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                                                                                                                                Opinión: La metida de pata de la Corte Constitucional

                                                                                                                                Dejar sin piso la consulta popular para definir la explotación minera y de petróleo en los municipios del país, es un atentado contra la democracia. 

                                                                                                                                Javier Santander *

                                                                                                                                El fallo finalmente parece debilitar la capacidad de concertación de la ciudadanía con los entes territoriales y su capacidad de hacer control político. / Óscar Pérez - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Sus ciudadanos solicitaron al Alcalde convocar a una consulta popular para decidir si aceptaban o no la intervención de la empresa en el subsuelo. El mandatario local empezó la convocatoria, la sometió ante el Concejo Municipal y luego ante el Tribunal del Meta. Este, a su vez, la declaró constitucional y así avanzó la iniciativa. El pueblo finalmente se manifestó y decidió decirle democráticamente NO al proyecto de Mansarovar en Cumaral. Inconforme, la empresa tuteló al Tribunal del Meta por considerar que el fallo que avaló la consulta vulneraba su derecho al debido proceso.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Con este antecedente, valido para explicar el contexto de una reprochable y lamentable decisión, debo advertir que la Corte Constitucional zanjó la decisión dándole la razón a la empresa petrolera basándose en unas exóticas razones. Primero, dice que el Tribunal del Meta no comprendió la totalidad del caso. Luego, afirma que el subsuelo del municipio de Cumaral, no es propiedad del pueblo cumaralense, sino de la nación, y es el Gobierno quien decide qué hacer con la tierra. Incluyó, además, la tesis que las consultas populares no sirven para decidir temas de proyectos mineros en los municipios.

                                                                                                                                En otras palabras, para el alto tribunal fue mejor prohibir las consultas populares mineras, y mientras tanto, ordenó a muchas entidades públicas que resuelvan los problemas de concertación entre la ciudadanía, el Estado y las empresas petroleras.n ¡Los fallos de la Corte Constitucional son para obedecerlos! Esa será la bandera que defenderán las multinacionales petroleras para negar cualquier concertación entre ellas, la nación y los municipios donde se vayan a ejecutar proyectos mineros.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Este en particular, despierta muchas dudas y no convence al perdedor, por lo que aún el foro y el debate estan abiertos. Los argumentos que usó la Corte como la propiedad del suelo en cabeza de la nación y las reglas que modifican la consulta popular, deben ser mirados con “muy buena lupa”. Estas decisiones dudosas nos obligan a interpretar lo que quiso decir el juez. Ello no debería ser así, pero ocurre, y más con esta “nueva” Corte Constitucional. 

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Preguntémonos: ¿Estos fallos recientes nos devuelven a la Constitución de 1886? ¿Los municipios de Colombia dejan de ser autónomos en cuanto a consultas populares mineras? ¿Desde ahora, todo lo debe decidir entonces el poder central en Bogotá y los municipios se deben callar y obedecer?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                (En contexto: El regreso de las consultas populares)

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                *Javier Santander es el coordinador Observatorio Constitucional de la Universidad Libre

                                                                                                                                El fallo finalmente parece debilitar la capacidad de concertación de la ciudadanía con los entes territoriales y su capacidad de hacer control político. / Óscar Pérez - El Espectador
                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Sus ciudadanos solicitaron al Alcalde convocar a una consulta popular para decidir si aceptaban o no la intervención de la empresa en el subsuelo. El mandatario local empezó la convocatoria, la sometió ante el Concejo Municipal y luego ante el Tribunal del Meta. Este, a su vez, la declaró constitucional y así avanzó la iniciativa. El pueblo finalmente se manifestó y decidió decirle democráticamente NO al proyecto de Mansarovar en Cumaral. Inconforme, la empresa tuteló al Tribunal del Meta por considerar que el fallo que avaló la consulta vulneraba su derecho al debido proceso.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Con este antecedente, valido para explicar el contexto de una reprochable y lamentable decisión, debo advertir que la Corte Constitucional zanjó la decisión dándole la razón a la empresa petrolera basándose en unas exóticas razones. Primero, dice que el Tribunal del Meta no comprendió la totalidad del caso. Luego, afirma que el subsuelo del municipio de Cumaral, no es propiedad del pueblo cumaralense, sino de la nación, y es el Gobierno quien decide qué hacer con la tierra. Incluyó, además, la tesis que las consultas populares no sirven para decidir temas de proyectos mineros en los municipios.

                                                                                                                                En otras palabras, para el alto tribunal fue mejor prohibir las consultas populares mineras, y mientras tanto, ordenó a muchas entidades públicas que resuelvan los problemas de concertación entre la ciudadanía, el Estado y las empresas petroleras.n ¡Los fallos de la Corte Constitucional son para obedecerlos! Esa será la bandera que defenderán las multinacionales petroleras para negar cualquier concertación entre ellas, la nación y los municipios donde se vayan a ejecutar proyectos mineros.

                                                                                                                                PUBLICIDAD

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                                                                                                                                Read more!

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                                                                                                                                Este en particular, despierta muchas dudas y no convence al perdedor, por lo que aún el foro y el debate estan abiertos. Los argumentos que usó la Corte como la propiedad del suelo en cabeza de la nación y las reglas que modifican la consulta popular, deben ser mirados con “muy buena lupa”. Estas decisiones dudosas nos obligan a interpretar lo que quiso decir el juez. Ello no debería ser así, pero ocurre, y más con esta “nueva” Corte Constitucional. 

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                Preguntémonos: ¿Estos fallos recientes nos devuelven a la Constitución de 1886? ¿Los municipios de Colombia dejan de ser autónomos en cuanto a consultas populares mineras? ¿Desde ahora, todo lo debe decidir entonces el poder central en Bogotá y los municipios se deben callar y obedecer?

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                (En contexto: El regreso de las consultas populares)

                                                                                                                                No ad for you

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                                                                                                                                *Javier Santander es el coordinador Observatorio Constitucional de la Universidad Libre

                                                                                                                                Por Javier Santander *

                                                                                                                                Ver todas las noticias
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