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A un año y medio de que se presentara una emergencia ambiental en la central eléctrica Hidroituango, construida por EPM —otrora Empresas Públicas de Medellín— la Procuraduría interpuso una tutela para proteger los derechos fundamentales de las comunidades afectadas por el megaproyecto. Según el Ministerio Público, la reducción del cauce de uno de los ríos más importantes del país, sumado al manejo que le ha dado la empresa a la crisis de la hidroeléctrica, los afectados han sido las comunidades campesinas y de pescadoras ubicadas en las cuencas media y baja del río Cauca.
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En el escrito de tutela, radicado ante un juzgado penal de Medellín, la Procuraduría hace un recuento de toda la crisis ambiental que se vivió el año pasado, cuando s taponó uno de los túneles de desviación de agua, situación que terminó en una “catástrofe ambiental sin precedentes en la historia de Colomia”. Por estos hechos, el ente de control demandó a un sinnúmero de entidades.
En primer lugar, a EPM e Hidroituango S.A. —sociedad que opera la central—; a los ministerios de Minas, Hacienda y Agricultura; al Departamento Administrativo Nacional De Estadística (DANE), a la Agencia Nacional De Tierras (ANT), a la Agencia de Desarrollo Rural ADR), a la Autoridad Nacional De Licencias Ambientales (ANLA), y a la Unidad De Planificación Rural Agropecuaria (UPRA).
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Asimismo, a las corporaciones autónomas regionales del Centro de Antioquia, de Los Valles Del Sinú y San Jorge, de Urabá, de La Mojana y el San Jorge, del Sur De Bolívar. Pero también a las gobernaciones de Antioquia, Córdoba, Sucre y Bolívar; así como a las alcaldías de los municipios de Buriticá, Peque, Liborina, Sabanalarga Toledo, Briceño, San Andrés De Cuerquia, Santa Fe de Antioquia, Yarumal, Olaya, Ituango y Valdivia, todos en Antioquia; Ayapel, en Córdoba; Guaranda, Majagual, San Marcos, San Benito Abad y Caimito, en Sucre; y San Jacinto Del Cauca, Achi, Pinillos, y Montecristo, en Bolívar.
Según la Procuraduría, el juez debe ordenarle a todas estas entidades actuar para mitigar las vulneraciones a los derechos fundamentales “de las comunidades afrodescendientes e indígenas del área del proyecto, y de los ciudadanos y personas que encuentran ubicados en las cuencas media y baja del río Cauca”. En concreto, dice el Ministerio Público se están violando los derechos a la dignidad humana, a la igualdad, al trabajo y mínimo vital, a la alimentación y seguridad alimentaria, al debido proceso, al agua, a la participación y al derecho de gozar de un ambiente sano y, por último, el derecho al territorio.
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Luego del extenso recuento de la crisis del 2018, de la que el ecosistema todavía no se recupera, la Procuraduría señala “que la información entregada por EPM en su condición de constructora y ejecutora del proyecto hidroeléctrico, ha sido inexacta, contradictoria, extemporánea y poco veraz”. Y señala que las decisiones tomadas por todas las entidades demandadas, sumadas a fenómenos de la naturaleza, han causado “graves afectaciones no solamente sociales, económicas y ambientales, sino también provocaron y siguen provocando una importante amenaza y vulneración de los derechos de las personas y ciudadanos de al menos 24 municipios que se encuentran aguas abajo del sitio donde se construye el proyecto hidroeléctrico”.
Pero uno de los puntos a los que el Ministerio Público le presta especial atención qes que “la interrupción del caudal del río (Cauca) —es decir, no garantizar el caudal ecológico—(…) trajo consigo consecuencias gravemente lesivas para los derechos fundamentales de las personas de esa región del país”. Entre las vulneraciones advertidas están, por ejemplo, que se dejó de garantizar el mínimo vital a comunidades que vivían de la pesca, y, “ante la imposibilidad de seguir subsistiendo del río Cauca que representaba su principal fuente de subsistencia; lo que, sin duda, además vulnerar los derechos fundamentales, también lesiona gravemente sus derechos humanos”.
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Ante este panorama es que la Procuraduría le pide al juez que les ordene a todas las entidades demandadas coordinar una hoja de ruta, en un plazo no mayor a cuatro meses “que contrarreste las afectaciones sociales y ambientales generadas por el proyecto hidroeléctrico”. Ese plan, dice la tutela, debe comenzar con un exhorto al DANE a que realice un censo del número total de personas afectadas por la hidroeléctrica, así como sus características.
Asimismo, la demanda propone una serie de tareas concretas y medibles para los ministerios mencionados y las agencias que dependen de éstos para, entre todos, mitigar la emergencia. Y, por último, pero no menos importante, el ente de control pide que se le ordene a la empresa pagar por todo esto, o en sus palabras, “contribuir con el financiamiento de cualquier obra, proyecto, o actividad adicional, que se desprenda de las anteriores (órdenes)”.