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El Consejo de Estado le hizo un llamado al presidente de la República, Juan Manuel Santos, para que se adopte, con urgencia, un plan de acción que busque proteger la vida de quienes se consagran a la promoción y defensa de los derechos humanos, como parte de la implementación del Acuerdo de Paz suscrito con las Farc. (En contexto: Hay cese bilateral, pero asesinatos de defensores de DD.HH. no disminuyen)
El pronunciamiento fue hecho a través de una sentencia de la Sección Tercera de ese alto tribunal, en la cual se manifiesta preocupación por los 59 líderes sociales que fueron asesinados durante el 2016, 44 fueron víctimas de atentados y 210 fueron amenazados, según el informe anual sobre la situación de los derechos humanos en Colombia de la Organización de Naciones Unidas (ONU).
El llamado del alto tribunal también se lo hizo al Director de la Unidad Nacional de Protección, Diego Fernando Mora, para que adopte medidas especiales de prevención y protección de las organizaciones defensoras de derechos humanos. La sentencia, a cargo del magistrado Ramiro Pazos Guerrero, condenó al Ministerio de Defensa, a la Policía y al Ejército por las heridas que sufrió un dirigente social durante un atentado contra su vida el 10 de octubre de 1999, además del desplazamiento forzado al que fue sometido por grupos paramilitares. (Quizás le interese: ONU registró 389 ataques a defensores de DD. HH. en Colombia durante 2016)
Los hechos ocurrieron en el municipio de San Pablo (Bolívar), cuando esta persona fue víctima de múltiples heridas con arma corto punzante, por lo que debió ser trasladada al Hospital San Rafael, de Barrancabermeja. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Bolívar negó la demanda argumentando que la víctima no había solicitado protección de las autoridades competentes por amenazas contra su vida.
Sin embargo, al llegar el caso al Consejo de Estado, la Sección Tercera estudió el caso y encontró que, en 1998, el Gobierno se había comprometido a proteger a la población civil y a los líderes sociales que fueron víctimas de torturas, asesinatos y desplazamiento forzado por parte de grupos armados en el sur de Bolívar y en el Magdalena Medio, lo cual quedó registrado en un acuerdo firmado entre el Ejecutivo y la Mesa Regional por la Paz, integrada por personas de la región afectada. (Lea: Líderes sociales asesinados: ni uno más)
Es decir que las entidades condenadas no solo debían tomar medidas para impedir que otras vulneraciones de derechos se concretaran después de la firma de dicho acuerdo, sino que también correspondían acabar con las estructuras criminales responsables de las amenazas y asesinatos, más aun si se tiene en cuenta que en estas participaban agentes estatales y actores armados, según investigaciones de las autoridades competentes.
"Existe un deber reforzado de protección estatal frente a personas que en razón de sus funciones, la afiliación a un grupo político o el contexto social en que operan, deben ser protegidas de cualquier amenaza o vulneración de sus derechos por parte de actores violentos, incluso si no han solicitado formalmente protección a las autoridades", se lee la sentencia. El alto tribunal también consideró que si bien el Estado colombiano ha avanzado en materia de garantías de protección para líderes sociales y defensores de derechos humanos, las estadísticas citadas son alarmantes y demuestran que este flagelo se ha incrementado progresivamente. (Quizás le interese: "Nadie garantiza la vida de de los defensores de derechos humanos": presidente de Afrodes).
Por eso, la Sala consideró indispensable reglamentar el nuevo Sistema de Prevención y Alertas Tempranas previsto en el Acuerdo para la Paz, el cual se encargue de procesar, verificar y analizar técnicamente información relacionada con situaciones de vulnerabilidad y riesgo, en especial de quienes se consagran a la promoción y defensa de los derechos humanos, instrumento que alertará a las autoridades competentes para que a estas personas se les brinde la protección.