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                                                                                                                                “No queremos que se desmorone la paz”: procurador al apelar decisión sobre "Santrich"

                                                                                                                                Así aseguró el jefe del ministerio Público, Fernando Carrillo, tras apelar, ante la Sección de Apelaciones de la Jurisdicción Especial para la Paz, la decisión de concederle a “Jesús Santrich” la garantía de no extradición el pasado 15 de mayo.

                                                                                                                                Redacción Judicial

                                                                                                                                "Jesús Santrich", al momento de su recaptura cuando salía de la cárcel La Picota. / Cristian Garavito - El Espectador.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (Lea aquí: Procuraduría apelará decisión de la JEP sobre extradición de “Jesús Santrich”).

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                También se refirió ampliamente a la resolución de acusación escrita (indictmen) del Departamento de Justicia de Estados Unidos para solicitar que Jesús Santrich fuera extraditado, precisando que es comparable a una acusación en la jurisdicción colombiana. “No es simplemente un acto de trámite, no es un papelito de un funcionario de tercera del Departamento de Justicia. Es un documento formal, con fuerza y cuya legalidad defendemos”, dijo.

                                                                                                                                (También: JEP niega extradición de "Jesús Santrich" a EE.UU. y ordena su libertad).

                                                                                                                                A continuación, Carrillo dijo que la Sección de Revisión de la JEP solo tenía la potestad de revisar si los hechos habían ocurrido luego de la firma del Acuerdo de Paz. “No debía extender su análisis sobre la materialidad de la conducta y la responsabilidad penal que de ella se derive. Para la Procuraduría no existe vacío entre las normas ni duda sobre que las conductas se cometieron después del 1º de diciembre de 2016”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Tras estas consideraciones, entonces, Carrillo señaló que “la Sección de Apelación de la JEP ordene el traslado de todas las pruebas con que cuenta la Fiscalía. Todo lo anterior lleva a concluir que no procede la garantía de no extradición y que el caso debe continuar ante nuestra Corte Suprema de Justicia”.

                                                                                                                                No ad for you

                                                                                                                                La Sección de Revisión de la JEP ordenó el pasado 15 de mayo que se liberara a Jesús Santrich, recluido en la cárcel La Picota desde abril de 2018, y le dio la garantía de no extradición, al considerar que no se podía determinar la fecha del delito por el que era pedido en extradición. Dos días después, cuando se iba a materializar la liberación de Santrich, luego de que se aprobara un habeas corpus interpuesto por su defensa, fue recapturado por agentes del CTI en la entrada de la cárcel La Picota.

                                                                                                                                "Jesús Santrich", al momento de su recaptura cuando salía de la cárcel La Picota. / Cristian Garavito - El Espectador.
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                (Lea aquí: Procuraduría apelará decisión de la JEP sobre extradición de “Jesús Santrich”).

                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                También se refirió ampliamente a la resolución de acusación escrita (indictmen) del Departamento de Justicia de Estados Unidos para solicitar que Jesús Santrich fuera extraditado, precisando que es comparable a una acusación en la jurisdicción colombiana. “No es simplemente un acto de trámite, no es un papelito de un funcionario de tercera del Departamento de Justicia. Es un documento formal, con fuerza y cuya legalidad defendemos”, dijo.

                                                                                                                                (También: JEP niega extradición de "Jesús Santrich" a EE.UU. y ordena su libertad).

                                                                                                                                A continuación, Carrillo dijo que la Sección de Revisión de la JEP solo tenía la potestad de revisar si los hechos habían ocurrido luego de la firma del Acuerdo de Paz. “No debía extender su análisis sobre la materialidad de la conducta y la responsabilidad penal que de ella se derive. Para la Procuraduría no existe vacío entre las normas ni duda sobre que las conductas se cometieron después del 1º de diciembre de 2016”.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Tras estas consideraciones, entonces, Carrillo señaló que “la Sección de Apelación de la JEP ordene el traslado de todas las pruebas con que cuenta la Fiscalía. Todo lo anterior lleva a concluir que no procede la garantía de no extradición y que el caso debe continuar ante nuestra Corte Suprema de Justicia”.

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Por Redacción Judicial

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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