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En 2006, la junta directiva de la Industria Licorera del Cauca, la compañía que fabrica el aguardiente caucano y que es propiedad de la gobernación de ese departamento, aprobó la idea de tercerizar en un privado la distribución de sus productos. El proceso fue cuestionado por el sindicato de la empresa y en 2008 la Procuraduría inició una investigación por el caso, que llevó a una sanción disciplinaria para quien el entonces gobernador: Juan José Chaux, uno de los pesos pesados de la región, investigado por parapolítica. Luego de una puja de casi una década, el Consejo de Estado dejó en firme la penalidad.
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La denuncia del sindicato se centraba en que, la junta directiva aprobó abrir una licitación para contratar a un particular que hiciera la distribución de los licores en 2006, cuando ni siquiera habían hecho unos estudios previos que fundamentaran esa decisión. La Procuraduría le puso la lupa al caso y, dos años después, ordenó abrir una investigación formal. En 2009, el ente de control llamó a Chaux, quien presidía la junta por su condición de gobernador, a juicio disciplinario. El proceso tomó casi año y medio y en diciembre de 2010 se falló en contra del mandatario regional.
El Ministerio Público probó el cargo imputado a Chaux, que consistía en “intervenir en la celebración de un contrato estatal con omisión de los estudios técnicos, financieros y jurídicos previos requeridos para su ejecución, y por cuanto está prohibido participar en la etapa precontractual en detrimento del patrimonio público o con desconocimiento de los principios que regulan la actividad contractual”. Por esto, se ordenó su suspensión del cargo de gobernador por tres meses. Sin embargo, cuando le notificaron el fallo a Chaux, en enero de 2011, ya no era gobernador, pues había culminado su periodo.
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En lugar de la suspensión, la Procuraduría le exigió a Chaux pagar una multa equivalente a tres de sus salarios como gobernador, pero el exmandatario apeló su fallo. En 2013, finalmente, salió la decisión de segunda instancia del ente de control, confirmando la sentencia y la responsabilidad disciplinaria del político caucano. No obstante, el hombre se jugó su última carta y demandó el fallo por la vía administrativa, asegurando que el Ministerio Público se había tomado más tiempo del correcto para estos casos y la acción ya había prescrito.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Cauca le dio la razón al exgobernador y encontró que sí habían pasado cinco años desde el hecho hasta la decisión final. Sin embargo, la Procuraduría apeló y el caso escaló al Consejo de Estado, donde el análisis fue diferente, pues se entendió el fallo de primera instancia como la primera actuación del Ministerio Público. “Desde el 4 de julio de 2006 (cuando la junta directiva aprobó la licitación), hasta el momento en que se profirió la decisión sancionatoria disciplinaria de primera instancia, el 16 de diciembre de 201028 y se produjo su notificación personal al actor el 26 de enero de 2011 no transcurrieron 5 años”, dice el fallo.
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Así, dijo el alto tribunal, “a diferencia de lo resuelto por el Tribunal Administrativo del Cauca y de acuerdo con la posición jurisprudencial de esta Corporación, la Sala de Subsección concluye que la acción disciplinaria no se encontraba prescrita”. Por ende, el Consejo de Estado revivió la penalidad y conminó a Chaux a pagar la multa correspondiente.