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Que una región en Colombia sea considerada como un sujeto que tiene derechos, tal como los tiene un ciudadano del común, es un hecho histórico en el país y una noticia de interés mundial. La Amazonía colombiana acaba de recibir esta categoría por parte de la Corte Suprema de Justicia, que estudió una tutela y resolvió el caso en el que podría ser el primer fallo judicial en Latinoamérica en contra del cambio climático a nivel internacional. Para el alto tribunal, las autoridades en Colombia no están haciendo lo suficiente para proteger la zona de la deforestación y de los efectos del cambio climático.
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Entre las órdenes que emitió la Corte, está la de ordenar a la Presidencia y al Ministerio de Ambiente a que, en un plazo de no más de cuatro meses, formule un plan de acción de corto, mediano y largo plazo para contrarreste la tasa de deforestación en la Amazonía, en donde se haga frente a los efectos del cambio climático. Asimismo, el alto tribunal ordenó a las anteriores autoridades a que dentro de cinco meses formulen un pacto intergeneracional por la vida del amazonas colombiano, en donde se adopten medidas encaminadas a reducir a cero la deforestación y las emisiones de gases efecto invernadero.
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La Corte Suprema, para tomar esta decisión inédita, estudió una tutela que presentaron 25 niños, niñas y jóvenes de Colombia entre los siete y los 26 años, con el apoyo de la organización Dejusticia. Al revisar el recurso judicial, el alto tribunal estableció que el Estado colombiano no ha hecho lo suficiente para enfrentar la problemática de la deforestación en la Amazonía, pese a haber suscrito numerosos compromisos internacionales y a existir en el país suficiente normatividad y jurisprudencia sobre la materia. El alto tribunal explicó que existe un incremento del 44% en la deforestación en la región, de 56.952 a 70.074 hectáreas entre 2015 y 2016.
Mediante un comunicado de prensa, el alto tribunal agregó que la Corporación Autónoma Regional (CAR) tampoco está cumpliendo sus funciones de evaluar, controlar y monitorear los recursos naturales, ni de sancionar la violación de normas de protección ambiental. La decisión ampara a toda la región de la Amazonía que ha vivido los efectos de la deforestación en departamentos como Amazonas, Caquetá, Guaviare y Putumayo. La sala de casación civil, al tomar esta decisión, se basó en la postura que tomó la Corte Constitucional en abril de 2017, cuando declaró que el río Atrato es sujeto de derechos.
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Entre otras decisiones que emitió la Corte Suprema, está la de ordenar a todos los municipios de la Amazonía colombiana a actualizar e implementar, en un plazo de cinco meses, los Planes de Ordenamiento Territorial, que deberán contener un plan de acción de reducción a cero de la deforestación en su territorio, el cual abarcará estrategias medibles de tipo preventivo, obligatorio, correctivo, y pedagógico, dirigidas a la adaptación del cambio climático. Para el alto tribunal, es claro que, en este proceso para reducir la deforestación, es fundamental que exista un trabajo en conjunto entre las autoridades, comenzando por la Presidencia, hasta las corporaciones que viven a diario las repercusiones del cambio climático.
Por esta razón, la Corte le ordenó a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía (Corpoamazonia), a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Norte y el Oriente Amazónico (CDA), y la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Área de Manejo Especial La Macarena (Cormacarena), que realicen, en un plazo de cinco meses, “un plan de acción que contrarreste mediante medidas policivas, judiciales o administrativas, los problemas de deforestación informados por el Ideam”. De manera urgente, el alto tribunal ordenó a que, en las 48 horas siguientes a la notificación de su fallo, quienes están involucrados en este asunto cumplir sus órdenes.