembre del año pasado. Según el expediente, esa decisión busca proteger varios lugares, dentro del resguardo indígena de San Lorenzo, en donde posiblemente había personas desaparecidas que fueron enterradas allí en medio del conflicto armado.
En concreto, lo que la JEP estipuló en esas medidas fue, primero, la creación de varias comisiones, con el apoyo de las autoridades locales e indígenas, para explorar las zonas donde posiblemente pudieran estar las víctimas. Además, la jurisdicción pidió informes bimestrales para saber el avance de estos grupos de trabajo.
(Le podría interesar: Encuentran 46 cuerpos que podrían ser de víctimas de resguardo indígena en Caldas)
Con el paso del tiempo, el trabajo de la comisión se fue embolatando, entre reuniones y trámites burocráticos, entre las Alcaldías de Riosucio y Supía y la Gobernación de Caldas. Mientras que las primeras le pedían plata a la segunda para poder realizar las exploraciones y organizar otros asuntos logísticos, lo que miembros de la gobernación contestaron es que nunca fueron informados del asunto.
Además de este trabajo, la JEP ordenó en esas medidas cautelares la consolidación de un protocolo de riesgos para las alcaldías de Riosucio y Supía y se diera un adecuando manejo a los cementerios de El Carmen y San Nicolás, ubicados en la zona. Lo que evidenció la Sala de Ausencia de Reconocimiento de Verdad es que las autoridades incumplieron las órdenes.
(Lea tambuén: Los espíritus que, según los embera, complican una restitución de tierras)
Para la JEP, “Luis Carlos Velásquez Cardona, gobernador de Caldas, Marlon Alexander Tamayo Bustamante, alcalde de Riosucio, y Marco Antonio Londoño Zuluaga, alcalde de Supía, actuaron con culpa grave en tanto actuaron con inobservancia del cuidado que cualquier persona imprime en sus actuaciones”.
Y agregó: “Nótese que pese a que pudieron actuar de manera diligente no hicieron, ni siquiera buscaron alternativas en plazos razonables para dar cumplimiento a las órdenes impartidas; pese a que el despacho sustanciador, mediante diferentes requerimientos, hizo seguimiento a las órdenes impartidas.
Para conocer más sobre justicia, seguridad y derechos humanos, visite la sección Judicial de El Espectador.
La Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ordenó el arresto del gobernador de Caldas, Luis Carlos Velásquez Cardona, por no cumplir con una serie de órdenes emitidas por esta justicia transicional, en el marco de las medidas cautelares adoptadas para proteger a las víctimas de desaparición forzada que se puedan hallar en el territorio Ancestral indígena San Lorenzo, de los embera.
Por estos mismos motivos, la JEP también ordenó el arresto de los alcaldes de Riosucio, Marlon Alexander Tamayo Bustamante, y de Supía, Marco Antonio Londoño Zuluaga, quienes deberán permanecer tres días bajo la custodia de la Policía de sus municipios. En cuanto al gobernador Velásquez, dice el fallo, tendrá que estar dos días en el Comando de la Policía Metropolitana de la ciudad de Manizales.
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Este caso tiene que ver con una serie de medidas cautelares que ordenó la JEP en septiembre del año pasado. Según el expediente, esa decisión busca proteger varios lugares, dentro del resguardo indígena de San Lorenzo, en donde posiblemente había personas desaparecidas que fueron enterradas allí en medio del conflicto armado.
En concreto, lo que la JEP estipuló en esas medidas fue, primero, la creación de varias comisiones, con el apoyo de las autoridades locales e indígenas, para explorar las zonas donde posiblemente pudieran estar las víctimas. Además, la jurisdicción pidió informes bimestrales para saber el avance de estos grupos de trabajo.
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Con el paso del tiempo, el trabajo de la comisión se fue embolatando, entre reuniones y trámites burocráticos, entre las Alcaldías de Riosucio y Supía y la Gobernación de Caldas. Mientras que las primeras le pedían plata a la segunda para poder realizar las exploraciones y organizar otros asuntos logísticos, lo que miembros de la gobernación contestaron es que nunca fueron informados del asunto.
Además de este trabajo, la JEP ordenó en esas medidas cautelares la consolidación de un protocolo de riesgos para las alcaldías de Riosucio y Supía y se diera un adecuando manejo a los cementerios de El Carmen y San Nicolás, ubicados en la zona. Lo que evidenció la Sala de Ausencia de Reconocimiento de Verdad es que las autoridades incumplieron las órdenes.
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Para la JEP, “Luis Carlos Velásquez Cardona, gobernador de Caldas, Marlon Alexander Tamayo Bustamante, alcalde de Riosucio, y Marco Antonio Londoño Zuluaga, alcalde de Supía, actuaron con culpa grave en tanto actuaron con inobservancia del cuidado que cualquier persona imprime en sus actuaciones”.
Y agregó: “Nótese que pese a que pudieron actuar de manera diligente no hicieron, ni siquiera buscaron alternativas en plazos razonables para dar cumplimiento a las órdenes impartidas; pese a que el despacho sustanciador, mediante diferentes requerimientos, hizo seguimiento a las órdenes impartidas.
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